Editorial Política

Máxima Acuña: un fallo judicial que no debe olvidarse

Confirma la independencia del Poder Judicial

Máxima Acuña: un fallo judicial que no debe olvidarse
  • 19 de mayo del 2017

Confirma la independencia del Poder Judicial

Días atrás la Sala Permanente de la Corte Suprema de Justicia del Perú declaró infundado el recurso de casación presentado por la empresa Yanacocha contra un fallo de la Corte Superior de Cajamarca. Ese fallo, del 2014, absolvió a los miembros de la familia Chaupe del cargo de "usurpación agravada" por ocupar ilegalmente terrenos de propiedad de la empresa en agosto de 2011. La Corte Suprema ha establecido que no existe evidencia que individualice a miembros de la familia Chaupe ejerciendo violencia cuando ocuparon los terrenos de Yanacocha (Tragadero Grande) en agosto de 2011. El resumen, según el fallo judicial, Yanacocha no podrá desalojar a Máxima Acuña del terreno del que ha tomado posesión de forma ilegal hace varios años.

Por su puesto, el movimiento antiminero ha celebrado el fallo del Poder Judicial y la empresa tiene que acatar el veredicto. Ello demuestra que el Perú vive en un estado de derecho en el que las sentencias judiciales se respetan y cumplen. Y también demuestra que es absolutamente falso aquel mito inventado por el movimiento antiminero de que las empresas mineras tienen “comprado” al Poder Judicial. La justicia peruana actúa de forma independiente.

Sin embargo, esta resolución sienta un precedente nefasto contra la propiedad privada y contra la seguridad jurídica del país, pues acepta que cualquier invasor podría quedar libre de comisión de delito siempre que la invasión de terrenos la realice sin violencia. Pongamos un ejemplo: si una persona es propietaria de una casa o un terreno en el que no reside permanentemente y luego de unos meses se percata de que ha sido invadida, no podrá denunciar al invasor por usurpación, ya que al momento de la invasión no hubo violencia. En consecuencia, tendrá que embarcarse en un proceso civil que sabemos tomará muchos años para resolverse. Con esta sentencia, cualquier empresa privada —ya sea en agricultura, minería, construcción u otro rubro— queda totalmente desprotegida y sus inversiones se verán amenazadas.

Vale resaltar que este proceso penal no está referido a los derechos de propiedad y posesión del terreno en disputa. La Corte Suprema estableció en su resolución que los derechos de posesión de las partes en disputa deberán ser resueltos en la vía civil. Es decir, el fallo no dice que Máxima Acuña sea dueña, sino que ese tema debe resolverse por vía civil. Pero hasta llegar allí no se le debe retirar del terreno en disputa.

El proceso será largo y tedioso. Es claro que el radicalismo antiminero buscará presionar en todas las instancias, como hasta ahora lo ha venido haciendo. Los antimineros han convertido en una heroína a Máxima Acuña de Chaupe, cuando en realidad sus argumentos son absolutamente inconsistentes. En su defensa ella presenta como pruebas un certificado de posesión otorgado por la comunidad de Sorochuco y su supuesta residencia en ese lugar desde enero de 1994, asegurando además que es su única propiedad.

Sin embargo, está probado que el único título de propiedad de esas tierras le perteneció a la comunidad de Sorochuco, que las vendió a Yanacocha —incluso Tragadero Grande— por acuerdo de sus miembros. Entre estos miembros estaba Samuel Chaupe, suegro de Máxima. Además, fotografías satelitales de 1994 demuestran que el lote que ocupan hoy los Chaupe estaba vacío entonces. Recién lo invadieron el 2011, cuando estalló el conflicto de Conga.

Solo habrá que esperar y confiar en la justicia peruana, que es absolutamente independiente.

  • 19 de mayo del 2017

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