Carlos Hakansson

Los pilares invisibles de la justicia internacional

La equidad es una fuente de justicia en el derecho constitucional comparado

Los pilares invisibles de la justicia internacional
Carlos Hakansson
25 de marzo del 2025


En el vasto paisaje del derecho constitucional comparado, tres conceptos trascienden la mera técnica jurídica para erigirse como pilares fundamentales de un sistema verdaderamente justo: la equidad
(Equity), la razonabilidad y la proporcionalidad. Si bien sus raíces, mecanismos y contextos históricos varían, comparten un propósito común: garantizar que la justicia no se limite a la fría aplicación de la norma, sino que refleje principios universales de humanidad, lógica y equilibrio.

La equidad, nacida en la Inglaterra medieval como un correctivo al rigor del Common Law, se alza como un testimonio vivo de cómo un sistema jurídico puede adaptarse a las complejidades de la vida real. De máximas como "la equidad sigue la ley" a innovaciones contemporáneas como la Mareva Injunction o Freezing Order (1975), este principio ha demostrado ser un faro de flexibilidad y sensibilidad en el constitucionalismo británico. Cuando la ley se vuelve insuficiente, la equidad nos recuerda que la verdadera justicia no puede ser esclava de la forma. Por su parte, los principios de razonabilidad y proporcionalidad, consolidados en la jurisprudencia constitucional del siglo XX, ilustran un cambio paradigmático en la interpretación de los derechos fundamentales. Surgidos en la posguerra y adoptados con fervor por tribunales como el Federal Alemán y el Constitucional Español, estos principios buscan que las decisiones del Estado no solo sean lógicas y coherentes, sino también equilibradas. Desde el emblemático caso Lüth en Alemania hasta su expansión a Iberoamérica, estas pruebas han demostrado su capacidad para proteger derechos frente a la arbitrariedad estatal.

La equidad es una fuente de justicia en el derecho constitucional comparado, especialmente en el contexto británico, contrastándola con los principios modernos de razonabilidad y proporcionalidad. El origen histórico de la equidad en Inglaterra y su influencia en el sistema legal, se diferencia de la aplicación reciente y estructurada de las pruebas de razonabilidad y proporcionalidad, surgidas del constitucionalismo moderno post Segunda Guerra Mundial. El análisis destaca cómo estos tres conceptos, aunque distintos en su desarrollo y aplicación, convergen en la búsqueda de decisiones judiciales justas, es decir, que brinden a cada parte lo suyo, lo cual también resulta esencial para la protección de los derechos fundamentales frente a la actuación de los poderes públicos a nivel nacional y supranacional. Se subraya además la importancia de su interacción para lograr un sistema legal que combine la flexibilidad de la equidad con la lógica y el equilibrio de la razonabilidad y la proporcionalidad.

Pero más allá de su aplicación individual, la verdadera riqueza de estos conceptos reside en su interacción dinámica. La equidad, como criterio flexible, complementa la rigurosidad estructural de la proporcionalidad, mientras que la razonabilidad actúa como el puente lógico que garantiza la coherencia entre ambos; juntos los tres, conforman un marco integral que no solo enriquece el constitucionalismo comparado, sino que también nos ofrece lecciones sobre cómo enfrentar desafíos contemporáneos como las amenazas a los derechos humanos en un mundo polarizado.

En última instancia, estos principios son un recordatorio de que la justicia no puede ser meramente técnica; debe ser, ante todo, humana. La equidad, la razonabilidad y la proporcionalidad son la brújula que guía a los tribunales en su constante búsqueda por decisiones equilibradas. En un contexto global donde los derechos fundamentales son frecuentemente puestos a prueba, su aplicación rigurosa y armónica no solo es deseable, sino imprescindible.

Carlos Hakansson
25 de marzo del 2025

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