Delia Muñoz

Desafíos para la libertad de expresión

A 20 años de la Declaración Conjunta

Desafíos para la libertad de expresión
Delia Muñoz
09 de septiembre del 2019

 

Los peruanos solemos hacer un amplio ejercicio de los derechos de pensamiento y expresión con absoluta libertad. Los comentarios y opiniones sobre temas sociales, de farándula y políticos forman parte de nuestra cultura; y en el ámbito internacional se considera un derecho puerta y consustancial a una sociedad democrática. Por ello preocupan las situaciones que pueden menoscabarlo y, es en dicho contexto que los Relatores de Libertad de Expresión han adoptado una Declaración Conjunta del Vigésimo Aniversario(*): Desafíos para la Libertad de Expresión en la Próxima Década.

En este documento internacional encontramos tres grandes áreas de preocupación: la creación de un ambiente que permita el ejercicio de la libertad de expresión; una Internet libre, abierta e inclusiva; y el control privado de los medios. Procederé a reseñar los puntos más interesantes o novedosos que se plantean a los estados:

  • El desarrollo de marcos legales internos que, respetando las pautas internacionales, limiten las restricciones penales a la libertad de expresión, a efectos de no disuadir el debate sobre temas de interés público.
  • La implementación de normas que permitan el acceso a la información y, lo más importante, con la exacta definición de las restricciones, acorde a los derechos humanos.
  • Desarrollar el apoyo a los medios locales, lo que implica contar con una regulación que mitigue los impactos negativos causados por el dominio de las empresas de publicidad en línea.
  • Abstenerse de imponer interrupciones o bloqueos en la red de Internet. Proporcionar un acceso universal y asequible a Internet, respetando el principio de neutralidad de red.
  • Desarrollar mecanismos de supervisión transparentes para abordar las reglas privadas de moderación de contenido que podrían ser contrarias al derecho internacional de los derechos humanos.
  • Medidas regulatorias que aborden los modelos de negocios de ciertas empresas de tecnología digital, que pueden ser utilizados para la viralización de engaños, desinformación y expresiones de odio.
  • Soluciones para enfrentar los problemas causados por la desinformación, incluida la creciente posibilidad de falsificaciones tecnológicas profundas (deep fakes), compatibles con los estándares internacionales en materia de legalidad. Y la legitimidad del objetivo perseguido, cuando sea estrictamente necesario y proporcional. 
  • Establecer reglas para remediar las prácticas que representen un abuso de la posición dominante de las empresas que proporcionan servicios de comunicación digital.

Conforme se puede apreciar, una de las grandes preocupaciones es la sanción penal a consecuencia de las expresiones vertidas, que suele ser una afectación constante en modelos de sociedad poco tolerantes a la discrepancia y a la crítica. Ojala nuestro país asuma esta recomendación y elimine del Código Penal aquellos delitos vinculados al ejercicio de los derechos de información y expresión. 

Por otro lado, respecto a los productos y servicios que en nuestro medio se ofrecen y comercializan por Internet, dependen de un sistema de control efectivo. Conforme avanzan las negociaciones comerciales de bienes y servicios por mecanismos tecnológicos, pueden ocurrir situaciones en las que el consumidor final no cuente con mecanismos para hacer efectiva la protección a la que tiene derecho.

Respecto a las reglas de moderación de contenido, deben estar referidas a los aspectos no cubiertos por el derecho de libertad de expresión. Algunos ejemplos: el discurso discriminador, el de odio y la incitación a la violencia, que se sustentan en la discriminación a las personas.

Hay bastante que celebrar en nuestro país por las libertades que gozamos a nivel de expresión, pero también existe la necesidad de autorregulación para no afectar la integridad, honor e imagen de quienes discrepan con cada uno de nosotros. 

 

* El texto utilizado se puede ubicar en: Declaración Conjunta de los Desafíos de la Libertad de Expresión para la Próxima Década, adoptada por los Relatores de ONU, OEA, África y OSCE: 

http://www.oas.org/es/cidh/expresion/showarticle.asp?artID=1146&lID=2

 

Delia Muñoz
09 de septiembre del 2019

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