Delia Muñoz

Los procuradores autónomos e independientes

Funcionarios de última generación

Los procuradores autónomos e independientes
Delia Muñoz
18 de marzo del 2019

 

En julio de 2017 fuimos testigos de cómo la entonces ministra de Justicia criticaba el accionar y despedía por televisión nacional a una procuradora pública ad hoc del caso más importante de entonces y hasta ahora en materia anticorrupción. En la Resolución Suprema que ratificaba dicha decisión se consignó: “el procurador público ad hoc asume la defensa jurídica del Estado en los casos que la especialidad lo requiera, siendo su designación temporal; y que el Consejo de Defensa Jurídica del Estado (…) acordó proponer dar término a la designación”. Para reemplazarla se designó a un nuevo procurador que hasta hoy sigue en funciones, el cual viene tomando importantes decisiones para la vida económica y jurídica del país.

Una de las decisiones del procurador ad hoc es el monto que por reparación civil se establece en un acuerdo de colaboración eficaz, el cual viene siendo criticado por un grueso de la población por diminuto. Y a tal cargamontón se han sumado nada menos que el presidente de la República(*) y los Ministros de Justicia(**)y Vivienda, expresando su desacuerdo con las sumas aceptadas en nombre del Estado, pero que dichas reparaciones se sustentan en la ¡independencia de los procuradores! Como se plantea la existencia de unos superfuncionarios, ajenos al control clásico que rodea el ejercicio de la función pública, resulta necesario revisar cómo funciona la defensa de los intereses del Estado.

Empecemos por la Constitución peruana, que en su artículo 47 dispone que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los procuradores, conforme a ley. En esa línea se dictó el Decreto Legislativo 1068 (***)que crea el “Sistema de defensa jurídica del Estado”, como el conjunto de principios, normas y procedimientos mediante los cuales los procuradores ejercen la defensa jurídica del Estado. El ente rector es el Ministerio de Justicia, y como tal establece la política general del sistema y orienta el desarrollo de la defensa del Estado. Los procuradores son uno de los operadores del sistema.

La designación y cese de los procuradores, se realiza a propuesta del Consejo de Defensa Jurídica del Estado y se materializa —en ambos actos— mediante una Resolución Suprema firmada por el presidente de la República y el ministro de Justicia, puesto que, al ser un sistema, todas las entidades del sector público nacional guardan relación para el cumplimiento de los fines y ejercicio de la defensa del Estado.

Vamos a encontrar, en el análisis sistemático de la norma, que en efecto los procuradores gozan de autonomía funcional para el desempeño de sus tareas, ya fueren en la entidad a la que están asignados o, en aquellos procesos especiales ad hoc que asumen por específica designación del Consejo de Defensa Jurídica del Estado.

Cabe recordar que las normas que permitieron el despido público de la ex procuradora y, la designación de los ad hoc actuales son las mismas, que no han sido modificadas, que el Ministro de Justicia preside el sistema de defensa. Nunca se le dio el estatus de Organismo independiente al Consejo de Defensa, el cual continúa adscrito al sector Justicia y, en tanto sistema estructura las pautas para que los procuradores ejerzan sus funciones.

En ese contexto, los procuradores están obligados a informar tanto al jefe de la entidad (para ejecutar sentencias o acuerdos de solución amistosa) como al Consejo de Defensa Jurídica que preside el ministro de Justicia, cuando este lo requiera. O de manera periódica de todos los asuntos a su cargo. Adicionalmente la norma prescribe que constituye una obligación de todos los procuradores cumplir con las políticas, normas y procedimientos que se emitan bajo responsabilidad.

En consecuencia, la independencia para la actuación de los procuradores en la actividad de defensa del Estado depende en la práctica de la que el ministro de Justicia desee conceder, en tanto presidente del Consejo de Defensa Jurídica del Estado. Pero ello no lo releva de la responsabilidad política que como titular del sistema, del ente rector y, del sector, le corresponde.

En el esquema actual, los procuradores son el fusible técnico al cual se recurre al designar o relevar libremente, para justificar errores o desacuerdos en el ejercicio de la defensa del Estado y, pretender excusas de orden político. Sin embargo, cuando se revisan las normas que regulan dicha actividad, se aprecia que, la independencia está escrita, pero sujeta a una serie de obligaciones, informes y reportes que la mediatizan. Además, el cese de un procurador no está ligado solo a falta grave, sino a la simple decisión del órgano rector(****) el cual continúa estimando que “la designación del procurador culmina por el término de la designación”. Es decir ¿de qué independencia y estabilidad en las funciones hablamos?

 

*Diario Gestión, 14 de Marzo de 2019:: "(La reparación civil se habrá hecho) con un cálculo en función de los parámetros. Yo creo que debería ser mayor. Si me dan una opinión personal, creo que debería ser mayor, pero tengo que respetar las instancias e independencia de poderes. Martín Vizcarra, Presidente de la República.

**Radio RPP, 15 de Marzo de 2019: “Comparto el parecer del señor presidente, pero no se trata de pareceres. Se trata de responsabilidades funcionales y apegados al marco normativo predeterminado”. Vicente Zevallos, Ministro de Justicia y Derechos Humanos

***Decreto Legislativo 1068, http://spijlibre.minjus.gob.pe/normativa_libre/main.asp

****Resolución Suprema 071-2019-MINJUS, publicada el 15 de marzo de 2019:

Que, mediante oficio N° 035-2019-MEM/DM, del 15 de febrero de 2019, el Ministro de Energía y Minas, pone de conocimiento al Presidente del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, la decisión de dar por concluida la designación de la abogada Eva Giselle García León como Procuradora Pública del Ministerio de Energía y Minas;

Que, mediante Sesión Extraordinaria del 22 de febrero de 2019, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado, acordó proponer dar término a la designación de la abogada Eva Giselle García León como Procuradora Pública del Ministerio de Energía y Minas;

 

Delia Muñoz
18 de marzo del 2019

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