Manuel Alvarado Rodríguez

La informalidad laboral: déficit de welfare y de educación

La informalidad laboral: déficit de welfare y de educación
Manuel Alvarado Rodríguez
11 de julio del 2017

Informalidad es parte del ADN del sistema laboral peruano

La OIT define “informalidad laboral” como “una relación laboral que no está sujeta a la legislación nacional, no cumple con el pago de impuestos, no tiene cobertura de protección social y carece de prestaciones relacionadas con el empleo”. Sin embargo, en vista de los sucesos de las Malvinas, la definición de la OIT parece explicar parcialmente la informalidad respecto a la realidad peruana.

En lo personal, tengo la certeza de que en el Perú la informalidad laboral está en función de tres variables: 1) la ausencia de “amortiguadores sociales” o políticas sociales (welfare) eficaces, que evite a las personas entrar en la pobreza y/o mantenerse en dicha situación; 2) la ausencia de “políticas activas del mercado del trabajo”, o acciones de gobierno que permitan mejorar la empleabilidad de la masa laboral para facilitar el ingreso y reingreso de los trabajadores en el mercado del empleo; 3) bajo nivel de instrucción, lo que a su vez genera dos fenómenos: a) mano de obra poco calificada y b) presencia de la cultura del no pago de impuestos y del no respeto a las “reglas de juego”.

Por el lado de los trabajadores, aquellos que ofrecen su trabajo, la informalidad laboral resulta ser un útil recurso (de aquí que tal vez nazca la frase “hay que recursearse”) para enfrentar el riesgo de entrar en situación de pobreza. Dentro de esa masa laboral informal se puede distinguir al menos dos grupos: a) los que deciden “crear un trabajo” en la informalidad; y, b) los que “venden su trabajo” a la informalidad. Es decir, la informalidad laboral funge de “amortiguador social” o mecanismo de ayuda económica que evita a las personas entrar en situación de pobreza.

Por el lado de quienes demandan trabajadores, es posible notar la existencia de empleadores que deciden contar con mano de obra de manera informal, con sueldos por debajo de la remuneración mínima vital y en condiciones precarias. Aquí también es posible identificar dos grupos: a) aquellos empleadores que trabajan de manera formal, pero deciden contar con trabajadores de manera informal; b) aquellos empleadores que trabajan en la informalidad y que deciden tener trabajadores de manera informal (este caso debería considerarse delito grave). La pregunta es: ¿por qué no se formalizan? Y si están formalizados, ¿por qué no contratan de manera formal?

En ambos casos tendría sentido encontrar la respuesta en los papeleos y los costos de los beneficios del trabajador, que deben enfrentar los empleadores al momento de formalizar un empleo y la respectiva actividad económica (los costos en trámites y beneficios laborales son vistos como un barrera por superar para obtener el estatus de formalidad). Sin embargo, la evidencia empírica parece demostrar que la informalidad no necesariamente sería producto de los costos; al menos en el caso peruano, según el estudio de Miguel Jaramillo (2013).

En lo personal estoy convencido de que la informalidad laboral se debe en gran parte al bajo nivel de instrucción que existe en nuestro país. El déficit en educación explicaría, en buena medida, esa actitud de rebeldía y de rechazo a las normas por parte de los empleadores y trabajadores. Ambos parecen decirle implícitamente al Estado peruano que aplique una versión peruana de la doctrina laissez faire: “no has hecho nada por nosotros, entonces no se te debe nada, por lo tanto hacemos las cosas por nuestra cuenta”.

En base a lo expuesto, puedo afirmar que toda propuesta de solución no debería seguir únicamente el camino de la lucha contra la informalidad, por cuanto ello significaría condenar a los vulnerables entrar nuevamente en la pobreza. Se debe aceptar que la informalidad es parte del ADN del sistema laboral peruano, y por lo tanto se deberían proponer ideas que ayuden a regularla, creando mecanismos de incentivos y desincentivos que limiten la informalidad en el mercado del empleo.

Manuel Alvarado Rodríguez

Manuel Alvarado Rodríguez
11 de julio del 2017

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