Las bancadas de la centro derecha –entre ellas Fuerza Po...
Surge un “Estado propietario” en todo el litoral del Perú
En este portal hemos venido informando sobre las pretensiones de la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN) —con la anuencia del sector Vivienda y Construcción— de reclamar la propiedad y las posesiones de pueblos, ciudades y caletas de pescadores en los distritos de Talara, Lobitos, El Alto, Máncora, Punta Sal, Cancas y Zorritos en Piura y Tumbes. Para la SBN la superficie de todas las playas norteñas son de “su propiedad”, no obstante que los ciudadanos afectados tienen la propiedad y posesión de los predios, en algunos casos, por más de cincuenta años.
Las normas con las que supuestamente la SBN ampara su reclamo violan sin reparos la Carta Política de 1993 y el libro V del Código Civil, que establecen que la posesión es fuente de la propiedad y que luego de diez años de ejercer los derechos posesorios, el posesionario puede solicitar la prescripción adquisitiva: derecho pleno de propiedad.
Pero eso no es todo. Lo que la SBN pretende hacer con las playas del norte lo está haciendo en todo el litoral del Perú. En la provincias de Ica, Palpa, parte de Nasca y Pisco, entre el 2003 y el 2017 la SBN ha inscrito a su favor 228,328 hectáreas de más de 38 partidas registrales inscritas en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos.
La inscripción a favor de la SBN se ha ejecutado sin importar que los predios se mantengan en propiedad o posesión de personas naturales y jurídicas. Por ejemplo, es el caso de la partida registral 40021645, un predio que está a ambos lados de la carretera Panamericana Sur y que había sido subdividido en 8 partidas. Desde el 2011 en los registros públicos en las mencionadas partidas se establecía que estaban destinadas a la producción de un proyecto de biodiesel que iba a ser desarrollado por la empresa Bio Agro Haven del Sur SAC.
Otro caso que vale la pena mencionar es la inscripción a favor de la SBN de la partida 1159488, que comprende un área de 13,324 hectáreas en los distritos de Santiago (Ica) y Changuillo (Nasca), y que también se había independizado en secciones a favor de la la empresa CONTUGAS SAC. En el caso de la partida 11056474 —que comprende la playa Media Luna, al sur del poblado de Ocucaje, con un área de 726 hectáreas—, se trata de una zona de enorme potencial turístico, en la que existen inmuebles de propiedad privada desde hace más de quince años.
Como se aprecia con absoluta claridad, la SBN aplica una política estatal que le permite reclamar terrenos que pertenecen a personas naturales y jurídicas desde décadas atrás. El gran problema es que hasta hoy se creía que estos reclamos estaban circunscritos solo a las playas del norte, pero los casos en Ica nos demuestran claramente que se trata de una política nacional.
En este contexto, surgen las inevitables preguntas. ¿Por qué no se respeta la Constitución y el Código Civil, que establecen que la posesión es la primera fuente de la propiedad? Considerando que se conoce de muchos casos en que las tierras reclamadas por la SBN vuelven a ser transadas en el mercado de tierras, ¿con qué criterios se inscriben estas propiedades para el Estado para que luego sean vendidas a otros privados? Nadie lo entiende.
Todos estos hechos nos demuestran claramente que se ha dotado a la SBN de instrumentos legales que le permiten asumir la propiedad de cualquier terreno en el territorio nacional. Es decir, ya no solo se trata del gran debate del Estado empresario sino que, evidentemente, contemplamos el surgimiento de un “Estado propietario de terrenos”, por encima de la Constitución y las leyes respectivas.
COMENTARIOS