Neptalí Carpio

El Estatuto de Lima

Un vacío legal en la gestión de la ciudad capital

El Estatuto de Lima
Neptalí Carpio
23 de febrero del 2018

 

Si algo tienen en común las gestiones municipales de Luis Castañeda Lossio y Susana Villarán es el flagrante incumplimiento de Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, que fue promulgada el año 2002. La ley edil obliga, como primera tarea del Concejo Metropolitano, la aprobación del Estatuto de la Ciudad, recogiendo experiencias exitosas de otras ciudades, como Madrid, Quito, Buenos Aires y Bogotá, capitales que tienen estatutos o constituciones para el gobierno de sus metrópolis. Es incomprensible que la propia Contraloría General de la República, en sus diferentes acciones de control sobre la gestión metropolitana de los últimos quince años, no haya reparado en el incumplimiento del artículo 157 de la referida ley.

La responsabilidad es mayor de parte de Castañeda Lossio, que ya lleva tres periodos de mandato. Nunca le interesó abordar el tema. No lo ha hecho porque quería tener toda la capacidad discrecional de gestión, sin consultar con nadie, sin ensayar un nuevo modelo de gestión gerencial y sin atreverse a buscar una nueva alternativa de articulación de la ciudad bajo un enfoque de gobernanza. Quizá en este déficit institucional radique el fracaso de la actual gestión, al no percatarse Castañeda de que una de las razones de su mala gestión es no haber generado las condiciones para un momento constituyente de la capital, a manera de un contrato social ampliamente debatido a través de este estatuto de la ciudad, tal como lo han hecho otras ciudades capitales.

Si el próximo alcalde de Lima, que será elegido el 7 de octubre próximo, no se da cuenta de que una de las razones de los límites de la gobernabilidad de la ciudad es que funciona con una institucionalidad totalmente obsoleta y centralista, pronto terminará igualmente en el fracaso. Y es que el problema de Lima no es solo de un buen liderazgo, sino de una institucionalidad metropolitana que funciona como si la capital tuviera dos millones de habitantes y con una lógica monocéntrica, cuando en realidad la ciudad ha cambiado tanto que requiere nuevas formas de gobierno, de representación, de gerencia y de articulación con “las Limas”, ahí donde se ha trasladado el centro de gravedad del crecimiento urbano, social y cultural.

Es probable que Susana Villarán —quien sí se atrevió a aprobar un nuevo Plan de Desarrollo Metropolitano y las áreas interdistritales de gestión y planificación a que obliga el inciso c) del Art. 67 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales— se haya percatado de que la ejecución de esos cambios no era posible sin la aprobación del Estatuto Metropolitano. Esto incluso obligaba a proponer al Congreso que se revise el régimen especial metropolitano, que establece la actual Constitución, régimen que en la práctica no ha funcionado y ha fracasado. Pero, en todo caso, su craso error radicó en no plantear abiertamente el tema al Congreso y a la ciudad de Lima.

Nos encontramos entonces en una situación de vacío legal para la gestión de una ciudad que bordea los diez millones de habitantes. Un gran vacío que se agudiza no solo porque no se han transferido a la MML las 185 funciones que obliga la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sino porque casi todas las gerencias de la Municipalidad Metropolitana funcionan o reducen su performance al distrito del Cercado y el Centro Histórico, donde tampoco muestran eficiencia. Y el hecho de que en reiteradas oportunidades las iniciativas del alcalde de la ciudad cuenten con la oposición de los alcaldes distritales, como ocurre con los alcaldes de San Isidro y el de La Molina, no solo denota un tema de liderazgo y visiones distintas de inversión, sino que las formas de gobernar y de articulación institucional de la ciudad hace mucho que han devenido en obsoletas.

Tanto ha crecido la ciudad y tan basta se ha hecho su complejidad,que requiere un nuevo contrato social de gobernabilidad. Es la misma situación por la que han pasado otras ciudades del mundo, a tal punto que los parlamentos nacionales se vieron obligados a aprobar “leyes de la capitalidad de la república”, “estatutos” o “constituciones para la ciudad-capital”. Tarde o temprano el Congreso nacional tendrá que abordar el tema, por iniciativa del nuevo Concejo metropolitano, por iniciativa de los propios legisladores o por una gran corriente ciudadana que obligue a esta reforma institucional, cuestión clave para una nueva gobernabilidad de la ciudad.

Es este uno de los debates centrales que debería ocupar la atención de los medios, del Congreso y de los candidatos a la alcaldía de Lima, en perspectivas de la elección del 7 de octubre próximo.

 

Neptalí Carpio
23 de febrero del 2018

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