Delia Muñoz

Medidas cautelares contra invasores de tierras indígenas

A petición de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Medidas cautelares contra invasores de tierras indígenas
Delia Muñoz
11 de noviembre del 2019


En días recientes la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), solicitó al gobierno del Estado peruano que adopte medidas cautelares en favor de la totalidad de 14 familias de la Comunidad Nueva Austria del Sira de la Región de Huánuco*, por las graves agresiones que vienen sufriendo (por los terceros invasores) hasta un 60%, de las 14,000 hectáreas de la zona de amortiguamiento de la Reserva Comunal de Sira. 

La CIDH va a considerar que se presentan los tres elementos exigidos por el artículo 25 de su Reglamento (gravedad de la situación, urgencia de la situación y daño irreparable), sustentados en la ocupación de las tierras por los invasores, la demanda judicial para extinguir jurídicamente a la Comunidad, y la entrega de más de 100 títulos de propiedad que evidencian posicionamiento y tráfico de la tierra en un contexto de acelerado proceso de deforestación que desarrollan los invasores. Todo ello aunado a los actos de hostilización y hasta atentados contra la vida de los líderes comunales, situación que está motivando un desplazamiento forzoso de las comunidades integrantes de los pueblos Yanesha y Asháninka.

La CIDH estima que formular pedido de medidas cautelares solo implica tutelar una situación jurídica debido a que: los pueblos indígenas se tornan vulnerables ante la falta de certeza jurídica del derecho de propiedad de sus tierras, los invasores no solo afectan los derechos personales de los miembros de la Comunidad (también vienen llevando a cabo demandas judiciales para lograr la titulación) y las acciones ejecutadas por el Estado resultan insuficientes.

En este caso concreto, la protección apunta hacia los derechos que asisten a los pueblos indígenas, en una línea de trabajo que intenta hacer tangibles los derechos propios de este tipo de poblaciones y busca que los Estados brinden protección efectiva a través de la ejecución de las políticas públicas contenidas en el Plan Nacional de Derechos Humanos 2018-2021 y el Protocolo de protección a defensores de Derechos Humanos. Este pedido tiene como correlato de fondo que el gobierno del Estado peruano, ejecute medidas concretas para controlar los actos de violencia, investigue los hechos e impida la repetición del agravio.

Ahora bien, esta decisión se une a otras dos peticiones de medidas cautelares adoptadas, en los casos de las señoras Carla Valpeoz (2019) y Nathaly Salazar (2018), extranjeras que visitando las zonas turísticas del país para practicar deportes extremos desaparecieron sin dejar rastro. Conforme se puede apreciar, la CIDH está exigiendo el cumplimiento integral de las obligaciones que el Estado peruano asumió en los Tratados que suscribió y, en forma concreta, que movilice el aparato estatal correspondiente para proteger, investigar y garantizar el debido proceso que proteja a las personas y, evite se incremente la afectación de los derechos fundamentales.

Es decir, los derechos fundamentales tienen que ir dejando de ser letras dentro de libros y normas para volverse realidad cotidiana. Una dura tarea para un Estado en crisis de funcionamiento institucional, con el agregado de que tenemos una sociedad informal e ilegal, por cuyas acciones debe responder ante las instancias supervisoras en estas materias. 

Estos llamados de atención del sistema internacional permiten recordar que se hace necesaria la adopción de acciones concretas para controlar temas como la violencia urbana cotidiana y, la invasión de terrenos, los cuales configuran delitos cotidianos en nuestro país y afectan la propiedad, vida e integridad de los ciudadanos, además de no permitir el normal desarrollo de nuestros derechos. 

¡Tomemos nota de las obligaciones estatales!


* La medida cautelar conferida a Comunidad Nueva Austria del Sira, Peru puede obtenerla en el siguiente link: http://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/2019/57-19MC887-19-PE.pdf

Delia Muñoz
11 de noviembre del 2019

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