Editorial Economía

¡Poder Judicial contra inclusión digital de los pobres!

Se pretende gravar servicios que provienen del espacio

¡Poder Judicial contra inclusión digital de los pobres!
  • 02 de mayo del 2018

 

El fallo de la III Sala Suprema Constitucional y Social, que establece un tributo para uso de los servicios satelitales de las empresas operadoras de telecomunicaciones, es un absurdo jurídico que solo terminará afectando a los sectores más excluidos de nuestra sociedad, los más beneficiados con estas herramientas tecnológicas.

¿Por qué es un absurdo jurídico? Amigo lector de El Montonero.pe, aunque usted no lo crea los servicios satelitales provienen de satélites a 36,000 kilómetros de la tierra —es decir, un décimo de la distancia de nuestro planeta a la luna—, tal como lo señala el ingeniero David Chávez, coordinador de la sección de Ingeniería de las Telecomunicaciones de la PUCP. Sin embargo, los jueces de la mencionada Sala consideran que el Estado peruano puede establecer un tributo a estos servicios. ¡Increíble!

¿Cuál será el resultado del nuevo tributo? Las empresas operadoras de telecomunicaciones trasladarán el incremento del costo a los usuarios y se excluirá de la conectividad y las posibilidades de la Revolución Digital a los sectores más excluidos del país. Como se sabe, existen enormes áreas de nuestro país, sobre todo en los Andes y la selva, que carecen de servicios de fibra óptica o microondas y, por lo tanto, solo pueden acceder a la conectividad mediante el servicio satelital. En el Perú existen alrededor de ocho millones de peruanos que viven en las zonas más alejadas y que carecen de Internet, y cerca de 11,500 centros poblados que utilizan servicios satelitales. Asimismo una total de 7,500 colegios emplean servicios satelitales; y aproximadamente 2,000 embarcaciones tienen implementado el Sistema de Seguimiento Satelital (Sisesat), y para formalizar a alrededor de 10,000 embarcaciones artesanales se requiere extender el mencionado sistema de seguimiento.

Como se aprecia con extrema claridad, la decisión de la mencionada Sala Suprema es una medida que solo excluye a los más pobres, a los marginados, de las posibilidades de la revolución digital. Pero también representa una clara decisión en contra de la predictibilidad económica y los estándares legislativos sobre el tema en el planeta entero y en los países de la Alianza del Pacífico. ¿A quién se le puede ocurrir pretender exigir tributos a una actividad espacial?

La predictibilidad en la economía y las inversiones se afecta con gravedad porque la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), el Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, desde más de una década, siempre han considerado que los servicios satelitales se prestan fuera del territorio nacional y, por estas consideraciones, no existe imposición en el Perú.

Luego de perder cinco casos en el Tribunal Fiscal, y después de perder en cinco juzgados de primera instancia y cuatro de segunda, la procuraduría de la Sunat siguió apelando en contra del Estado peruano hasta conseguir el absurdo fallo de la mencionada Sala de la Suprema.

El Perú es un país demasiado extraño. Hoy en el mundo, sobre todo en Asia, se considera que la revolución digital y los servicios de Internet son las herramientas más poderosas de inclusión; incluso se considera que estos instrumentos pueden abreviar el camino al desarrollo, tal como ha sucedido en algunos de los antes llamados Tigres del Asia. Los directivos de Facebook hablan de la posibilidad de distribuir Internet gratis a los sectores excluidos del planeta gracias a los servicios satelitales. Sin embargo, a una sala de la Suprema se le ocurre marchar contra una tendencia planetaria. Una verdadera locura.

 

  • 02 de mayo del 2018

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