La comisión de Constitución del Congreso de la R...
Las decisiones de la Comisión de Constitución y de la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso, sobre la reforma de la justicia y el nombramiento de los jefes de la ONPE y la Reniec por parte del Legislativo y la ley que propone reforzar las funciones de control de las oenegés de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), han desatado una verdadera histeria del progresismo nacional e internacional. Se arguye una supuesta vulneración del equilibrio de poderes y una negación de derechos de participación ciudadana.
En realidad, el Congreso solo está interpretando el momento político y constitucional de la República, en que el fracaso de la reforma judicial, la brutal judicialización de la política y el conflicto de poderes que desatan jueces de instancias inferiores que cuestionan funciones exclusivas y excluyentes del Legislativo –establecidas en la Constitución– y las propias funciones del Tribunal Constitucional están empujando al Perú al abismo de la anarquía institucional.
Si el Congreso de la República, por ejemplo, no puede ejercer el control político que establece la Constitución –porque jueces de instancias inferiores e, incluso, provisionales, interpretan la Carta Política de acuerdo a su mejor parecer–, entonces el Perú ha entrado en una anarquía institucional que derivaría en la disolución del sistema republicano. En ese contexto, existen dos alternativas frente al caos: o se adelantan las elecciones o se convoca a una asamblea constituyente para resolver el impasse constitucional.
El Legislativo ha optado por ejercer el poder democrático que le confiere la Constitución iniciando un proceso de reforma de la justicia a través de la creación de la Escuela Nacional de la Magistratura, que reemplazará las funciones de la Junta Nacional de Justicia y se encargará de la capacitación y formación de los magistrados. Igualmente, se ha decidido que los jefes de la ONPE y de la Reniec sean nombrados por el Legislativo. Sin embargo la Comisión IDH, como siempre suele hacerlo, ha señalado que ”expresa preocupación por la interferencia del Congreso en el funcionamiento de otros poderes públicos”.
¿En qué momento reformar la justicia creando la Escuela Nacional de la Magistratura se convierte en una interferencia de poderes y cuándo se restaron esas funciones constitucionales al Legislativo? La Comisión IDH vuelve a ponerse del lado del progresismo nacional de manera abierta y descarada, ignorando los mandatos de nuestra Constitución, y ante semejante situación, el Congreso debería impulsar un pronunciamiento del Estado peruano frente a este claro intento de coloniaje institucional.
En los próximos días veremos pronunciamientos de algunos organismos, extremadamente ideologizados y de abierta orientación progresista, intentando señalar que la decisión de la Comisión de Relaciones Exteriores del Legislativo, de ampliar las funciones de la APCI para fiscalizar y controlar el financiamiento de las oenegés es una medida que atenta contra los derechos de participación ciudadana. Semejante situación se plantea no obstante que el progresismo ha logrado restringir y sobrerregular el financiamiento del sector privado a los partidos políticos –incluso se consultó el tema en el referendo de Vizcarra–, mientras se dejaba a la libre a las oenegés.
En realidad, el progresismo pretende constitucionalizar un sistema político en que se gobierne sin necesidad de formar partidos ni ganar elecciones, tal como ha sucedido con el fenómeno caviar en las últimas décadas. De allí que se sobrerregule a los partidos y se sancione liberalidad extrema para las oenegés.
Es evidente que la polarización alrededor del sistema de justicia y el debate sobre la fiscalización y el control de las oenegés son capítulos diversos de la misma guerra ideológica que se libra con un sector del país, que desdeña el voto popular y la representación de las urnas y que pretende reemplazar estas columnas de la democracia con “oenegés de la sociedad civil” que nadie elige o con encuestas que algunos plantean como la medida para adelantar o no las elecciones.
Si el Congreso no asume el poder democrático que le confiere la Constitución, entonces el adelanto electoral o la asamblea constituyente destruirán el Estado de derecho.
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