Carlos Hakansson

La Constitución: medio productor de las fuentes jurídicas

Concentra los principios y reglas para limitar el ejercicio del poder político

La Constitución: medio productor de las fuentes jurídicas
Carlos Hakansson
29 de octubre del 2024


La continuidad de una Constitución a lo largo del tiempo echa raíces profundas para arraigarla en una comunidad política. En sus primeras etapas, la nueva Norma Fundamental mantiene vivos los debates de la asamblea constituyente para la aprobación de sus títulos y capítulos, también las innovaciones introducidas por el derecho comparado y los ajustes en las relaciones entre el ejecutivo y el legislativo, prolongando un debate político post asamblea. Con el paso del tiempo, se manifiesta la concreción y aplicabilidad directa de sus principios y reglas a través del derecho positivo, junto con la jurisprudencia y la interpretación de los derechos humanos, vinculan la Constitución con el resto de las fuentes jurídicas.

La Norma Fundamental es el eje y motor de las fuentes jurídico-constitucionales. Los tratados sobre derechos humanos forman parte del catálogo de derechos fundamentales reconocidos. La jurisprudencia interpreta sus disposiciones y establece precedentes que actúan como reglas jurídicas aplicables a casos futuros. Los principios de interpretación, unidad, supremacía, aplicabilidad directa, corrección funcional y favor libertatis, se justifican por la naturaleza de la Constitución, que difiere de la ley ordinaria. El derecho consuetudinario es, probablemente, la fuente menos desarrollada en países con muchos textos constitucionales en su historia y una diversidad cultural donde no se respeta la libertad e igualdad.

El desarrollo teórico de las instituciones jurídicas surge del trabajo académico de comparar constituciones, jurisprudencia, precedentes y principios, realizado por profesores que desvelan su contenido y precisan sus efectos jurídicos. Sin embargo, la doctrina nacional y extranjera a la que nos referimos es aquella reconocida y aplicada regularmente por los operadores judiciales.

Finalmente, el derecho positivo, compuesto por leyes, normas con rango de ley e infralegales, tiene su validez en la concreción de los principios y reglas de las disposiciones constitucionales. Por ello, cualquier norma que se oponga a las fuentes constitucionales debe ser inaplicada en casos concretos. De esta manera, la Constitución es el núcleo que concentra los principios y reglas básicos para limitar el ejercicio del poder político, así como el punto de origen inspirador y productor del resto de las fuentes jurídicas. Por esta razón, la Constitución actúa como el supremo derecho que rige en una comunidad política donde se reconoce y respeta la vida, la libertad, la igualdad y la propiedad para un buen gobierno de ciudadanos.

Carlos Hakansson
29 de octubre del 2024

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