Dardo López-Dolz

El Principio del Castillo en la legítima defensa

El hogar de toda persona es su castillo

El Principio del Castillo en la legítima defensa
Dardo López-Dolz
18 de febrero del 2019

 

Toda persona honesta que se encuentre dentro de su domicilio o una propiedad sobre la que tiene justo título, tiene derecho a usar la fuerza para defenderla o defenderse a si mismo, a su familia o a su patrimonio. Puede incluso usar la fuerza letal frente a cualquier amenaza o agresión deshonesta que haya traspasado el perimetro de esta propiedad. Un Estado que declara constitucionalmente la prioridad de la persona humana está obligado a respetar este principio.

El derecho a la legítima defensa es un derecho inherente a la propia existencia como ser vivo. Invito a quien pretenda negar el carácter natural de tal derecho a amenazar, atacar o invadir el hogar o la familia de alguna comunidad “no contactada”, o simplemente remota; o intentarlo con alguno de los grandes simios que mas cercanos están en la evolución al ser humano.

El Estado es una invención humana para dividir el trabajo y optimizar el uso de recursos. En primer lugar, para la seguridad de los humanos honestos, sus familias y su patrimonio frente a las amenazas de los deshonestos; y en segundo lugar, para hacer más eficaz la interrelación entre los ciudadanos, con otros residentes y con otras comunidades (otros estados) y la defensa ante las agresiones de otros grupos humanos. Por tanto, racionalmente, ninguna teoría del Estado puede pretender anteponer conceptos teóricos de Estado a la seguridad de los ciudadanos que lo conforman, sus familias o su patrimonio.

Todos los poderes del Estado son delegaciones parciales que le hace el pueblo; incluido el poder de uso de la violencia preventiva o defensiva, que este ejerce a través su policía dentro de sus fronteras. Resulta irracional pretender negar al ciudadano honesto el derecho de defenderse, defender su familia y el patrimonio ganado con su esfuerzo, que le permite mantenerla y proveerla de bienestar, frente a la amenaza o la agresión del deshonesto. Allí donde la policía (una entidad al servicio de la seguridad de los ciudadanos honestos) no puede llegar a tiempo para evitar o detener la comisión de un delito, el Estado debe defender el derecho de cada persona a ejercer por sí misma la legítima defensa.

Vivimos tiempos de creciente inseguridad, la actividad delictiva, amparada por la impunidad, es cada día mas violenta. La policía no puede estar a tiempo en todas parte para evitar el ataque artero de la delincuencia. Así se duplique sul número y optimice su capacidad de reacción tendrá, en el mejor de los casos, capacidad de reacción. Es decir, acción posterior al hecho delictivo ya cometido, para capturar a los delincuentes con pruebas suficientemente sólidas para ser denunciados por el Ministerio Público,  condenados por el Poder Judicial y encarcelados sin capacidad de seguir dirigiendo su banda desde prisión. Incluso si esa utopía (que debe haber motivado la risa sarcástica del lector) llegase a ser realidad, la policía no podrá evitar la comisión del delito en la inmensa mayoría de casos.

Quienes delinquen pueden ser sociópatas, pero no estúpidos. Si se eleva, por ley, la probabilidad de que les vaya muy mal al traspasar, con ánimo delictivo, los linderos del domicilio o la propiedad ajena, serán sin duda bastante menos quienes se animen a hacerlo. La estadística independiente de los Estados donde se aplica la Doctrina del Castillo confirma esta hipótesis.

Solo tendremos un país más seguro cuando el Congreso decida desincentivar la delincuencia poniéndose manifiestamente, por ley expresa, del lado de los ciudadanos honestos, y proteja su derecho a usar la fuerza, incluida la fuerza letal, para defenderse de una amenaza o agresión deshonesta dentro de los linderos de su domicilio o su legítima propiedad. Postergar esa decisión es hacerle el juego a los enemigos del Perú.

 

Dardo López-Dolz
18 de febrero del 2019

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