Carlos Hakansson

La investidura promueve el gobierno posible

Uno de los más importantes instrumentos de control político

La investidura promueve el gobierno posible
Carlos Hakansson
25 de octubre del 2021


La iniciativa de reforma constitucional que propone excluir la cuestión de confianza que debe plantear el primer ministro (artículo 130 CP), carece de sentido para una institución próxima a cumplir treinta años en nuestra forma de gobierno. Las razones que sustentan está afirmación son de orden jurídico y político, y pasamos a explicarlas. En la lógica interna de las formas constitucionales de gobierno el tipo de relación entre poderes depende de los vínculos jurídicos que existen entre ellos. En los parlamentarismos, el gobierno procede del legislativo, el primer ministro es electo por una mayoría parlamentaria propia o consensuada. Se trata de la creación de una relación fiduciaria entre ambos, que durará todo el mandato legislativo (conocida en Europa como “la legislatura”) o hasta la posible exigencia de responsabilidad política vía rechazo de confianza o censura que interrumpa la continuidad del primer ministro. En cambio, en el presidencialismo estadounidense legislativo y ejecutivo se eligen en sufragios separados y no coincidentes, por eso no cabe la estación de preguntas, interpelaciones, censura ni otorgar confianza a los secretarios de Estado nombrados por el presidente Federal. 

La presencia de la cuestión de confianza obligatoria (denominada investidura por el reglamento parlamentario) en la Constitución peruana justifica el posterior ejercicio de los instrumentos de control político. Las invitaciones, preguntas, interpelaciones, hasta la posibilidad de retirar la confianza otorgada mediante la moción de censura o rechazar la cuestión planteada por el gobierno o un ministro particular. De no ser así, ¿con qué fundamento jurídico el Congreso puede exigir una confianza que nunca otorgó?

Desde su funcionamiento en el ejercicio de la política, la necesidad de investidura parlamentaria en nuestra peculiar forma de gobierno permite la gobernabilidad. La realpolitik que conmina a buscar puntos de acercamiento con otras bancadas afines a su política general, o la necesidad de moderación a sus iniciales planteamientos durante la campaña electoral. En especial cuando hablamos de la crónica ausencia de un sistema de partidos, así como la fragmentación de bancadas en ideologías de derecha, centro e izquierda que comparadas son más o menos radicales entre sí.

En los últimos veinte años la cuestión de confianza obligatoria ha operado de forma consensuada. Los gobiernos de Perú Posible (2001-2006), Partido Aprista Peruano (2006-2011), Nacionalista (2011-2016) y la primera etapa del Partido peruanos por el cambio (2016-2018) sobrellevaron esta exigencia no exenta de dificultades, en especial durante el periodo 2011-2016 que se condicionó la investidura al Gabinete Cornejo. Se podría decir que estábamos en camino de reconocer una “cortesía parlamentaria” para el procedimiento de investidura, es decir, a pesar de las críticas de la oposición durante el debate posterior a la exposición sobre la política general del gobierno, la cuestión de confianza era otorgada incluso hasta tres veces en un mismo año (julio 2011 a julio 2012). ¿Qué ha ocurrido? La aplicación de la disolución parlamentaria de 2019 durante la presidencia de Martín Vizcarra propició con retardo la negación de confianza al Consejero de Ministros (2020), que debió dirigirse al Gabinete Zeballos (que refrendó la autógrafa presidencial del decreto supremo que disolvió el Congreso) culminado el interregno parlamentario (artículo 135 CP). Poco tiempo después vino la vacancia presidencial y con ello se perdió la predictibilidad para el otorgamiento de la investidura, tornando más profunda una crispación que lleva seis años con nosotros. 

Para culminar, pensamos que la solución no se encuentra en retirar la investidura, pues ello no resuelve el problema de fondo. El remedio es más casero, propio de la política doméstica que se resume en “el arte de lo posible” y en favor del bien común: el deber de construir gobiernos viables cuando no gozas de suficiente mayoría parlamentaria; en otras palabras, nombrar ministros que permitan la gobernabilidad y estabilidad política. Se trata de nombrar al Consejo de Ministros con el que puedas conducir al país, no el que deseabas presidir desde la campaña electoral. Cuando el presidente de la República carece de mayoría parlamentaria debe nombrar un gobierno posible. Lo contrario es necedad.

Carlos Hakansson
25 de octubre del 2021

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