Neptalí Carpio

Elusión de impuestos y crimen organizado

Transparencia fiscal para que el estado cumpla sus objetivos

Elusión de impuestos y crimen organizado
Neptalí Carpio
18 de abril del 2019

 

En momentos en que en el Congreso hay un arduo debate sobre el tema de la elusión y evasión tributaria, es oportuno recordar que los escándalos de corrupción recientes en nuestra región han mantenido el tema de la transparencia fiscal y financiera en el ojo de la tormenta. Y además han puesto en evidencia que la evasión de impuestos en muchos casos es fronteriza con otras actividades criminales, como la corrupción, el narcotráfico o el terrorismo. La cooperación internacional ha logrado importantes avances en tres ámbitos de la transparencia tributaria: el levantamiento del secreto bancario, el intercambio de información financiera entre jurisdicciones y, por último, la identificación del “beneficiario final” de la propiedad. Sin embargo, en el Perú y América Latina aún queda un trecho muy largo para llegar a lo óptimo.

Según cifras de la SUNAT, el fisco peruano deja de percibir alrededor de S/ 35,000 millones por la evasión y elusión del Impuesto a la Renta y S/ 20,000 millones por Impuesto General a las Ventas (IGV). Montos extremadamente altos y que atentan claramente contra las posibilidades de potenciar el desarrollo del país.

¿Por qué es tan importante encontrar el hilo conductor entre el crimen organizado y la evasión o elusión tributaria? Porque al final, en la punta de la madeja, está finalmente un beneficiario de carne y hueso: siempre hay una última persona o grupo de personas detrás de la transacción en entredicho con la legalidad. Los estándares internacionales requieren niveles mínimos de transparencia respecto a las personas físicas que controlan o se benefician económicamente de una sociedad mercantil, un fideicomiso o una fundación. Conocer al beneficiario final de la propiedad no solo es una herramienta fiscal o financiera, también ayuda a proteger las actividades económicas legítimas y legales del sector privado.

Uno de los principales desafíos al que se enfrentan los países es precisamente la definición de quién es el beneficiario final. Determinadas naciones, por ejemplo, han optado por considerar beneficiario final de una empresa a aquellas personas físicas que sean propietarias de un determinado porcentaje de la firma. En nuestra región, ese porcentaje varía desde el 20% en Argentina y en la República Dominicana, pasando por el 15% en Uruguay, el 10% en Barbados, Bahamas, Belice o Jersey, hasta el 5% de Colombia. ¿A cuánto asciende en el Perú? Solo una rigurosa normatividad legal nos podría dar luces. Pero parece que en el Congreso peruano quieren bloquear esta posibilidad.

Otro reto importante es que el control de una empresa puede no estar directamente relacionado con el número de acciones que alguien posee. Es el caso de aquellos individuos que influyen ―e incluso vetan— las decisiones de una empresa a través de acuerdos secretos con los accionistas. En otros casos, se detecta la figura de un testaferro que presta su identidad para aparecer como propietario o accionista de una empresa que, en realidad, posteriormente traspasa todos los beneficios al beneficiario final.

En una economía como la peruana, con una extendida economía delictiva, ¿por qué resulta crucial identificar a los beneficiarios finales? La posibilidad de tener información sobre beneficiarios finales disponible, accesible y confiable es un elemento central para que las autoridades puedan proteger el sistema financiero y fiscal de un país. Entre los objetivos de esta política está la prevención del lavado de dinero. Las entidades financieras y económicas reguladas puedan realizar tareas de conocimiento y debida diligencia sobre personas jurídicas que son clientes, e informar a los supervisores si existen indicios de que los beneficiarios finales de estas personas jurídicas se encuentran relacionados con alguna actividad ilegal.

Es muy importante, por ello, que el sistema impositivo facilite la recaudación de los diversos tipos de impuestos. Las autoridades fiscales pueden realizar sus labores de recaudación tanto en su jurisdicción como en colaboración con otras jurisdicciones. Finalmente, a la larga termina también por favorecer la transparencia, en una economía de libre mercado. Una función a veces menos reconocida es que la información sobre beneficiarios finales ayuda a las empresas a conocer mejor con quién se relacionan. Por ejemplo, cuando hay fusiones o adquisiciones, la información sobre beneficiarios finales es fundamental para prevenir posibles negocios empresariales que incluyan partes involucradas en actividades ilegales. En ese caso, una ley antimonopolio, que tampoco el Perú tiene, puede ser gravitantemente positiva.

Otra tarea es lograr los estándares mínimos para luego poder llegar a los máximos. Y es que en transparencia fiscal no hay una norma óptima que aplique a todos. Se trata entonces de que las jurisdicciones implementen mecanismos de transparencia en la medida que sean consistentes con sus sistemas legales. Por ello, los estándares internacionales marcan unos mínimos de transparencia que todos los países deberían comprometerse a asumir. En América Latina y el Caribe, la regulación en la materia es asimétrica. La mayoría de los países tiene alguna norma que define el concepto de beneficiario final de la propiedad, estas definiciones no siempre se alinean con los estándares internacionales. En general, podría decirse que todos los países de la región tienen espacios para mejorar su normativa y, especialmente, su cumplimiento.

Las elites más altas del sistema financiero internacional son cada vez más conscientes de este reto. Por ejemplo, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Foro Global de Intercambio de Información y Transparencia Tributaria han desarrollado con este propósito la “Guía en la implementación del conocimiento del beneficiario final”. El objetivo de esta herramienta es que los funcionarios a cargo de implementar estas políticas públicas en América Latina, el Caribe y en el resto de mundo, cuenten con un instrumento práctico para avanzar en la efectividad de estas políticas de transparencia.

El Perú, dejando de lado una tradición mercantilista que siempre trató de utilizar al Estado y las leyes para hacer de las suyas (con la evasión y la elusión tributaria), debería ponerse a tono con estas tendencias para construir un sistema fiscal más sano y probo. Eso corresponde con los fundamentos de una economía de libre mercado. Como decía el economista clásico Adam Smith, en la segunda parte del libro V de su obra La riqueza de las naciones: “Los súbditos de cualquier Estado deben contribuir al sostenimiento del Gobierno en la medida de lo posible, en proporción a sus respectivas capacidades; es decir, en proporción al ingreso del que respectivamente disfrutan bajo la protección del Estado”. Nada más, ni nada menos.

 

Neptalí Carpio
18 de abril del 2019

NOTICIAS RELACIONADAS >

La plusvalía urbana y la vivienda de interés social

Columnas

La plusvalía urbana y la vivienda de interés social

La reciente publicación de la Ley Nº31313, denominada Ley ...

02 de septiembre
La Ciudad del Bicentenario y el presidente-alcalde

Columnas

La Ciudad del Bicentenario y el presidente-alcalde

Los primeros pasos para construir la llamada Ciudad del Bicentenario, ...

26 de agosto
Un gobierno frágil y en formación

Columnas

Un gobierno frágil y en formación

Si algo ha puesto en evidencia la renuncia de Héctor Béj...

19 de agosto

COMENTARIOS