Carlos Hakansson

Las constituciones del siglo XXI y las tiranías

Nuevas constituciones de Venezuela, Ecuador y Bolivia no han consolidado democracias sólidas

Las constituciones del siglo XXI y las tiranías
Carlos Hakansson
18 de marzo del 2025

 

Los textos constitucionales iberoamericanos han experimentado un cambio significativo en su contenido. Además de incorporar los elementos clásicos de las constituciones europeas y estadounidenses, han añadido nuevos principios y normas que los distinguen de sus predecesoras. Conceptos elevados a la categoría de principios, como la Pachamama, el sumak kawsay y el suma qamaña, surgen de un mestizaje cultural entre la Ilustración europea y la cosmovisión andina, aunque con resultados prácticos limitados. En su dimensión dogmática, la Pachamama, o Madre Tierra, aparece en el preámbulo de la Constitución ecuatoriana de 2008, junto al principio quechua de sumak kawsay, que alude al reconocimiento de los derechos del bienestar. De manera similar, el concepto aymara de suma qamaña, presente en la Constitución boliviana de 2009, comparte este significado. Ambos principios operan como ejes transversales en las políticas públicas, promoviendo el uso racional de los recursos naturales únicamente hasta lo necesario.

En su dimensión orgánica, las constituciones vinculadas al socialismo del siglo XXI han integrado instituciones de democracia directa (revocatorias, referéndums, legislación directa, entre otras) con el objetivo de consolidar el poder político de un ejecutivo autoritario y populista. Cuando el presidente pierde la mayoría parlamentaria, busca gobernar de espaldas al Congreso y directamente frente a la ciudadanía, apoyándose en su capital político y en la demagogia. Estos textos están diseñados para blindar al gobernante y garantizar su continuidad en el poder. Tras su aprobación por una asamblea constituyente, suelen incluir mecanismos como la reforma constitucional mediante consultas populares, con el propósito de asegurar la reelección presidencial inmediata. Como medida adicional para recuperar la mayoría parlamentaria, la Constitución ecuatoriana de 2009 introduce la llamada “muerte cruzada” entre los poderes ejecutivo y legislativo, un recurso extraordinario que permite al presidente convocar elecciones generales e intentar reconfigurar el equilibrio de fuerzas con la oposición.

El análisis del primer cuarto de siglo demuestra que las constituciones del socialismo del siglo XXI, como las de Venezuela (1999), Ecuador (2008) y Bolivia (2009), no han consolidado una democracia sólida ni un efectivo Estado de derecho, institucionalidad robusta o gobernabilidad política. Aunque se acuñan lemas populistas como “brisa bolivariana”, “patria para todos” y “constituciones que sepan a pueblo”, estos provienen de gobiernos con escaso compromiso con las libertades y la separación de poderes. Su falta de arraigo frena a la jurisprudencia para echar raíces en el régimen político, así como la consolidación del Estado de derecho y del debido proceso en la judicatura.

En definitiva, si los textos constitucionales no nacen del ejercicio de libertades garantizadas por una administración de justicia independiente y estable, su vigencia estará ineludiblemente supeditada al término del régimen político que las originó. Solo tras alcanzar y consolidar la estabilidad y continuidad democrática será posible operar reformas constitucionales mediante los consensos necesarios. Sin embargo, la realidad muestra que el rápido y progresivo arraigo de un régimen de esta naturaleza invade, bajo la palabra “revolución”, los fueros judiciales, militares, policiales y las instituciones electorales, consolidando progresivamente un sistema de secuestro de la comunidad política bajo una tiranía.

 

 

Carlos Hakansson
18 de marzo del 2025

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