Eduardo Chocano
El derecho a participar en la vida política es más que solo votar
Hay mecanismos que permiten a la población participar de forma directa
La Constitución, norma suprema del Estado peruano, reconoce en su artículo 2 inciso 17 el derecho a participar en diversos ámbitos de la Nación, entre ellos, en formar parte de la vida política. Este derecho constitucional resulta de uno de los más importantes para un correcto funcionamiento y desarrollo del Estado peruano. Sin embargo, no resulta apreciado en la actualidad.
En realidad, se piensa erróneamente que la participación de la ciudadanía en la vida política consiste solamente en cumplir con el acto electoral de asistir el día de la votación general (presidente de la república, congresistas de la república y parlamentarios andinos) o las regionales y provinciales. Sin embargo, este derecho de las personas es mucho más amplio.
Sobre esto, Eliseo Paredes Díaz comentó que este derecho implica lo ya mencionado como también una participación de manera directa o indirecta en el desarrollo de la actuación del Estado. Para ello, existen diversos mecanismos que permiten a la población participar de forma directa, los cuales se encuentran reconocidos mediante el primer párrafo del artículo 31 de la Constitución que expresa lo siguiente:
“Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos mediante referéndum; iniciativa legislativa; remoción o revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas. Tienen también el derecho de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes, de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por ley orgánica” (Constitución Política del Perú de 1993).
El artículo citado señala de forma explícita que los ciudadanos pueden ejercer el derecho a participar en la vida política mediante el referéndum, la iniciativa legislativa, la remoción o revocación de autoridades y la demanda de rendición de cuentas, además del derecho a elegir a sus representantes.
Asimismo, este derecho también se ejerce mediante el derecho a la manifestación pacífica y sin armas reconocido en el artículo 2 inciso 12 de la Constitución. El derecho mencionado busca garantizar la protección de los derechos constitucionales cuando la población considere que el Estado u otros elementos de la sociedad se encuentre vulnerándolos. De tal modo que al manifestarse expresan su preocupación y deseo de obtener una tutela adecuada (Palacios Peñafiel, José Francisco y Villacré López, Jorge Mateo. Derecho a la Protesta en los Estados de Excepción Decretados en Ecuador. Ciencia Latina Jurídica. 2024, p. 1277).
Es así que, concluyendo el presente texto, se deja en claro que el derecho a participar en la vida política va más allá de solo cumplir con el acto electoral y que resulta un deber de la población participar activamente en el desarrollo del poder estatal.
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