Hugo Neira

¿Estado y procuradurías autónomas?

Entre necesidad y disparate

¿Estado y procuradurías autónomas?
Hugo Neira
24 de julio del 2017

Entre necesidad y disparate

El sistema político que tenemos es creador de frustraciones específicas que él mismo se inventa. Los inquilinos momentáneos de Palacio quieren alcanzar resultados económicos sin gobernar demasiado. En efecto, cualquier gesto de poder, por más legítimo que sea, desencadena terremotos emocionales. El de esta semana ha sido el tema de las procuradoras. Pero es preciso definir qué es un procurador y qué es el Estado. Ahora bien, he escuchado a Ántero Flores-Aráoz, en el programa de Milagros Leiva, definir a un procurador como el abogado defensor del Estado. Por mi parte, voy a contar como vi actuar a procuradores.

Cuando vivía lejos, en Tahití, venía con mucha frecuencia al Perú. No existe un vuelo directo entre Papeete y Lima, y la escala en Chile era inevitable. En esos viajes, me hospedaba en el Conde Ansurez, un hotelito a la entrada de Santiago. Y en una ocasión, me encontré con las pistas bloqueadas por centenares de camiones pesados. La ciudad estaba tomada. Pero a la mañana siguiente me llevo una gran sorpresa. Los camiones habían desaparecido. A medianoche, dos procuradores del Estado chileno, así de sencillo, habían actuado con la ley en la mano. Y unas gigantescas grúas desalojaron a los camiones. Como hubo resistencia de los sindicalistas, la policía tomó presos a unos doscientos. Todo esto pasaba no en el Chile de Pinochet, sino durante el gobierno democrático de Lagos. Por la tarde, el presidente fue a visitar a sus correligionarios socialistas, y estos salieron, luego de prestar declaraciones. Podía ser muy justa la causa de los trabajadores del transporte, pero no al punto de impedir la libertad de circulación a cinco millones de personas, la población de Santiago. Una cosa es una manifestación y otra paralizar una ciudad. Y desde ahí, entiendo qué es un procurador.

¿Qué es un Estado? Vasta cuestión. Para la geografía es un territorio. Para el sociólogo la diferenciación entre gobernantes y gobernados. Para el jurista (H. Kelsen) «un sistema de normas». Nietzsche lo denigra, «el más frío de los monstruos fríos». Hegel lo exalta, «la esfera política es superior a la esfera de la sociedad civil que es el lugar disperso y conflictivo de los intereses particulares». Para Hegel, la esfera política es superior al reunir lo que la sociedad civil dispersa. Marx lo ve como una forma de coerción que utiliza una clase para dominar a otras. Sin embargo, esa definición ya no tiene sentido. El progreso introducido por las socialdemocracias es el fruto de las luchas sociales del siglo XX mediante la reforma de las leyes y un aparato de Estado que produjo el bienestar colectivo de las «Treinta Gloriosas». Cima del Estado de bienestar. Ahora bien, todo esto para decir qué es un Estado moderno, es un requisito para la coherencia interna de las sociedades contemporáneas.

En el día de hoy, entendemos al estado de derecho como una necesidad. Pero con el “entendemos” me refiero a la comunidad científica que envuelve el derecho en otros países. Para aterrizar en el caso peruano, tengo que discrepar de dos lecturas locales. He escuchado a un congresista decir, “el pueblo es también el Estado”. No señor, está usted confundiendo Estado y sociedad. La segunda interpretación que comete un error. No aceptan que PPK es a la vez, el jefe de gobierno y “del Estado”. Lo dice la Constitución, artículo 110.

Vamos al grano. Un torpe decreto, el de urgencia n°003-2017, fue interpretado por la procuradora Katherine Ampuero como una posibilidad de investigar al mismo PPK. En cuanto a Julia Príncipe, si no me equivoco, investiga a Nadine Heredia entre junio y octubre del 2015, en tanto que ciudadana, y destituyen a la procuradora Príncipe. Hoy son de alguna manera, ella y la señora Ampuero, víctimas de errores que comete la actual administración presidencial. En el mundo hay 194 países soberanos en la ONU. Y en ningún caso un procurador trabaja contra su empleador, el Estado. En fin, en la Constitución el artículo 117 es claro: «solo puede ser acusado, durante su periodo, de traición a la patria (…)». No aparece nada sobre ilícitos.

En fin, el tema del manejo de las leyes y las circunstancias puede llevar a lo que Juan Paredes ha abordado en La presidencia ficticia. Ocurre cuando se produce un vacío de poder. “Cuando las funciones de Estado se evaporan en las funciones de gobierno” (pp.17-25).

¿Y quién es el genio al que ahora se le ha ocurrido en el Consejo de Defensa Jurídica del Estado lo novedoso de ‘Procuraduría autónoma’? Menos mal que no fabricamos automóviles, les pondríamos tres puertas, dos timones, pura «creación heroica». Lo que sea con tal de ser diferente. En fin, supongamos que necesitamos de una suerte de Cuarto Poder. Una entidad que vigile a los otros tres (!) Si es así, entonces, modifiquen la Constitución. Y por sufragio universal, nombren procurador o procuradora. En suma, moral y éticamente, Julia Príncipe y Katherine Ampuero tienen razón. Odebrecht, el proyecto Olmos y Lava Jato lo merecen (no digo ‘ameritan’). Pero hasta nuevo aviso, una procuraduría autónoma no existe. Y en consecuencia, un presidente puede despedir a sus abogados. Estado y nación los encarna PPK hasta el 2021. Cómo está ejerciendo el poder, es otra crónica. En mis crónicas, nada de papas y camotes.
 

Hugo Neira

Hugo Neira
24 de julio del 2017

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