Dardo López-Dolz

Ley protege a policías y ciudadanos

Ley protege a policías y ciudadanos
Dardo López-Dolz
18 de agosto del 2015

Sobre la norma que regula el uso de la fuerza y las armas por la policía

En el Perú, la historia de la actuación policial ha oscilado entre extremos. Hubo períodos dictatoriales en los que el abuso policial era la norma y la defensa judicial del ciudadano una gesta utópica, y también períodos de rebote en los que el policía se ve obligado a pedir disculpas por cumplir su trabajo, acabando a menudo en los tribunales, acusado por el delincuente o los deudos de éste. En no pocas oportunidades, la "justicia" camina de cabeza, tomando partido por los malhechores, privilegiando sus derechos sobre los de la gente honesta.

Cierto es que la policía está severamente desprestigiada por la extensión de la corrupción, reforzada por los casos de abuso, pero si un grupo humano decide contar con un cuerpo policial, este debe contar con reglas claras para cumplir con su obligación y usar correctamente la fuerza para defendernos del crimen.

El Decreto Legislativo Nº 1186, publicado el domingo 16 de Agosto, es (por fin!) una norma inteligente y saludable para luchar contra la creciente inseguridad. Perfecto no es, pero deja a los policías y a la ciudadanía honesta mucho mejor protegida de lo que estaba.

La definición de proporcionalidad para los alcances de la norma innova saludablemente al incluir la relación del nivel de fuerza empleada con el peligro representado por la persona a intervenir o situación a controlar.

La referencia al siempre polémico uso de la fuerza letal contempla la defensa propia o de otras personas en caso de peligro real e inminente de muerte o lesiones graves, incluyendo los casos en que esta ocurra durante la comisión de otro delito, descartando la anacrónica concepción que la limitaba a reaccionar ante hechos previos.

Delimita los casos en que puede emplearse (peligro inminente de muerte o lesiones graves) ante la resistencia al arresto o fuga (de un hombre armado o en grave estado de alteración de la conciencia, por ejemplo) y da sustento para su empleo en tumultos, aunque este extremo es aún algo gaseoso.

Tocará al reglamento llenar algunos vacíos de la ley sin transgredirla. Sería muy saludable, por ejemplo, que se proscriba de una vez la insensata práctica policial del disparo de advertencia. El uso responsable de un arma implica tener control del lugar donde acabarán los proyectiles, impacten o no al blanco.

La identificación del policía no uniformado debe también reglamentarse y uniformarse, hoy el ciudadano no puede diferenciar entre un asalto a mano armada y una intervención policial. Una casaca o chaleco, más un gorro y un protocolo de identificación, exhibiendo en un lugar visible la placa y carnet ayudarían bastante. Sería saludable obligar al (hoy muy barato) registro mediante cámaras en el tablero de los vehículos y el pecho o casco de los policías, eso serviría de defensa judicial al policía y al buen ciudadano.

Dado que los ciudadanos somos las víctimas y la policía no puede, casi nunca, anticiparse o llegar a tiempo, un complemento justo a esta norma podría ser la expedición de otra que defina claramente como legítimo el uso ciudadano de la fuerza letal o no letal al interior del domicilio y de la legítima propiedad, así al menos nos sentiríamos claramente protegidos por la ley en nuestras casas y vehículos. Una norma así haría poner las barbas en remojo a muchos ladrones.
 

Por Dardo López-Dolz

Dardo López-Dolz
18 de agosto del 2015

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