Editorial Educación

Sancionar a “la tía mala” de la Sunedu

Desarrolla licenciamiento sin Tupa y comete falta grave

Sancionar a “la tía mala” de la Sunedu
  • 04 de diciembre del 2017

 

El 27 de noviembre pasado, en carta dirigida a Mercedes Aráoz, presidenta del Consejo de Ministros (PCM), el Instituto Peruano de Derecho Educativo (IPDE) denunció que en el proceso de licenciamiento de las universidades públicas, asociativas y privadas, la Superintendencia Nacional de Educación Superior (Sunedu) ha transgredido el principio de legalidad establecido en el artículo IV (numeral 1.1) y el artículo 38 de la ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y sus consecuencias.

Según el mencionado documento, la Sunedu ha violado el principio de legalidad en el procedimiento administrativo porque no ha compendiado y sistematizado el respectivo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), tal como lo ordena la ley para salvaguardar el principio de legalidad en la relación con los administrados. ¿Qué significa esto en lenguaje simple? Que nadie puede exigir a los administrados procedimientos, requisitos ni pagos que no hayan sido establecidos previamente en el TUPA.

En la democracia y las sociedades abiertas la idea es simple: los burócratas no son funcionarios todopoderosos que gozan de discrecionalidad absoluta, como los ex funcionarios soviéticos. Sin embargo, aunque parezca mentira, en el proceso de licenciamiento de las universidades la Sunedu no elaboró el respectivo TUPA, y los funcionarios asumieron una discrecionalidad que motivó diversos reclamos, sobre todo de las universidades nacionales y societarias. Hoy han sido licenciadas solo 24 universidades de un total de 142, no obstante que el proceso ya acumulará dos años, y los burócratas tienen absoluta discrecionalidad.

¿Cómo es posible que se desarrolle un licenciamiento de las universidades al margen del principio de legalidad? ¿Qué se han creído los funcionarios de la Sunedu, por ejemplo, para tratar a las autoridades de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos como ciudadanos de segunda clase, imponiendo procedimientos a su libre criterio? ¿Por qué el Congreso no se pronuncia sobre este atropello flagrante?

El gran problema de la llamada “reforma universitaria Saavedra”, que fue endiosada en la mayoría de medios de comunicación, es que era una apuesta claramente estatista que pretendía marginar el aporte privado del sector educación y que se propuso erradicar la mala calidad de los claustros en base al protagonismo del funcionario estatal. La falta de un TUPA en el proceso de licenciamiento universitario, entonces, ¿acaso no es absolutamente coherente con esta concepción estatista?

En vez de apostar al protagonismo de los consumidores y de la sociedad para erradicar a las malas universidades —tal como sucede en los mejores sistema universitarios del mundo, como los de Estados Unidos y Europa—, en vez de empoderar a los consumidores (padres de familia y estudiantes) mediante información para descartar a las malas universidades, en vez de fortalecer un sistema de acreditación académica independiente del Estado, la reforma universitaria Saavedra apostó por la centralización estatal absoluta de todo el proceso. Hoy que las cosas han cambiado en el Ministerio de Educación, se comienza a conocer que detrás de la reforma Saavedra solo hubo una estrategia de poder y control de la llamada izquierda caviar.

Y, como para recordarnos que el asunto continúa, los funcionarios de la Sunedu acaban de lanzar una sorprendente campaña publicitaria en la que la Sunedu se presenta como una tía mala que acaba con las universidades que funcionan en chifas. Al mejor estilo soviético de propaganda, se pretende presentar un balance del proceso en base a emociones.

En todo caso, al margen de cualquier enjuiciamiento, la Sunedu debe ser sancionada administrativamente por tamaña falta. En el documento del Instituto Peruano de Derecho Educativo se señala que la PCM es la máxima autoridad técnico normativa del Sistema de Modernización de la Gestión Pública y, por lo tanto, es la encargada de velar por el principio de legalidad y de supervisar que todas las entidades cumplan el procedimiento administrativo a través de los respectivos TUPA. Se agrega que las entidades que no han elaborado su respectivo TUPA quedan suspendidas en sus facultades de exigir la presentación de los requisitos o pagos correspondientes a los administrados. También se considera que los funcionarios responsables de esta omisión cometen falta disciplinaria grave. La tía mala de la Sunedu, pues, debe ser sancionada.

 

  • 04 de diciembre del 2017

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