Carlos Hakansson
El contenido del Estado Constitucional de Derecho
Ejercicio del poder político para equilibrar la libertad personal con la dimensión social
El Estado debe cumplir un papel orientado a que los gobiernos ejerzan la actividad política en estricta armonía con los principios y reglas constitucionales. Solo cuando esa práctica es habitual nos encontramos ante un Estado Constitucional de Derecho. Bajo esta premisa, el gobierno en una comunidad política democrática tiene como función primordial la administración eficiente de los servicios públicos y los recursos estatales, garantizando la seguridad (interior y exterior), la educación, la infraestructura y la salud; lo cual incluye, por supuesto, la gestión de campañas de vacunación y las regulaciones sanitarias necesarias, respetando las leyes y los reglamentos.
En el marco de un Estado Constitucional de Derecho no se debe invadir esferas que competen al libre desarrollo de la personalidad, la patria potestad o la propiedad privada. Su intervención debe limitarse a políticas públicas que generen oportunidades reales de desarrollo, tanto para el individuo como para la sociedad. En ese sentido, el gobierno y el parlamento deben buscar consensos sobre el bien común siempre bajo el mandato de supremacía constitucional —ergo, la aplicación directa de sus principios y reglas—, operando como administradores técnicos del erario para erradicar el clientelismo y la ineficiencia. En similar sentido, también se debe respetar la libertad de enseñanza, garantizando el derecho de los padres a participar en el proceso educativo sin imposiciones ideológicas ajenas a la currícula educativa. En el ámbito económico, si bien no debe intervenir en la iniciativa privada, tiene la obligación de garantizar el pluralismo y establecer reglas claras de inversión y política tributaria, evitando distorsiones en el mercado como son los monopolios y oligopolios.
Al concebir al Estado Constitucional de Derecho como una comunidad política organizada en libertad y no como un rezago del absolutismo, entendemos que el constitucionalismo, como movimiento político, histórico, jurídico y cultural, no es una abstracción, sino una herramienta de defensa de la dignidad humana frente a posibles abusos de cualquier autoridad, funcionario o persona.
De esta manera, el Estado Constitucional de Derecho constituye una trilogía conceptual. Nace como una idea filosófica que sitúa la dignidad humana como fin supremo y origen del orden político; se consolida como un concepto jurídico que establece la supremacía de la Constitución sobre cualquier autoridad; y opera como una técnica de limitación del poder que, mediante frenos y contrapesos, actúa como un "escudo" frente a los rezagos del absolutismo. Bajo esta arquitectura institucional, la comunidad política deja de ser un fin en sí misma para transformarse en un medio eficiente al servicio del bien común. En definitiva, el Estado Constitucional de Derecho condiciona el ejercicio del poder político para equilibrar la libertad con la dimensión social de la persona, garantizando que la autoridad nunca vulnere los bienes jurídicos en su esencia individual, social, corporal y espiritual.
















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