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La administración de facto Martín Vizcarra aprobó el Decreto de Urgencia 026-2019, mediante el cual se adoptan “medidas excepcionales que permitan garantizar la liberación de las áreas necesarias e intervenciones viales temporales respectivas que se encuentran en el ámbito del Corredor Vial Apurímac - Cusco”. Con esta medida, según el Gobierno y “haciendo uso de las facultades conferidas por el artículo 135 de la Constitución”, se pretende resolver los constantes bloqueos del Corredor Minero del Sur por parte de grupos de pobladores azuzados por dirigentes vinculados a la izquierda peruana.
Con la norma se declara de necesidad pública e interés nacional la ejecución del Corredor Vial Apurímac - Cusco. Para esto se autoriza la expropiación de las áreas necesarias identificadas en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) y otras entidades públicas. Los propietarios afectados recibirán una compensación económica única y extraordinaria por la entrega de su bien, entre S/ 4,200 y S/ 21,000, de acuerdo a la extensión de la propiedad. En caso contrario, el Estado iniciará el proceso de expropiación del bien.
Es evidente que con el mencionado DU el Ejecutivo pretende resolver la ausencia del Estado en el llamado Corredor Vial del Sur, en donde se produce más del 50% del cobre nacional. Una ausencia que es demasiado grave, porque existen empresas de talla mundial que invierten entre US$ 10,000 millones y US$ 20,000 millones en los emprendimientos mineros y que, sin embargo, deben negociar con cada comunidad el paso del transporte del mineral. En otras palabras, como si se tratara del llamado Far West, en donde existía Constitución y leyes para organizar un contrato social entre las poblaciones y las empresas.
Por todas estas consideraciones, es evidente que el mencionado DU apunta a crear una base legal para futuras expropiaciones de predios, ya sea para construir una carretera moderna o una vía férrea que resuelva el problema del Corredor Minero del Sur. Con ello se asegura el transporte de los minerales al puerto de Matarani y el flujo de los productos agrarios y el comercio en esa área del sur.
Sin embargo, el Ejecutivo se equivoca de principio a fin si cree que esa norma por sí sola resolverá el problema. Se necesita que el Estado y las instituciones recuperen el principio de autoridad en la mencionada zona. Es necesario subrayar que el movimiento antiminero, con o sin carreteras, con o sin servicios públicos de calidad, continuará manifestándose de manera violenta contra la producción de cobre en el país. Detrás de estas asonadas están las ONG del ambientalismo ideológico y su narrativa falsa sobre contaminaciones ambientales y desentendimientos entre los pobladores y las mineras.
Además, los comuneros del Corredor del Sur exigen la modificación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) para incluir la construcción de un mineroducto y evitar –según ellos— la contaminación, de ruido y polvo, provocada por los camiones que transportan mineral desde la mina Las Bambas (Apurímac) al puerto de Matarani (Arequipa).
Según el Ministro de Energía y Minas, Juan Carlos Liu Yonsen, con el mineroducto se acaba el “conflicto” en Las Bambas. No obstante, con cualquier posibilidad de transporte de mineral –mineroducto o vía férrea– los comuneros dejarán de recibir compensaciones económicas por el uso de cualquier vía. Además, los asesores contratados por los dirigentes también dejarán de percibir comisiones de “éxito” por las compensaciones otorgadas. Como se aprecia, sin recuperar el principio de autoridad no se podrá aplicar ninguna norma del Gobierno Central. Todo se convertirá en letra muerta y el Estado seguirá ausente de la zona minera con mayor potencial para el futuro del Perú.
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