Miguel A. Rodriguez Mackay
Maúrtua y el paso en falso sobre el Sahara Marroquí
La presentación del canciller en el Congreso

El Gobierno del Perú insólitamente ha restablecido relaciones bilaterales con la autoproclamada República Árabe Democrática Saharaui (RASD). Y esa decisión política constituye un serio retroceso en la actitud nacional respecto del derecho internacional, que siempre hemos respetado.
Ell Sahara Occidental es un territorio de Marruecos, ubicado al sur del país, que es objeto del separatismo del Frente Polisario, que no acepta la autonomía política bajo la soberanía marroquí. Sobre este tema, la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia ha dicho que el Sahara Occidental no es terra nullius –es decir, que no es un territorio de nadie–, porque sencillamente pertenece a Marruecos. Y diversas resoluciones de las Naciones Unidas han confirmado que este territorio pertenece a Marruecos.
El canciller de la República, Óscar Maúrtua, en su reciente descargo ante la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la República, sobre la decisión adoptada, insólitamente ha calificado el asunto como uno de colonización, dejando entrever que Marruecos es Estado ocupante de su propio territorio. Pero seamos claros, serios y coherentes en estos asuntos de mucha responsabilidad jurídica y política. Desde el derecho internacional la cuestión del Sahara no puede ser considerada como de descolonización sino de integridad territorial de Marruecos. Incluso está siendo examinado, por el Consejo de Seguridad (CS) de la ONU, como diferendo regional pendiente de una solución política negociada, por lo que ni siquiera debería ser abordado como punto de agenda por las referidas Asamblea General y la Cuarta Comisión sobre descolonización.
Precisamente, no se trata de un tema de descolonización porque ello supondría, contrario sensu, aceptar un asunto de colonización y no existe ninguna resolución del Consejo de Seguridad de la ONU que califique a Marruecos como potencia ocupante por su presencia en el Sahara. Si fuera considerado de ocupación, entonces debió tratarse bajo el régimen coercitivo y coactivo (uso de la amenaza y de la fuerza) del capítulo 7 de la Carta, y no bajo el capítulo 6 referido a la solución de controversias por vías pacíficas, como sucede actualmente para el caso del diferendo regional del Sahara marroquí.
Más aún. En el momento de la recuperación de su soberanía sobre el Sahara no había más Estado soberano e independiente que el propio Marruecos. Si fuese la cuestión del Sahara un tema de descolonización, entonces ¿por qué el Consejo de Seguridad viene reiterando en varias resoluciones el relanzamiento del proceso, destacando claramente a la iniciativa marroquí de autonomía para el Sahara?
El control efectivo de Marruecos sobre su propio territorio es de siempre. Una muestra de ello: haciendo prevalecer los principios jurídicos de libre circulación y libre tránsito internacional, consagrados en el derecho internacional, en 2020 Marruecos logró abrir el paso fronterizo de Guergarat, que conecta su frontera territorial más meridional con la de Mauritania –ambos países están ubicados en la porción noroeste de África–, que fuera interrumpido por las milicias del denominado Polisario, con apoyo de Argelia (país vecino de Marruecos que lleva adelante un plan para subvertir en la soberanía marroquí, alentando en vano el secesionismo del pueblo saharaui que habita en la región del Sahara marroquí).
Lo extraordinariamente relevante de la acción emprendida por las Fuerzas Armadas marroquíes fue que lo hicieron en el marco de una operación eminentemente pacífica, no habiéndose registrado un ápice del uso de la fuerza –sin objetivo bélico–, y cuidando de manera escrupulosa, de que la también llamada "zona tampón" de Guergarat quede bajo el control de las fuerzas de la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sahara Occidental (Minurso, establecida por la Resolución 690 del Consejo de Seguridad de la ONU), tal como fuera convenido en el Acuerdo Militar N° 1 de 1991.
Este Acuerdo dispuso, además del control en dicho espacio fronterizo por parte del Minurso, el cumplimiento del alto el fuego, que el Polisario no ha respetado. Guergarat debía ser desbloqueado inexorablemente porque comenzaba a constituirse en un espacio de enormes vulnerabilidades sociales por la persistencia del pillaje y la inseguridad.
Es evidente que el canciller Maurtua ha pasado por alto, en su presentación en el Congreso, a las denominadas acciones efectivas de Marruecos que nadie –esto es el Consejo de Seguridad de la ONU o la comunidad internacional–, ha cuestionado como acción de eficacia material sobre un espacio territorial que siempre ha sido propio. Más bien Maúrtua ha pasado por alto que el Polisario busca viciar y tergiversar los derechos de Rabat sobre su propia soberanía en su frontera.
La impecable medida militar marroquí para destrabar la “zona tampón”, restituyó el statu quo de siempre, y con apego a las reglas de derecho internacional, que en esa zona considera una circunstancia de casus belli, dado que podría ser objeto de un conflicto bélico. Es más bien evidente que Marruecos actúa pacíficamente, preocupándose por abrir el paso fronterizo de personas y bienes, que además son obstaculizados en plena pandemia, lo que era un completo despropósito por parte del Polisario. Pero esto último no parece haber sido importante como para señalarlo ante la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso.
Finalmente, el Gobierno del Perú, con la decisión de restablecer relaciones diplomáticas con la RASD, ha tipificado en un flagrante acto de intromisión al asunto del Sahara Occidental, que viene negociándose en las Naciones Unidas. Y esta impertinencia en política exterior es mucho más grave de lo que podamos imaginar. El canciller ha pasado por alto, en su presentación en el Congreso, que el Consejo de Seguridad de la ONU aprobó abrumadoramente –13 votos a favor y 2 abstenciones– una nueva resolución, la 2548, sobre el Sahara Occidental, que ha materializado, una vez más, la finalidad central de la ONU, que es el mantenimiento de la paz en el planeta. Y el método para preservarla es la solución pacífica, que es lo mismo que una solución jurídica, como única garantía internacional.
Sobre esta pétrea base del derecho es que fluye la negociación sensata y abierta, que concluya en una región autónoma, parte de la integridad territorial marroquí, que es lo que corresponde, frente a la persistencia de un referéndum, que sería a todas luces manipulado por el Polisario, siempre solventado por Argelia. La solución jurídico-política del siglo XXI, es el método de la negociación sensata para destrabar procesos sin buena fe, mostrando, contrario sensu, la mejor buena voluntad, con las cartas sobre la mesa, para consumar una solución realista.
¿Cómo entonces, conociendo de esta agenda diplomática en la ONU, nos hemos aventurado a restablecer una relación diplomática inexistente? El canciller debe volver al Congreso porque sus raudas explicaciones no fueron convincentes.
COMENTARIOS