Cesar Gutierrez
Gestión de renovables encaminada a operadores actuales
Propuesta de reglamento de ley favorece a generadores con tecnologías diversas

Costó cuatro años de trajín legislativo aprobar en diciembre pasado la Ley 32249, que modifica ciertos artículos de la ley de generación eficiente del sector electricidad (Ley 28832), que ya tiene 18 años de vigencia. El tema de fondo era tener un marco legislativo que permitiese participar a los productores en base a recursos energéticos renovables (RER) en el mercado de competencia de venta de energía a distribuidores y a clientes libres (consumidores con demandas superiores a 200 KW). Una buena oportunidad para los inversionistas en plantas solares.
La publicación de la ley generó entusiasmo a desarrolladores de proyectos, banca y fondos de inversión, así como operadores del sector RER, quienes se pusieron en la dulce espera del reglamento. La prepublicación de este reglamento demuestra que tiene puntos positivos a favor de inversiones en centrales de generación en general, independiente de la tecnología.
Es preciso indicar que las señales para termoeléctricas a gas natural (GN) no son buenas. Las reservas del energético tienen un horizonte de 15 años, así que de iniciarse un proyecto hoy día, la puesta en operación comercial se tendría en el 2028 y estaría viendo que en 12 años tendría que cerrar la planta. En esta proyección no considero la demanda de las centrales del Nodo Energético del Sur, que contaría con el suministro de GN del controvertido Gasoducto Costero.
Hay que informarle al eufórico titular del Ministerio de Energía y Minas (Minem), Jorge Montero, que el anuncio de poner en explotación el lote 58 no aplica a las termoeléctricas porque no hay compromiso de los operadores de este lote de otorgar un descuento de 45% en el precio de mercado para favorecer a las termoeléctricas, descuento que sí tiene el lote 88. El destino del GN del lote 58 será la exportación, supliendo las reservas del lote 56 que no durarán más de 7 años.
Saliendo del terreno de los fósiles que tanto se opusieron a la ley aprobada, hay que decirles a estos tenaces enemigos de las RER que ahora con el reglamento prepublicado el alma les puede volver al cuerpo.
La propuesta de reglamento recoge el espíritu de la ley aprobada en el sentido que los distribuidores pueden comprar potencia y/o energía en bloques horarios, con lo cual los generadores solares podrían ofertar en competencia entre ellos, precios muy competitivos respecto al precio de la oferta del parque hidrotérmica y centrales eólicas incluidas. Sin embargo, es necesario entrar al detalle.
El artículo 30 citado, que ha sido titulado como “Método de Adjudicación”, señala que Osinergmin para determinar los ganadores de las licitaciones de venta de energía de generador a distribuidor, usará un “modelo que minimice el costo total actualizado de la energía y potencia a adquirir para los consumidores regulados durante todo el plazo contractual”.
Traduciendo, esto significa que en una operación diaria de 24 horas, mensual y anual se evaluará los suministros que garanticen el mínimo costo, lo que desde el punto de vista de los compradores es atractivo, pero no lo es para los generadores que solo dispongan de generación RER que tendrían que invocar al altísimo para que los oferentes en el horario punta y nocturno hagan ofertas de precio competitivo para que tengan su cuota de venta.
Si analizamos el mercado de oferta, hay tres empresas generadoras que ya han configurado un mix de oferta de diversas tecnologías: hidráulica, térmica a gas natural, eólicas y solares. Ellos pueden estructurar ofertas cubriendo las 24 horas de manera que su venta de energía diurna sea imbatible por aquellos que solo tengan la tecnología solar.
Una variante que ya se empezó a practicar en el mercado y que es la que marcará tendencia, es que estas tres operadoras firmen contratos de compra de energía a inversionistas en generación RER, no tendrán que arriesgar inversiones ni padecer las tribulaciones propias de la construcción, y por su poder de participación del mercado podrán imponer precios de compra.
Un nuevo reto para los interesados en las energías RER.
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