Delia Muñoz

Tecnología y sistema de justicia en tiempos de emergencia

Una oportunidad para ingresar de lleno a la modernidad

Tecnología y sistema de justicia en tiempos de emergencia
Delia Muñoz
23 de marzo del 2020


Ante la emergencia declarada por el Gobierno, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Plan de prevención del coronavirus en el Poder Judicial”(1) el cual establece cómo debe operar el sistema de administración de justicia para preservar la integridad de trabajadores y usuarios, sin paralizar el servicio público que se brinda. En tal contexto, autoriza a los presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país para que adopten las medidas administrativas pertinentes.

Reviso la norma expedida por el presidente de la Corte Superior de Lima(2) y encuentro que, además de establecer cuáles son los juzgados y otras dependencias que operarán durante el período de emergencia, se establece el uso de la tecnología para la presentación de denuncias, demandas, consignaciones y otras, mediante la remisión de los pedidos y documentos por correo electrónico.

La resolución señala que solo se tramitarán en forma virtual lo referente a pedidos de prisión preventiva, incoación de procesos del sistema anticorrupción, comunicaciones de personas requisitoriadas y su situación jurídica, admisión y medidas cautelares en procesos de amparo, presentación de habeas corpus, denuncias por violencia contra la mujer, endoses y pago de pensiones de alimentos, entre otros procesos y/o pedidos, los cuales serán absueltos y tramitados ante el justiciable y autoridades involucradas, mediante la comunicación electrónica correspondiente. 

Luego de leer ambas normas me quedan claros varios conceptos. El primero, que nuestro sistema jurídico permite que se administre justicia a través de los medios no presenciales. Tanto es así que sin quebrantar el orden jurídico existente es posible establecer un sistema de atención a los requerimientos de los justiciables y de los otros poderes públicos. Lo otro es que el Poder Judicial cuenta con los medios que la tecnología exige para funcionar, como son computadoras con Internet, correos y escaneado de documentos, así como los medios electrónicos de verificación de la firma.

La oportunidad que nos brinda la emergencia debe ser utilizada para poner en real funcionamiento el proceso ágil en forma virtual y el expediente electrónico que se vienen implementando, pero dándoles el tratamiento de un proceso documentario clásico. Como profesional, hace varios años que utilizo la tecnología para el dictado de clases y otras acciones propias del trabajo, con las plataformas virtuales que existen hoy en día. No hay actividad que no se pueda realizar en ellas: conversaciones y debates, exhibición y análisis de documentos, entre otras.

Por ello, es hora de que demos un salto al mundo del siglo XXI. Y con la ayuda de la tecnología, permitamos que en ese contexto se desarrollen las demandas, audiencias (que se pueden transmitir públicamente), actuación de pruebas, dictado de sentencias y su ejecución. Tenemos las normas y los medios para continuar moviendo el país con un nuevo sistema ágil de administración de justicia, que no puede esperar a que termine el largo período de emergencia que se vislumbra.

1 Plan de Prevención del Coronavirus (COVID-19) en el Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 103-2020-CE-PJ. Lima, 11 de marzo de 2020
2 Resolución Administrativa Nº 000131-2020-P-CSJLI-PJ. Lima, 16 de marzo de 2020.

Delia Muñoz
23 de marzo del 2020

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