Carlos Hakansson

Descifrando las dinámicas del gobierno constitucional

Parlamentarismos, presidencialismos y modelos híbridos

Descifrando las dinámicas del gobierno constitucional
Carlos Hakansson
21 de enero del 2025


Las dinámicas de las formas constitucionales de gobierno presentan particularidades. El primer rasgo es su evolución mediata. Se delinean con el tiempo, mientras que los derechos nacen ajustados unos con otros. Se reconocen por las constituciones y se garantizan con efecto inmediato. Además, los jueces delimitan su contenido protegido en cada caso concreto.

El segundo rasgo palpable se manifiesta durante los conflictos competenciales. Se resuelven mediante una interpretación estricta de sus “reglas de juego”. Lo contrario erosiona la finalidad del principio de separación de poderes. Cabe mencionar que las disposiciones que describen las relaciones entre los poderes ejecutivo y legislativo se componen de reglas que emanan del tipo de división de funciones adoptado, ya sean éstas más o menos tajantes entre sí. En efecto, en los parlamentarismos el gobierno procede de la asamblea legislativa. Mientras que en los gobiernos presidenciales surge de comicios separados e independientes del Congreso.

El misterio de las formas de gobierno se aprecia al comparar su desarrollo en el mundo anglosajón con sus versiones en Europa continental e Iberoamérica. Las primeras operan con apoyo de usos y convenciones constitucionales. Estas brindan estabilidad a sus reglas con el paso del tiempo. En cambio, en el mundo europeo continental e iberoamericano, tanto en modelos parlamentaristas como presidenciales, la ausencia de costumbres que arraiguen sus instituciones fomenta la temeraria interpretación de sus reglas y olvida el carácter exclusivo y excluyente de las competencias asignadas a cada órgano. Son coyunturas donde el “reino de las mayorías” cruza la línea de lo posible en la política, cambiando todo lo que conviene con el fin de permanecer en el poder.

En los países de cultura anglosajona y bajo una concepción judicialista del derecho, las convenciones constitucionales son protagonistas para el desempeño normal de las formas de gobierno. Por ejemplo, en el Reino Unido, la relación entre los elementos “dignificantes” y “eficientes”, descritos por Walter Bagehot, fundamenta las relaciones entre la Corona y un gobierno de asamblea sostenidas por su mutua confianza. Las cuáles echaron las raíces que consolidaron la inimitable Monarquía Constitucional británica.

Los parlamentarismos europeos, los presidencialismos iberoamericanos y sus modelos híbridos, presentes en ambos continentes, se sostienen por reglas de aplicación y duración tan relativas como convengan a las necesidades de la mayoría. Un hecho reciente en Europa fue desconocer la costumbre para que el partido ganador forme gobierno para investir al primer ministro. En Iberoamérica, en cambio, una práctica sofisticada es cuando los presidentes electos convocan asambleas constituyentes que funcionan como mecanismos de refundación republicana, no siempre acompañados de mayores libertades y mejor calidad democrática en el corto plazo.

Carlos Hakansson
21 de enero del 2025

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