La comisión de Constitución del Congreso de la R...
Decretos pretenden eliminar plantas de minería artesanal
Es evidente que la administración PPK tiene las cosas absolutamente claras en cuanto a la desregulación del Estado burocrático que ha surgido en los últimos quince años y en los temas de la reactivación económica. De los 112 decretos legislativos promulgados al amparo de la delegación congresal lo mejor está en esos temas.
Sin embargo el gobierno de PPK tiene un grave problema: no conoce bien al otro Perú, el informal, el emergente. Por ejemplo, no obstante tener las mejores intenciones en derogar las normas sobre formalización minera del pasado gobierno nacionalista —que no formalizaron ni preservaron el medio ambiente—, en los recientes decretos legislativos existen verdaderos explosivos que dinamitan cualquier posibilidad de formalización minera.
Por ejemplo, la sexta disposición transitoria del Decreto Legislativo 1336 establece que “el titular de la concesión de beneficio, así como aquel que cuente con autorización de inicio de actividad de beneficio, no puede ser acreditado como pequeño productor minero o productor minero artesanal, según corresponda, en tanto adquiera minerales de terceras personas para su procesamiento”.
¿Por qué una disposición de este tipo bloquea todo el proceso de formalización minera? Los mineros artesanales generalmente le venden su producción a las veinte plantas formales y las cerca de cien informales que existen en el país y que procesan la producción informal. Señalar que no se puede acreditar como “pequeño minero” a una planta que compra a terceros es exigir que las pequeñas plantas se transformen en grandes unidades mineras; es decir, extraer mineral y procesar al mismo tiempo como en las grandes inversiones.
¿Qué significa algo así? Que ya no existan plantas de beneficio porque no habría capitales para ese emprendimiento, y la consecuencia inmediata es que el minero artesanal se quedaría sin posibilidades de vender, de mantener su capital y seguir existiendo. En otras palabras, una clara política de estrangulamiento del minero artesanal. Para entender la magnitud de las cosas quizá habría que señalar que todas las pequeñas plantas de beneficio, formales e informales, procesan 2,500 toneladas de mineral por día para extraer oro, en tanto que una gran empresa minera procesa más de 540,000 toneladas diariamente. La diferencia es evidente e incuestionable.
Otra bomba de tiempo para la formalización de la minería artesanal tiene que ver con el Decreto Legislativo 1351, que modifica el Código Penal y que condena el delito de minería ilegal en los siguientes términos: “El que realice actividad de exploración, extracción, explotación u otro acto similar de recursos minerales metálicos y no metálicos sin contar con la autorización de la entidad administrativa competente que cause o pueda causar perjuicio, alteración o daño al ambiente y sus componentes, la calidad ambiental o la salud ambiental, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y con cien a seiscientos días-multa”. La misma pena se aplica a los mineros artesanales que están fuera del proceso de formalización.
En otras palabras, no se define como minería ilegal a aquella actividad realizada en zonas prohibidas y parques nacionales, sino que se establece un criterio tan amplio que, en la práctica, toda la minería informal puede caer en esa tipificación. Considerando que el Decreto Legislativo 1244 —impulsado por el sector Justicia— establece que los delitos de minería ilegal forman parte de los delitos de crimen organizado, entonces, el asunto se complica en extremo. Más aún cuando el Decreto Legislativo 1105, promulgado por el nacionalismo, señala que se considera minero ilegal al productor que no tiene papeles y que no cuenta con los requisitos técnicos, sociales, ambientales ni administrativos para ejercer la industria. Es decir, a toda la minería informal.
En este portal siempre hemos sostenido que la ley debe aplicarse con severidad al minero ilegal que desarrolla actividades en zonas prohibidas y parques nacionales. Pero también nos hemos opuesto a las propuestas que buscan estrangular a la minería artesanal y criminalizar al productor informal considerándolo como “miembro de una banda criminal” ¡Es una locura de cabo a rabo!
Una fuerza de medio millón de mineros artesanales, una fuerza proempresarial, promercado, no puede ser excluida de la economía abierta porque hay sectores que consideran que el mercado, la empresa y el capital solo le pertenecen a un pequeño grupo de privilegiados. El Ejecutivo y el Congreso deben corregir sobre la marcha semejantes despropósitos.
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