Carlos Hakansson

Equidad, razonabilidad y proporcionalidad

Tres principios esenciales para la protección de la persona ante la ley

Equidad, razonabilidad y proporcionalidad
Carlos Hakansson
28 de abril del 2026

 

En el derecho constitucional contemporáneo existe la convicción de que la administración de justicia no puede reducirse a la aplicación mecánica de la ley, pues para que una decisión judicial sea justa debe navegar entre tres principios esenciales para la protección de la persona: la equidad, la razonabilidad y la proporcionalidad.

La equidad llegó a la Inglaterra medieval como un “soplo de humanidad” frente a la rigidez para la estricta aplicación del Common Law que, tras volverse técnica y dejar de ofrecer remedios adecuados, surgió la práctica de elevar peticiones de gracia al monarca, quien delegaba en su Lord Canciller una solución basada en la justicia natural y la moral. La equidad no anuló el respeto a la ley sino que lo complementó con herramientas flexibles como las injunctions, que más que un mecanismo procesal operaba como un remedio equitativo. La injunction permite al juez ser "justo" cuando la aplicación de la ley resulta "injusta". En clave comparada, si el juez en el sistema continental busca la "certeza del derecho" a través de la norma, la justicia británica busca la equidad en la "justicia del caso" Un importante hito fue el caso Earl of Oxford (1615), el cual estableció que, ante un conflicto entre el derecho común y la equidad, prevalece la última.

En contraste con la equidad, los principios de razonabilidad y proporcionalidad son herramientas propias del constitucionalismo moderno posterior a la Segunda Guerra Mundial. Si la razonabilidad exige que las decisiones sean lógicas, coherentes y no arbitrarias, la proporcionalidad se presenta como un examen estructurado, pues, impulsado por la jurisprudencia alemana evalúa si una medida restrictiva de derechos es adecuada para su fin, también necesaria (por no existir otra menos lesiva) y proporcional en sentido estricto, es decir, que mantenga un equilibrio entre las ventajas obtenidas y los sacrificios impuestos.

La distinción entre los conceptos de equidad, proporcionalidad y razonabilidad es sutil pero crucial. La equidad se enfoca en la justicia del caso concreto y su flexibilidad para evitar resultados injustos por una ciega aplicación de la norma. Por su parte, la proporcionalidad es un marco sistemático que asegura una intervención estatal no excesiva. En sistemas jurídicos como el peruano, el Tribunal Constitucional ha sugerido que ambos principios, razonabilidad y proporcionalidad, están íntimamente ligados; sin embargo, consideramos que puede producir estrictos resultados, pues, la aplicación de estas pruebas técnicas requiere de una especial sensibilidad jurídica, aportada por la equidad, para que los resultados sean tan confiables como humanos; no obstante, la equidad también debe estar delimitada por los precedentes judiciales; de lo contrario, su flexibilidad terminará afectando la predictibilidad del derecho.

La tríada de principios también revela una diferencia filosófica entre modelos jurídicos. El pensamiento europeo continental se ha desarrollado históricamente en torno al Estado, el positivismo y la codificación, el modelo británico sitúa a la persona como centro y fin del derecho, basándose en el disfrute de las libertades con responsabilidad. Finalmente, en un mundo donde las amenazas a la dignidad humana pueden provenir tanto del poder público como del privado, la integración de la equidad con las técnicas de la proporcionalidad y razonabilidad se vuelve un imperativo para garantizar un orden jurídico que no solo sea legal, sino esencialmente justo. En síntesis, se procura la defensa de un constitucionalismo humanista porque aboga por un juez no reducido a la "boca de la ley", en palabras de Montesquieu, sino un garante de la dignidad que utiliza la técnica (proporcionalidad y razonabilidad) para estructurar su razón, pero conservando la humanidad (equidad) para dictar su veredicto.

Carlos Hakansson
28 de abril del 2026

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