A estas alturas del siglo XXI es incuestionable que los recursos natur...
El ministro de Economía, Carlos Oliva, ha señalado que se está preparando un proyecto de ley con el fin de flexibilizar el mercado laboral. Aludiendo al fallo del Tribunal Constitucional (TC) de 2001, el ministro indicó que la norma busca modificar la interpretación del señalado tribunal. El gran problema del titular de Economía será enfrentar la oposición del ministro de Trabajo, Cristián Sánchez, quien lidera un ala ministerial que niega cualquier posibilidad de reforma laboral y es abiertamente anti inversión.
Como se sabe, desde el 2001 un fallo del TC declaró inconstitucional el artículo 34 del Decreto Legislativo N° 728, que establecía que en caso de despido de un trabajador procedía la indemnización correspondiente. La señalada resolución estableció que el trabajador despedido podía exigir la reposición en su puesto de trabajo. Semejante decisión, en la práctica, restableció la estabilidad laboral absoluta. La mayoría de los trabajadores se inclinó por la reposición.
Según el investigador Miguel Jaramillo, del Grupo de Análisis para el Desarrollo (Grade), desde el 2001 —debido a la resolución del TC— empezó a reducirse el número de los contratos laborales por tiempo indefinido. Asimismo, se multiplicaron las demandas de reposición presentadas por diversos sindicatos de trabajadores ante Poder Judicial y el TC.
La mencionada resolución del TC resultó extremadamente negativa para los trabajadores. Se calcula que desde el 2015, los trabajadores perdieron —por el incremento de los contratos temporales—más de S/ 6,100 millones en beneficios sociales, y que 900,000 empleos permanentes pasaron a la condición de temporales. Es decir, en la práctica el fallo del TC se convirtió en el principal enemigo de los derechos laborales.
Según las investigaciones de Jaramillo, antes de la sentencia del TC los contratos laborales por tiempo indefinido o indeterminado eran los más comunes en los centros laborales. Por ejemplo, en 1995 los contratos a plazo fijo representaban el 50% del total. Una Encuesta Nacional de Hogares estableció que entre 1997 y 2001 los contratos de plazo fijo comenzaron a descender. Sin embargo, desde el 2001, los contratos temporales se elevaron hasta alcanzar el 75% del total.
El ministro de Trabajo, Christian Sánchez, ha expresado sus dudas con respecto a que el fallo del TC sea el factor que incrementa los contratos temporales. Para Sánchez, el aumento de la temporalidad en los contratos tiene que ver con las políticas promercado, proempresa y proinversión establecidas en la Carta Política de 1993. No entendemos en qué basa el ministro de Trabajo semejantes afirmaciones, sobre todo considerando que el libre mercado laboral propicia una incesante movilidad laboral en los trabajadores más capacitados y con mayores habilidades productivas. En este contexto, las empresas buscan contratar de manera permanente a los mejores trabajadores.
El daño que le ha ocasionado al país la sentencia del TC del 2001 es inmenso e incalculable. No solo ha precarizado el empleo y ocasionado dificultades a la productividad de las empresas, por la permanente rotación de los trabajadores, además ha intentado destruir el espíritu competitivo de los trabajadores.
Pensamientos anclados en el pasado y que pretenden establecer derechos laborales ganados como supuestas estabilidades laborales, lo único que han logrado es desproteger al trabajador.
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