Francisco de Pierola
La pena de muerte: una discusión moral
Es momento de dejar de lado los tabúes y abordar este debate con seriedad
Recientemente la presidenta Dina Boluarte propuso abrir el debate sobre la implementación de la pena de muerte para violadores de menores, un tema que despierta profundas emociones y divide opiniones en la sociedad peruana. Ante crímenes de una brutalidad que desafía nuestra capacidad de comprensión, como la violación de menores, es necesario reflexionar sobre si la pena capital podría ser una herramienta justa y disuasiva en casos excepcionales.
La historia de la humanidad está marcada por actos de crueldad que demandan respuestas proporcionales. Casos emblemáticos, como el asesinato de la familia Petit en Connecticut, Estados Unidos, en el que dos hombres violaron, torturaron y quemaron vivas a una madre y sus dos hijas, evidencian la magnitud del mal que algunos individuos pueden infligir. Frente a estas atrocidades, surgen preguntas ineludibles: ¿Hay actos tan monstruosos que justifican la pena de muerte? ¿Es moralmente aceptable que la sociedad decida privar de la vida a quien cometió estos crímenes?
Los detractores de la pena capital suelen argumentar que "quitarle la vida a un asesino o violador nos iguala a él". Sin embargo, esta afirmación cae en una falacia moral. No es lo mismo asesinar a un inocente que ejecutar a un criminal convicto de un delito atroz. La sociedad establece su escala de valores a través de las sanciones que impone. Si el castigo por violar a un niño y destruir su vida es el mismo que el de un robo agravado, ¿qué mensaje enviamos sobre la gravedad de estos actos?
A este punto siempre llega un caviar con superioridad moral autopercibida a citar la Biblia para tratar de disuadir a los creyentes. Pero cometen un error. El sexto mandamiento, comúnmente citado como “No matarás”, proviene de una traducción de la Biblia King James que ha generado confusión moral debido a un error de traducción. La palabra “matar” que aparece en la biblia, en el hebreo original, tiene dos acepciones: harag y ratsach. El mandamiento dice “No asesinarás”, estableciendo una distinción clave: mientras que “matar” (harag) abarca cualquier acto de quitar una vida, sea legal o accidental, “asesinar” (ratsach) se refiere exclusivamente a quitar una vida de forma ilegal o inmoral.
La confusión surge porque hace 400 años “matar” y “asesinar” eran sinónimos en inglés. Esto ha llevado a interpretaciones erróneas, como creer que el mandamiento prohíbe toda forma de quitar una vida. Sin embargo, si el mandamiento prohibiera matar, implicaría el rechazo a la defensa propia y al consumo de carne, lo que claramente no es su intención original.
Una de las críticas recurrentes es que la pena de muerte supuestamente "devalúa" la vida humana. Sin embargo, permitir que los perpetradores de actos monstruosos vivan el resto de sus días, incluso en reclusión, siendo mantenidos por los contribuyentes, puede enviar el mensaje contrario: que sus víctimas no merecen justicia plena. La retribución no es venganza; es una declaración social de que ciertos actos son tan abominables que su único castigo justo es la pérdida de la propia vida del culpable.
El Dr. William Petit, quien perdió a su esposa e hijas en el caso mencionado, dijo: “La muerte es el único castigo justo para ciertos asesinatos tan depravados y viles”. ¿Es injusto que una sociedad decida proteger su tejido moral aplicando la pena máxima a quienes lo han desgarrado irreparablemente?
Otro argumento clave es el potencial disuasorio de la pena de muerte. Si bien algunos estudios sugieren que no reduce significativamente las tasas de criminalidad, esto no aplica necesariamente a todos los contextos. En el caso de los violadores de menores, el temor a enfrentar la pena capital podría actuar como un freno eficaz.
Además, mantener a estos criminales vivos implica riesgos adicionales. La historia está llena de casos de reos peligrosos que han escapado o han sido liberados prematuramente, y que han vuelto a cometer crímenes atroces, además de los crímenes que puedan cometer siendo reclusos. Aplicar la pena de muerte en casos absolutamente probados podría eliminar estos riesgos y garantizar la protección de futuros inocentes.
En el Perú, donde las cifras de abuso sexual infantil son alarmantes, el debate no puede ser postergado. Los perpetradores de estos crímenes destruyen vidas y familias enteras, generando un dolor que nunca desaparece. Mientras tanto, las víctimas y sus seres queridos enfrentan un sistema judicial que muchas veces falla en proporcionar justicia.
Es importante también recordar que la Constitución peruana, en su artículo 140, permite la pena de muerte para casos de traición a la patria y terrorismo, siempre que se cumpla con el debido proceso. Extender esta disposición a los violadores de menores no requeriría una transformación radical, sino una adaptación del marco normativo existente.
La pena de muerte no es una solución mágica ni debe aplicarse de manera indiscriminada. Pero frente a crímenes de una brutalidad extrema, como la violación de menores, representa una herramienta necesaria para proteger a la sociedad y reafirmar los valores que nos definen. Es momento de dejar de lado los tabúes y abordar este debate con seriedad y compromiso, priorizando siempre la justicia para las víctimas y la protección de los más vulnerables.
Abrir este debate no significa abrazar la barbarie, sino reafirmar la civilización. Porque, como sociedad, debemos tener el valor de decir que hay límites que no pueden cruzarse sin enfrentar la máxima consecuencia.
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