Dardo López-Dolz

Control de armas: ¿A quién queremos proteger?

Control de armas: ¿A quién queremos proteger?
Dardo López-Dolz
09 de septiembre del 2014

Análisis crítico del proyecto de ley que regula el uso civil de armas

Nadie pone en duda la obligación del Estado de reglamentar el uso civil de armas de fuego para fines deportivos (caza o tiro), para cubrir las necesidades empresariales (seguridad y transporte de valores) y para el ejercicio responsable del derecho-deber de estar en condiciones de defender adecuadamente la vida e integridad, así como el patrimonio fruto del esfuerzo que garantiza la continuidad del bienestar familiar.

Pero el gobierno reacciona sin pensar, con medidas apresuradas, que lejos de solucionar problemas, los aumentan.

Algunos artículos nefastos del proyecto de ley de armas, municiones y explosivos, actualmente analizado por el Congreso, han generado la entusiasta declaración del Ministro Urresti presumiendo que todo residente de Trujillo es un delincuente potencial, por la presencia de bandas de asaltantes con fusiles ametralladoras y granadas obtenidas de las FFAA o PNP, ya que ninguna tienda ni particular las vende.

Hay aciertos como el cambio al régimen de tarjeta de propiedad y licencia, la recuperación de un plazo razonablemente mayor al actual para la vigencia de la licencia, la eliminación de restricciones numéricas para deportistas y el retorno a la racionalidad en las exigencias a la empresas de seguridad para transportar las armas con que prestan el servicio.

Pero el proyecto oficialista, que en su exposición de motivos llama monárquicamente “privilegios” a los derechos ciudadanos, tiene inmensos agujeros negros que se tragarán lo bueno que podamos encontrar en el.

Para empezar, ignorando lo manifestado por el Ministro Castilla, estimula perversamente el abuso al destinar lo recaudado por multas al financiamiento de SUCAMEC, y contradice el mandato constitucional expreso, dejando discrecionalidad total al Ejecutivo para determinar qué es de uso militar exclusivo, poniendo en riesgo el derecho constitucional a la propiedad legítimamente adquirida.

Atenta inconstitucionalmente contra el derecho a la no discriminación, al trabajo, a la defensa judicial, a la propiedad, la libre asociación y a la legitima defensa al establecer lo siguiente:

a) Presunción de veracidad absoluta en los actos de SUCAMEC.

b) Facultad de sancionar con cancelación de licencia, registro o permiso de operaciones y/o incautación por cualquier infracción a la ley o su reglamento, sin establecer gradualidad taxativa.

c) Imposibilidad de suspender judicialmente los efectos de un acto errado o abusivo.

d) Facultad discriminatoria de exceptuar a ciudadanos del ejercicio de un derecho, solo por el lugar de residencia.

e) Asociación obligatoria

f) Facultad absoluta de SUCAMEC a negar o anular actos jurídicos sin que medie infracción ni proceso, solo porque cambie algo tan etéreo como “actos y circunstancias”.

El proyecto favorece la actuación de las bandas criminales al allanarles el camino, y  conduce a preguntarnos a quiénes defiende este gobierno al exponer a personas y empresas al abuso y la corrupción, evocando a dictaduras del Caribe dictatorial contemporáneo, cuyos gobiernos, coincidentemente, han legislado de esa manera.

Se retira de la Comisión Reglamentaria y Comité Consultivo, entre gallos y medianoche, a las entidades empresariales y sociales representativas de los grupos administrados y se obliga a personas y empresas a “adecuarse” al nuevo régimen en 180 días, sometiéndolas a nuevos pagos y a un viacrucis ante SUCAMEC, que a la fecha, desde el inicio de este periodo presidencial, no logra tener la capacidad de procesar en tiempo aceptable el flujo regular de trámites.

Por Dardo López-Dolz

Dardo López-Dolz
09 de septiembre del 2014

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