Hugo Neira

Manual para Inquisidores

Para obrar como si se procediera conforme a reglas de derecho

Manual para Inquisidores
Hugo Neira
29 de octubre del 2018

 

Sabiendo donde estamos, de vuestros afanes por refutar las opiniones de vuestros reos condenados, nos apuramos por hacerles llegar esta carta. Os escribe Nicolao Eymerico, Inquisidor general de Aragon, que fuera en mi vida terrenal1. Os envio este manuscrito porque sois nuestros colegas. Y con el aprecio debido, sin escolios ni excesivos comentarios, no olvideis nuestra regla práctica. La habeis iniciado ya, pero intentando refutar las opiniones, y eso no posible en los tribunales de la inquisición en el orbe cristiano. Sabemos, hermanos, que vuestra meta es escarmentarlos con los rigorosos castigos —prisión preventiva por largos años— y “sabemos que habeis cambiado los esquisitos suplicios de nuestro tiempo”, y esperais que se arredren con el miedo. Pero no olvideis que nada se puede esperar de amor a lo bueno en ellos. En nuestro tiempo los llamamos hereges. En vuestro tiempo, obstruccionismo. No nos es muy claro este tipo de heregía, acaso venga del traidor Lutero, eso acaso podeis explicarlo, cuando nos reunamos en el lugar donde estamos, que comprendeis, no podemos decir en que lugar se encuentra.

Primer consejo. Teneis que obrar por vuestra propia facultad. Y fallar sin advertencia a obispo alguno, y menos a los juristas. La inquisición es inmune, os lo digo por si lo habeis olvidado. Enfrentais en nombre del bien a los condenados. Vuestra maxima es enjuiciar, en eso consiste el tormento, y evitar las sutilezas de abogados, que pueden ser sus complices, a los que de paso, podeis tambien intimidar. No olvideis, en las obras mas antiguas escritas sobre la materia, “Simpliciter et de plano, sine advocatorum estrepitu et figura”. Quiere decir, que los tramites del proceso no se puede detener en la sustentación ni en los días de tribunales, sino que ya sabeis que son culpables.

Sin embargo, vuestros procesos inquisitoriales, tratan de tener forma juridica ante la heregia, y lo que vois llamais, “lavado de activos” y otros pecados de vuestro tiempo, dinero que se recoge para algo que no entendemos, “campañas electorales”, pero a lo vamos, nuestra práctica reside en tres pasos para la causa, a saber, acusacion, delacion y pesquisa. Ello se encuentra en el Manual de Inquisidores, que es del siglo XIV, capítulo II, pagina VII, “De los testigos”. Si ya estan acusados, es porque ya sabeis que son culpables. Y teneis indicios, y es suficiente.

Segundo consejo. Teneis que apelar contra el acusado á la declaración de los “testigos domesticos”, asi dice nuestra regla (pagina IX). Y tambien “de su muger, sus hijos, sus parientes y criados, pero nunca en su abono”. Estas declaraciones, falsas o verdaderas, tienen mucho peso (Direct. part. 3ª, quœst. 70). Debo deciros, “es opinión asentada de todos los moralistas, que en asuntos de heregia” —o sea, ilicitos de vuestro tiempo— “puede un hermano declarar contra su hermano, y un hijo contra su padre”. El padre Simancas, en nuestro siglo, quiso exîmir de esta ley á los padres y los hijos, “pero no fue admisible su dictamen”. La razón de nuestro argumento es que “antes hemos de obedecer á la Santa Hermandad que a nuestros padres”.

Tercer consejo. Debeis apelar al testimonio de los testigos, aunque falsos (pagina VIII del Manual). Poco importa a la santa causa que no se puedan probar los pecados del reo. Para este caso, a falta de pruebas, se admite el testimonio de otros infieles, incluso de judios, siempre y cuando el testigo falso no se ponga a favor del acusado. Si ya acusado, la primera declaracion en contra, es la valedera.

Cuarto consejo. Si el reo se resiste, lo cual es frecuente, el inquisidor le dirá que se va á hacer un viage largo, y no sabe cuando será la vuelta. Y si no confiesa, si se empeña en decir que es inocente, y que mientras viaga, el reo se va a quedar en la carcel. Hemos visto a muchos hereges de complexion delicada, y ceden.

Quinto consejo. Podeis fingir compasión. Incluso, hacerse amigo del reo, “ego compatierbar tibi”. Está en nuestro Manual original. Tambien el inquisidor encuentra reos capaces de soportar los interrogatorios y hacer por su parte, preguntas. En esos casos, el inquisidor debe darle respuestas vagas, o en los autos, hacerse el distraido, hojeando un legajo cualquiera. Y luego, levantando la voz, “¿no lo decia yo? Confesad la verdad”.

Sexto consejo. “Nunca estará de sobra la prudencia, la circunspeccion y la entereza del inquisidor en el interrogatorio del reo”. Son muchas las tretas de los hereges (o vuestros rebeldes obstruccionistas) incluso, cuando confiesan. “Los hereges son muy astutos, disimulan sus errores, vierten fingidas lagrimas, un inquisidor se debe armar contra todas estas mañas”.

En conclusión, es peculiar y nobilísimo el Tribunal Inquisitorial. “No estan sus jueces obligados á seguir las reglas forenses”. De modo que, si hay omisión de requisitos, de pruebas, etc, no vuelve nulo el proceso. Esto lo dice nuestro Manual (Peña, adnotat. lib. 3°, Schol. 112). Esto proviene de un manual anterior, Tabiense y Locato. Nosotros nos ocupamos de las cosas esenciales, nuestra moral. Jamas reconocer un error. Y nadie debe salir de nuestras carceles como inocente. Pero debemos obrar como si se procediera conforme a reglas de derecho. Rara vez debe seguir un inquisidor este modo de proceder. No es practico. Se corre el riesgo que el acusado y sus abogados, lo vuelvan del todo litigioso. En esos casos, “el inquisidor aconsejará al que acusa que cambie su acusación en delacion”. Y seguir asi, el oficio de la causa. Hay que tener en cuenta que los falsos testigos aun convictos, no puedan permanecer en encierro. De modo que al reo, no le queda sino dos posibilidades. O bien, admitir su heregia (o ser jefe de una organización criminal) en consecuencia, unos azotes, luego montado sobre un azno, y con una vela de color verde, salir a las calles y darle unas vueltas a la plaza Mayor de la ciudad de Lima. La otra sanción es la hoguera. No entiendo porque no la aplicais.


1 El Manual de Inquisidores existe. La última edición es de 1821. Tengo el ejemplar. Las comillas y varios párrafos de glosa siguen la lógica de los jueces inquisidores, para los cuales, todo reo ya era culpable. Decir quién hoy los imita, es innecesario.

 

Hugo Neira
29 de octubre del 2018

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