Neptalí Carpio

Urge una ley sobre concentración de medios

Como las que ya existen en EE.UU., Europa y varios países latinoamericanos

Urge una ley sobre concentración de medios
Neptalí Carpio
10 de junio del 2021


Una de las primeras decisiones que debería tomar la nueva representación nacional elegida en el mes de abril de este año es la aprobación de una ley contra la concentración de medios, tal como ocurre en las democracias más avanzadas. El país no puede tolerar que en cada proceso electoral o en otros momentos críticos de nuestra república nuestra opinión pública esté a merced del control del 80% de medios comunicación, en manos de un oligopolio de periódicos y canales de televisión. Aquello es un síntoma de subdesarrollo económico y político, solo comparable a las dictaduras de izquierda o derecha. 

Si la nueva representación aprueba esta ley –recogiendo la legislación comparada internacional en el sentido de que un grupo económico solo puede concentrar, como dominio jurídico, al 49% de los medios de comunicación– la corporación que concentra el 80% de los medios de comunicación en el Perú estaría obligada a vender el 31% de los periódicos y canales de TV. Si el parlamento no lo hace, aquello terminará por gatillar a favor de quienes proponen la convocatoria a una asamblea constituyente para democratizar el mercado de propietarios de los medios masivos.

Se dice que, en los momentos más críticos de una nación la escena política suele ser la expresión concentrada de la economía. Eso es precisamente lo que ocurrió en la reciente campaña electoral, en la que el alto grado de manipulación de la opinión pública, también reflejó los niveles de concentración de nuestra economía. De pronto, los actores económicos se convierten en actores económicos intentando vaciar de contenido el pluralismo y la libertad de prensa, en una sociedad que se presume democrática y en las antípodas de regímenes dictatoriales como el de Venezuela. 

En los países desarrollados, este es un problema que ya fue abordado por las legislaciones correspondientes. EE.UU., marcha a la vanguardia de esta regulación a través de mecanismos directos e indirectos, tanto de la legislación federal como estatal. En el caso de la legislación federal que oportunamente creó una comisión especializada destinada a dictar las regulaciones de carácter administrativo en este ámbito, llamada Comisión Federal de Comunicaciones (FCC). Por otro lado, el análisis de la normativa vigente sobre concentración de medios en siete países, europeos y americanos, muestra que en todos ellos existe una normativa que limita la concentración de la propiedad, asociada a la defensa del pluralismo y la libertad de expresión, valores que entre otros están establecidos en el Principio 12 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, sobre la Presencia de Monopolios u Oligopolios en la Comunicación Social. Los países que más destacan con estas legislaciones son Francia, Alemania, el Reino Unido, Uruguay, Argentina, Venezuela, Bolivia. De hecho, este será uno de los debates más candentes de la Convención Constituyente de Chile, que se acaba de elegir. Ello se debe a la amplia crítica ciudadana frente a la existencia de un duopolio de dos grandes grupos (El Mercurio y Copesa), que acaparan el 68% de distintos periódicos, canales de televisión y radio emisoras. 

El concepto de “concentración de medios” no es unívoco, sino que responde a las siguientes cinco acepciones a tener en cuenta: La primera se refiere a las operaciones de concentración o integración empresarial, es decir, las compras o fusiones de empresas. En segundo lugar, cuando se habla de concentración muchas veces se quiere hacer referencia a la concentración de propiedad; en tercer lugar, se quiere indicar la concentración de mercado, en cuarto lugar, a veces se hace mención de una concentración de audiencia. La quinta acepción de concentración, quizá la más usual, tiene una raíz política: se entiende como la centralización o acumulación de poder en una o pocas entidades a partir del dominio de ciertos medios de comunicación. Estas cinco características se han puesto en cruda evidencia en las últimas semanas. 

La última campaña electoral ha puesto en evidencia el modo en que en nombre de la libertad de prensa se puede ejercer en realidad una verdadera dictadura mediática de un oligopolio de canales y periódicos. Muestra los delgados o inexistentes límites entre el derecho que tiene un medio en tener una opción política o una preferencia, con la obligación de informar objetivamente. Revela la sujeción antidemocrática de los periodistas, sin instituciones fuertes que los defiendan. 

La concentración de medios no necesariamente corresponde a una patología del sistema, sino que puede ser perfectamente el producto de una política de maximización de beneficios en una economía de mercado, a la que incluso las empresas pueden verse forzadas cuando las fuentes de financiamiento se encuentran acotadas, de modo tal que no alcanzan éstas para el ingreso de nuevos actores e incluso fuerzan la integración de los ya existentes. El problema es que, en el Perú, la desesperación de un grupo económico por beneficiarse de la influencia sobre los contenidos de los medios que dirige puede haber devenido ya en un tema patológico, tal como lo han mostrado los renunciantes periodistas de dos canales de televisión, mostrando la manera grosera y prepotente como un director periodístico niega la propalación de informes periodísticos, informes de investigación o como cuando se cubre la información de los candidatos presidenciales, de una manera totalmente parcializada. 

Solo esperamos que las opciones políticas que ahora tienen representación en el Congreso y que en la campaña electoral se llenaron la boca contra lo que ellos han llamado “prensa mermelera”, hagan muestra de coherencia, aprobando esta ley contra la concentración de medios de comunicación. De no ser así, solo demostraran que aquella fraseología altisonante fue solo por motivos de conveniencia electoral y nada más.

Neptalí Carpio
10 de junio del 2021

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