Iván Arenas

¡La indignación no puede ser selectiva!

¿Hasta dónde puede llegar la libertad de prensa?

¡La indignación no puede ser selectiva!
Iván Arenas
12 de enero del 2022


El reciente fallo condenatorio de un juez contra el periodista Christopher Acosta y el responsable de una casa editorial por delitos contra el honor hacia César Acuña, respecto a frases difamatorias en un libro, es el marco preciso para un debate largo y tendido sobre hasta dónde puede llegar la libertad de expresión y la libertad de prensa, y sobre todo en qué momento se transforma en difamación o calumnia. 

No obstante, vale decir también que la indignación sobre este tipo de fallos no puede ser selectiva, ni contener tintes políticos e ideológicos. Es decir, si uno se indigna por el fallo de un juez contra un periodista como Acosta, quien durante la campaña electoral presidencial muchas veces habría tomado posición por una opción política (Pedro Castillo), también vale indignarse por otros hechos que atentan contra la libertad de expresión, como aquella vez que una turba le hizo un escrache al periodista de oposición Beto Ortiz o las continuas campañas en redes sociales contra Milagros Leiva, Rosa María Palacios o Juliana Oxenford.

Es que hemos llegado a un nivel de politización del periodismo (al que han contribuido algunos periodistas, sobre todo durante el vizcarrato) en el que muchas veces las redacciones se han vuelto trincheras de combate a favor de algún grupo político. Quizá todo ello se deba a la desaparición de los partidos políticos: al no existir, la política se desborda hacia los medios. Pero eso es harina de otro costal. 

Si bien considero que el fallo del juez es sumamente exagerado –dos años de pena privativa de la libertad (suspendida) y un pago de S/ 400,000 por reparación civil (podría convertirse en una espada de Damocles luego)–, sí vale decir que el criterio de rigurosidad debió estar presente en todo el libro. Asimismo, sobre un posible acto de plagio en la tesis del doctorado en la Universidad Complutense de Madrid, vale recordar que esta casa de estudios conformó una Comisión en la que se determinó que no hubo plagio sino una mala redacción de las citas. Asimismo, decir que una universidad en Colombia ha retirado o prohibido compartir la tesis de Acuña por órdenes expresas de este, sin tener documentos o pruebas de ello, no se condice con la rigurosidad del periodismo de investigación. En todo caso, al fallo me remito. 

Pero también vale decir que este fallo sí deja abierta la posibilidad para que cualquier otro político o caudillo abra procesos legales contra periodistas que no son del agrado del régimen. Sobre todo si un periodista soslaya pruebas de denuncias, revelaciones o acusaciones, y más en un libro. ¿Por qué el juez puso una condena de dos años de cárcel (suspendida, pero cárcel al fin)? ¿Cuál fue el criterio para que sea uno o dos meses? ¿Por qué S/ 400,000 y no una cifra menor? En fin.

En todo caso una de las primeras lecciones de todo este asunto es que el periodismo debe ser más riguroso si se quiere investigar a un político; más si se trata de Acuña, personaje cuya historia de vida y éxitos siempre merece la pena conocer. A diferencia del periodismo, donde se permiten ciertas licencias o excesos de subjetivismo, en la justicia la prueba manda. Esperemos que el fallo no sea similar en la siguiente instancia.

Iván Arenas
12 de enero del 2022

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