Carlos Hakansson
La Constitución de 1993 y su impacto en el Derecho Peruano
Su consolidación como marco jurídico-político estable dependerá de la fortaleza institucional

Una vez definida su naturaleza, el texto constitucional se presenta como un instrumento que reconoce principios y reglas fundamentales, garantizando derechos y libertades, además de establecer los postulados esenciales para un gobierno legítimo. Aunque todas las constituciones comparten características comunes, cada una posee particularidades que enriquecen su interpretación y aplicación. Por ello, el análisis de las constituciones requiere una aproximación sistemática que permita comprender su contenido y evolución histórica.
Si bien la codificación implica la existencia de un texto normativo sistematizado, la constitucionalidad de un sistema no se limita a su articulado. También abarca la producción jurisprudencial, la incorporación de tratados internacionales sobre derechos humanos, los principios de interpretación y el derecho consuetudinario. En el Reino Unido, por ejemplo, el derecho constitucional se compone de múltiples fuentes, tales como el common law, la prerrogativa regia, el judge-made law, los acts, los statutes, los books of authority, las reglas de equidad (equity), los usos, las convenciones constitucionales y eventos históricos determinantes como la Revolución Gloriosa de 1688.
Por otro lado, las constituciones de tradición continental europea presentan un esquema estructurado basado en una codificación formal. Su contenido se complementa con tratados internacionales sobre derechos humanos, jurisprudencia constitucional y supranacional, precedentes del máximo intérprete constitucional y principios de interpretación, como la supremacía constitucional, la corrección funcional y el favor libertatis. Además, el desarrollo constitucional se enriquece con la aplicación de pruebas de proporcionalidad y razonabilidad. Este conjunto de normas y principios con rango constitucional ha sido denominado por la doctrina europea como el bloque de constitucionalidad, un concepto desarrollado por Favoreu y Rubio Llorente.
La Constitución de 1993 marcó un punto de inflexión en el desarrollo constitucional peruano. Su interpretación y aplicación se han fortalecido gracias a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que ha desarrollado conceptos fundamentales como el bloque de constitucionalidad, el estado de cosas inconstitucionales, los precedentes constitucionales, las sentencias interpretativas y la exigencia del control de convencionalidad. Todas las disposiciones constitucionales han sido objeto de interpretación jurisprudencial, fortaleciendo así la separación de poderes y la institucionalidad democrática.
El constitucionalismo peruano ha evolucionado significativamente, pasando de un modelo basado en textos coyunturales a un sistema en el que la jurisprudencia constitucional desempeña un papel central. La Constitución de 1993, junto con los desarrollos jurisprudenciales, ha permitido consolidar un auténtico derecho constitucional peruano, donde los principios de interpretación, los precedentes constitucionales y las normas adscriptas enriquecen la estructura institucional del país. En otras palabras, antes de la Constitución de 1993 solo existía una historia de los textos constitucionales peruanos; hoy, en cambio, se puede hablar de un verdadero derecho constitucional. No obstante, su consolidación como marco jurídico-político estable dependerá de la fortaleza institucional, el respeto por los derechos fundamentales y la capacidad de adaptación frente a los retos democráticos contemporáneos.
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