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La dictadura está en otro lado

Congreso comienza a ser blanco de diversos ataques

La dictadura está en otro lado
Víctor Andrés Ponce
20 de junio del 2022


El ministro de Defensa, José Luis Gavidia, criticó el dictamen de la Comisión de Constitución del Congreso, que plantea el retorno a la bicameralidad y la modificación de más de 50 artículos, reproduciendo casi todos los artículos de la pasada Constitución de 1979 con respecto a las atribuciones del Senado. El titular de Defensa aseveró que estamos ante una dictadura parlamentaria, ante un cambio de Constitución que no se debe permitir. Agregó que la oposición debe centrarse, sobre todo, en la bicameralidad y la reelección de los parlamentarios que han sido rechazados por la población.

Luego de las declaraciones del titular de Defensa y otras opiniones en el mismo sentido cabe preguntarse, ¿cuál es el mecanismo de reforma total o parcial de la Constitución que establece nuestra Carta Política?

Quizá valga subrayar algunos aspectos para dejar las cosas claras. Nuestra Constitución –como todos los textos constitucionales de cualquier democracia longeva– excluye al Poder Ejecutivo de la reforma constitucional y solo la reserva para el Congreso, para la primera asamblea que expresa la pluralidad nacional, el poder constituyente derivado. Así sucede en los Estados Unidos, en Inglaterra o cualquier república que ha durado. Únicamente el Congreso tiene un poder constituyente derivado y, por lo tanto, puede reformar total o parcialmente la Constitución.

¿Por qué se excluye al Ejecutivo expresamente? El Ejecutivo no puede, por ejemplo, observar una reforma constitucional. La rama ejecutiva concentra todo el poder económico y el poder coercitivo de la sociedad, y si contara con poder constituyente instalaría totalitarismos y dictaduras de aquí para allá. Por ejemplo, Pedro Castillo podría decretar un aumento general de sueldos y salarios a US$ 1,500 mensuales, quebrar al país y a las empresas –es decir, devastar a la nación– y enseguida convocar un referendo para reformar la Constitución. Si eso fuese posible habría surgido un Führer en los Andes. De allí la exclusión expresa del Ejecutivo de la reforma constitucional.

Si Martín Vizcarra impuso el referendo y doblegó al Congreso con sus cuatro reformas –que destruyeron el sistema político– fue porque se impuso “una democracia plebiscitaria”, es decir, una democracia de encuestas, de mayorías y apoyos circunstanciales. El sistema plebiscitario, como todos sabemos, terminó con el cierre inconstitucional del Congreso y el encumbramiento de la tragedia nacional de Pedro Castillo.

Hoy, poco a poco, el Congreso comienza a recuperar los fueros que la Constitución le reconoce. De otro lado, reformar más de 50 artículos de la Constitución para restablecer el sistema bicameral es un proyecto que se anima desde dos décadas atrás, desde el Gobierno de transición de Valentín Paniagua. ¿Cómo entonces se puede hablar de dictadura parlamentaria?

La única manera de evitar la asamblea constituyente que han utilizado todos los bolchevismos del siglo XX y los proyectos bolivarianos de la región para instaurar totalitarismos y populismos es ejerciendo el poder constituyente derivado que la Constitución reconoce en el Congreso. La única manera de evitar una dictadura es reformando la Constitución de acuerdo a lo establecido por el texto constitucional.

Víctor Andrés Ponce
20 de junio del 2022

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