José Andrés Tello

¡Únanse al baile de los que sobran!

La politización de lo resuelto por la autoridad electoral

¡Únanse al baile de los que sobran!
José Andrés Tello
12 de marzo del 2018

 

Dura lex, sed lex.

(Dura es la ley, pero es la ley)

 

Aforismo romano

 

En medio del rumor político que han originado las declaraciones de Jorge Barata —respecto a los supuestos pagos indebidos efectuados a una serie de personalidades políticas en pasadas campañas electorales— ha surgido un potencial peligro de desestabilidad en los próximos comicios. Serían dos las razones de ese peligro: por un lado, la rigurosidad administrativa y jurisdiccional del JNE; y por el otro, la esperanza de una serie de potenciales candidatos que, por diferentes factores, no pudieron inscribir sus organizaciones políticas antes de la convocatoria de elecciones, quedando así legalmente impedidos de postular a las próximas ERM 2018.

La cosa es más clara que el agua de un manantial si uno lee el artículo 9° de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, modificado por el artículo 2° de la Ley N° 30688, respecto a qué organizaciones políticas podrán participar en las próximas ERM 2018, dice lo siguiente: “Las organizaciones políticas con inscripción vigente en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones hasta la fecha de vencimiento del plazo para la convocatoria al proceso electoral correspondiente, y alianzas electorales que obtengan su inscripción en dicho registro, como máximo doscientos diez (210) días calendario antes de la fecha de la elección correspondiente, pueden participar en los procesos de municipales provinciales y distritales”.

Mediante Decreto Supremo N° 004-2018-PCM de fecha 10 de enero de 2018 se convocaron las ERM 2018, y de plano se consumó el supuesto de que aquellas organizaciones con inscripción vigente en el ROP en esa fecha podrán participar en las próximas elecciones. Y contrario sensu, aquellas que no tengan la referida inscripción no podrán hacerlo.

El 7 de febrero, el JNE emitió la Resolución N° 082-2018-JNE, mediante la cual aprobó el Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales. Al inicio del artículo 19° señala textualmente que: “Las organizaciones políticas inscritas a la fecha límite para la convocatoria a la elección participan en el proceso de elecciones municipales de acuerdo con los siguientes lineamientos: (…)”. Como dije anteriormente, la cosa es más clara que el agua de un manantial.

Ahora se inicia una discusión bizantina. Resulta que mediante Resolución N° 0036-2018-JNE, de fecha 18 de enero de 2018, en el caso de la inscripción de la organización política local “Vivo por Magdalena” el JNE, en un acto de rigurosidad jurisdiccional, emitió una votación partida respecto a si se admite la participación de aquellas organizaciones políticas que tuvieran su inscripción vigente al momento de la convocatoria —es decir, como manda la ley— el día 10 de enero de 2018: o desde el momento de convocatoria a elecciones internas, según cronograma electoral (es decir, a partir del 11 de marzo próximo). Lo cierto es que por mayoría de tres votos contra dos primó la primera postura. El falló de la anterior resolución fue ratificado en la Resolución N° 092-2018-JNE de fecha 8 de febrero pasado, que aprueba el Cronograma Electoral de las ERM 2018.

¿Por qué ocurre esto? ocurre porque el JNE deja en manos de los JEE, que se instalarán recién el 15 de mayo próximo, la decisión de aceptar o no la participación de estas organizaciones políticas de inscripción extemporánea. ¿Cómo se llama eso? Pues se llama autonomía jurisdiccional de la primera instancia. ¿Por qué el ROP aún acepta inscripciones de organizaciones políticas? Pues porque debe terminar su labor como instancia administrativa. ¿Qué ocurre a razón de tal postura jurisdiccional y administrativamente correcta del JNE y el ROP a su cargo? Ocurre que muchos candidatos vienen especulando que sus organizaciones políticas van a participar en las ERM 2018, a pesar de que legalmente eso no va a ocurrir.

En resumen, se estaría generando un problema de politización de lo resuelto por la autoridad electoral, que sin duda sería el pretexto ideal para que puedan victimizarse algunos candidatos despistados y poco familiarizados con la normatividad electoral. O aquellos que marcaron posiciones radicales, inflexibles y sobretodo distantes a lo que denominan “política tradicional”, sin poder siquiera completar dentro de plazo sus firmas para lograr su inscripción dentro de plazo. Y no solo victimizarse, sino también afirmar que poderes oscuros tras la justicia electoral están impidiendo su casi mesiánica postulación, renovadora de la política nacional.

Finalmente, considero que la autoridad electoral debe prepararse para este tipo de cuestionamientos a futuro. Como diría el gran Daniel Peredo, consejo de pata para los actuales candidatos cuyas organizaciones políticas no lograron su inscripción, “busquen alguna organización con todo en regla que los acoja y busquen fantasmas”. Y finalmente, aquellos que deseen ir contra el mandato de la ley, bien por ellos, pero que empiecen a recitar los versos de la canción de Los Prisioneros: “únanse al baile de los que sobran”.

 

José Andrés Tello
12 de marzo del 2018

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