Editorial Política

“Estabilidad absoluta”: enemiga de los trabajadores

Sentencia del Tribunal Constitucional precariza empleo

“Estabilidad absoluta”: enemiga de los trabajadores
  • 30 de mayo del 2018

 

Las investigaciones de Miguel Jaramillo, del Grupo de Análisis para el Desarrollo (GRADE), han demostrado que los contratos laborales de tiempo indefinido cayeron luego del fallo del Tribunal Constitucional (TC) del 2001. Ese fallo declaró inconstitucional el artículo 34 del Decreto Legislativo 728, que establecía que en caso de despido de un trabajador procedía la indemnización correspondiente. En cambio, el TC estableció que se debía reponer en el puesto al despedido.

De esta manera el TC, en la práctica, estableció la estabilidad laboral absoluta. En ese contexto se multiplicaron las demandas al Poder Judicial y al TC de diversos sindicatos de trabajadores para lograr la reposición. El resultado: se calcula que desde el 2015, los trabajadores perdieron S/ 6,100 millones de soles y 900,000 empleos permanentes pasaron a la condición de temporales.

Las investigaciones de Jaramillo señalan que el fallo del TC alentó a que los trabajadores se inclinaran por la reposición antes que la indemnización. Antes de la sentencia del TC los contratos laborales indeterminados eran los más usuales, pero a partir del 2001 los contratos laborales temporales se incrementaron considerablemente. Según Jaramillo, en el 2015 uno de cada seis nuevos puestos de trabajo se acordaban mediante contratos laborales temporales.

Jaramillo sostiene que los contratos temporales comienzan a incrementarse en 1992, y en 1995 ya representaban el 50% del total de contratos de trabajo. Según la Encuesta Nacional de Hogares. este tipo de contratos descienden entre 1997 y el 2001. Luego de la sentencia del TC los contratos temporales se disparan hasta sumar el 75% del total de contratos laborales.

El ex ministro del sector Trabajo, Jaime Barreda, sostiene que otros estudios relacionados con el tema indicaban que los contratos temporales crecían, que se habían duplicado, antes del fallo del TC. De la misma idea es el actual ministro de Trabajo, Christian Sánchez, quien duda que el fallo del TC sea razón suficiente para determinar el incremento de los contratos temporales. Cree que otras causas han concurrido para que así sea, y deja entrever que la causa de ese incremento es la política de los mercados abiertos establecida en la Constitución de 1993.

El estudio de GRADE demostró que la decisión equivocada del TC, en lugar de favorecer a los trabajadores los dejó desprotegidos, incluso sin opción a afiliarse a un sindicato. Y no solo eso, la informalidad desproporcionada del día de hoy tiene una de sus principales causas en ese fallo del TC.

Según el reporte de competitividad del Foro Económico Mundial 2017-2018, Perú está en el puesto 129 de un total de 137 países en cuanto a las políticas más rígidas para contrataciones y despidos. Es uno de los países con legislaciones laborales más sobrerreguladas. Razón por la que cerca del 75% de la población económicamente activa (PEA) carece de contratos formales.

El daño ocasionado al país por la sentencia del TC del 2001 es inmenso. Ha precarizado el empleo y ocasiona dificultades a la productividad de las empresas por la permanente rotación de los trabajadores, con los consecuentes efectos negativos en el desempeño laboral. Asimismo, no hay manera de establecer políticas sostenidas de entrenamiento y capacitación para los trabajadores por el poco tiempo que duran en sus puestos de trabajo.

El fallo del TC es, entonces, enemigo de los trabajadores e impide la contratación formal. Al contrario, la Ley de Promoción Agraria (Ley Nº 27630), ahora a punto de extenderse al sector forestal y acuífero y tal vez al sector de confecciones, permite la contratación formal de los trabajadores de acuerdo a las necesidades de cada actividad. En regiones como La Libertad, Piura e Ica —donde se desarrolla intensa actividad agroindustrial— se avanza hacia el empleo formal pleno. La pobreza y el desempleo han sido arrinconados y el sueldo mínimo no existe porque los salarios son mayores.

 

  • 30 de mayo del 2018

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