Guillermo Vidalón
Control concurrente en la minería
Similar al que realiza la Contraloría con los proyectos del aparato estatal

La legislación reconoce hasta cinco tipos de mineros: a) artesanales, b) pequeña minería, c) informales, d) formales y e) ilegales. Las categorías “a”, “b” y “d” desean desarrollar sus actividades sin contratiempos sociales ni jurídicos ni ambientales; es decir, manifiestan su disposición a integrarse a la legalidad. En cambio, “c” y “e” forman parte de la ilegalidad, o entre ellos hay muy pocos que deseen pasar a las filas de la legalidad. Argumentan que les resulta esquiva la formalidad por lo engorroso que podrían ser los trámites administrativos impuestos por el Estado. Aunque valgan verdades, hay un número importante de informales mineros (800) que lograron cumplir con la legalidad dentro de las normas vigentes.
Los ilegales argumentan que la complejidad administrativa de la formalidad es tan intrincada que ni los formales logran un pronto reconocimiento de las etapas que se deben cumplir para alcanzarla plenamente. No obstante, el respaldo profesional con que cuentan los mineros formales. Bajo el argumento de que no van a dejar de producir para dedicarse a realizar trámites administrativos en las dependencias del Estado, prefieren seguir como están. Es decir, la continuidad del estado de ilegalidad.
Por otro lado, los organismos del Estado afirman que no cuentan con personal suficiente para evaluar y otorgar los permisos que requiere una actividad compleja como la minera. En consecuencia, algunos mineros se sienten amparados para continuar operando al margen de la legalidad.
Peor inclusive se encuentran aquellos ilegales que no quieren formalizarse o desean una peculiar “formalización”, en la que ellos impongan las reglas al Estado y que este simplemente acepte una situación de hecho en la que la juridicidad sea dejada de lado. Han transcurrido más de una década de intentos frustrados de formalización a través del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) que no ha tenido resultados, por lo tanto, debe ser cambiado y el tránsito hacia el estado de derecho implica el establecimiento del jus imperium, o como suele ocurrir en un estado en proceso de institucionalización, estratégico.
Los mineros formales han expresado que proponen simplificar los permisos sin reducir los estándares ambientales y mejorar las capacidades de las entidades, todos ellos argumentos razonables, pero, el estado podrá mejorar sus capacidades con la velocidad que la urgencia requiere. El riesgo para los mineros formales es que se frustren inversiones por US$ 64,000 millones, cifra que pondría en valor muchos yacimientos ya explorados y que vienen siendo asediados por la minería ilegal.
Al respecto, la semana pasada, un analista económico propuso que la actividad minera formal se puede acelerar si el Estado establece un control concurrente, similar al que realiza la Contraloría con los proyectos del aparato estatal. Porque a diferencia de los ilegales, cuyo escenario ideal es el de lucrar, dañar y eludir toda responsabilidad ambiental, al tiempo que impulsan la criminalidad; los formales piden al Estado acelerar los trámites para evitar la consolidación de actividades delictivas.
El fortalecimiento de las capacidades del estado requiere –además de tiempo– la asignación de recursos económicos que aportan las economías legales. Los artesanales y los pequeños mineros requieren que el estado llegue a sus centros operativos porque el camino inverso ha demostrado que no ha funcionado. Además, el Estado tiene la obligación de evitar que estos caigan en manos de la ilegalidad.
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