Heriberto Bustos

Un fantasma acecha a la educación pública

Se pretende dejar la educación únicamente en manos del sector privado

Un fantasma acecha a la educación pública
Heriberto Bustos
31 de agosto del 2020


Hace un par de semanas el sector Educación hizo pública la Resolución Ministerial Nº 326-2020, que aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan y orientan los convenios para la gestión de instituciones educativas públicas de educación básica a cargo de entidades sin fines de lucro”. esa resolución desenterró viejas preocupaciones y encendió muestras de disconformidad en las dirigencias magisteriales. 

Los intentos de ceder la gestión pública a individuos o grupos privados, tiene como antecedente la aprobación en 1992, durante el Gobierno de Fujimori, de tres decretos leyes: 26011, de Participación Comunal en la Gestión y Administración Educativas; 26012, de Financiamiento Educativo, y 26013, de Mejoramiento de la Calidad y Ampliación de la Cobertura de la Educación Peruana; en ellos se determinaba según el Art. 9 del primero: “los centros educativos de acuerdo con su sistema de gestión y financiamiento serán de las siguientes clases: a) Centros Educativos de gestión y administración comunal, administrados directamente por el Consejo Educativo Comunal y subvencionados totalmente por el Estado en función del número de alumnos que asiste regularmente a clases; b) Centros Educativos de gestión y administración no estatal, subvencionados total o parcialmente por el Estado en función del número de alumnos que asiste regularmente a clases; c) Centros Educativos de gestión estatal que se encuentran en proceso de transferencia; d) Centros Educativos de gestión, administración y financiamiento no estatales”.

En cuanto a los recursos asignados, anotaba el Art. 3 del D.L. 26012, que “están destinados a cubrir los gastos de personal, bienes y servicios, equipamiento y si es posible infraestructura”. La férrea oposición de los maestros y padres de familia forzaron su derogatoria en 1994.

Después de 28 años de ese intento, la reciente norma señala como objetivo “Establecer criterios y disposiciones que orientan la elaboración, y suscripción de los convenios para la gestión de instituciones educativas públicas de Educación Básica a cargo de instituciones sin fines de lucro…”, comprendiendo a la Iglesia católica y personas jurídicas de derecho privado, quienes pueden gestionar una o varias instituciones públicas; señala también, que el financiamiento de los servicios básicos, tributos municipales, mantenimiento de la infraestructura, dotación de equipamiento, mobiliario y recursos materiales educativos son asumidos por el Estado.

En momentos de crecientes dudas en cuanto a la efectividad de la educación remota, desorden normativo, traspiés en la reducción de brechas de inclusión, apadrinamientos forzados de ideologías polarizadoras, menosprecio de experiencias educativas, cierre de instituciones privadas, ensayos poco realistas de “nuevas visiones”, pareciera que las autoridades reconociendo sus limitaciones de gestión, decidieron “encargar” la educación al sector privado. 

Por ello, no resulta extraño que el sindicato cusqueño la califique como “la plasmación retrógrada de la política educativa de privatización de la educación pública en el Perú”; tampoco que el SUTEP, en su portal, afirme: “por parte del Estado, la posición es clara acerca de lo que se busca con la implementación de esta normativa: ahorrar todo el presupuesto que pueda y trasladar el costo de la educación pública, a través de un intermediario, a los padres de familia, sin escatimar en vulnerar derechos y evadir responsabilidades normadas por la Constitución”. 

Decisiones de esta naturaleza, que acrecientan disconformidades y las acercan al estallido, exigen, por un lado, transparentar sus verdaderas intenciones y de ser necesario corregirlas para zanjar con el fantasma de la privatización; y por otro, demanda construir una Reforma Educativa Descentralizada.

Heriberto Bustos
31 de agosto del 2020

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