Editorial Economía

Restricciones a la leche en polvo y mercantilismo empresarial

Los consumidores son los principales afectados por decreto supremo

Restricciones a la leche en polvo y mercantilismo empresarial
  • 14 de octubre del 2022


El Decreto Supremo 004- 2022 del Ministerio de Desarrollo Agrario (Midagri) es una pieza jurídica –en el futuro deberá ser estudiada por los investigadores del derecho y la economía– que revela cómo las coaliciones mercantilistas actúan al interior del Estado para conseguir privilegios económicos sobre los intereses generales de los consumidores. El mencionado DS prohíbe el uso de la leche en polvo en la elaboración de la leche evaporada sin mayores argumentos técnicos y científicos. ¿Por qué? Porque la leche en polvo simplemente es leche deshidratada; es decir, leche sin líquido. Apenas la leche en polvo se mezcla con agua recupera todas las vitaminas, grasas y nutrientes que provee la leche fresca.

¿Por qué entonces se promulgó una norma de este tipo? La pregunta se vuelve acuciante cuando se repara en que la producción nacional de leche fresca solo abastece el 70% de la demanda interna, mientras que el 30% restante es abastecido por la importación de leche en polvo. Sin embargo, la pregunta se vuelve dramática cuando advertimos que el 50% de la producción de leche fresca es comprada por las micro, pequeñas y medianas empresas que producen lácteos en Cajamarca, Huancayo, Puno y otras regiones. El 50% restante de la leche fresca es adquirida por la industria láctea a través de Gloria, Nestlé y Laive.

¿Cuál será el efecto del mencionado DS? El incremento de los precios de los productos lácteos, ya sea los de la industria láctea nacional o los productos lácteos de las pequeñas unidades de producción. Si falta un 30% de insumos para la industria en general, entonces los precios se incrementarán, afectando la economía de los consumidores, sobre todo de las madres gestantes y niños en pobreza. Es decir, en medio de una inflación importada por la crisis económica mundial, los peruanos tendrán que subsidiar las ganancias de una coalición de ganaderos nacionales que pretende ganar más sin incrementar su productividad y su competitividad. Todo muy grave.

Por otro lado, las cosas no quedan allí.  Revelando su naturaleza mercantilista y la intención de favorecer una coalición empresarial, el mencionado DS suspende los controles microbiológicos de la leche fresca hasta diciembre del 2026. Como todos sabemos, la producción de leche fresca está expuesta a la generación de patógenos y bacterias que pueden producir graves enfermedades en las madres gestantes y los niños. Si se relajan los controles microbiológicos pueden aparecer bacterias como Escherichia, Klebsiella, Enterobacter, Citrobacter, entre otras, que desatan graves infecciones.

Y si reparamos en que –de acuerdo a las propias cifras del Midagri–, en el país existen 6,500 plantas de producción de lácteos, de las cuales solo 660 están formalizadas, la suspensión de los controles microbiológicos de la leche fresca, se convierte en un escándalo nacional y en una alerta de salud pública.

El DS que restringe el uso de la leche en polvo importada, entonces, es una verdadera pieza del mercantilismo que el Congreso debería derogar al término de la distancia, y que los estudiosos del derecho y la economía deberían analizar para evitar despropósitos parecidos en el futuro. El mencionado decreto no solo arrasa con el derecho de los consumidores, sino que viola la Constitución y los 22 tratados de libre comercio que prohíben establecer diferencias entre “productos nacionales y extranjeros” en la economía nacional.

  • 14 de octubre del 2022

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