Guillermo Molinari
Increíble: docente reprobado pretende suspender pensión a hijos que no obtengan nota mínima de 13
Congresista impulsa proyecto que lo favorece en demanda de alimentos que tiene pendiente
Hoy acudimos a un hecho sin precedentes en nuestro Congreso. Se pretende aprobar una ley que a todas luces beneficiará a su promotor, quien pretende modificar las causales que permiten la exoneración en el pago de alimentos. Y esto porque ya en múltiples ocasiones la justicia ha desestimado las solicitudes de ese congresista –Paul Gutiérrez, de la Bancada Magisterial– para que se suspenda o se le exima de la pensión de alimentos que adeuda a su hija.
Si damos lectura a la propuesta podemos apreciar que utiliza los mismos argumentos y fundamentos en sus solicitudes para dar razones y se le beneficie de la obligación de proporcionar pensión por alimentos. Toda esta información se encuentra en los documentos judiciales que corroboran que el congresista proponente de esta Ley confirma su involucramiento en la demanda de su hija de 24 años desde 1999; y que durante tres ocasiones buscó eximirse de esta responsabilidad.
Esta iniciativa de ley pretende que los papas no pasen pensión alimenticia, por resolución judicial, cuando los hijos:
- Hayan contraído matrimonio, convivencia o procreen un hijo
- Hayan obtenido el grado de bachiller y no hayan obtenido el título profesional posterior a un año de su obtención del grado profesional.
- Hayan obtenido el título profesional
- Tengan notas con un promedio ponderado menor a 13
- Cumplan 25 años de edad.
Plantea además esta propuesta, que la obligación se mantendrá vigente únicamente por incapacidad física o mental debidamente acreditadas a favor del hijo (a). Respecto a la exoneración automática aplicará en los siguientes casos:
- El padre acredite ante un juez que el hijo contrajo matrimonio, convivencia, procreó un hijo, sea bachiller y no haya obtenido el título posterior a un año o cuente con título profesional registrado en la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).
- Se suspenderá la pensión hasta que el hijo obtenga o supere la nota mínima permitida (13). Si la situación persiste por más de un año o dos periodos académicos se dispone la exoneración automática.
- Cuando el hijo cumpla 25 años de edad previa verificación en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
Lo contradictorio en esta iniciativa congresal que tiene como proponente al congresista Paul Gutiérrez (Bloque Magisterial de Concertación Nacional) quien siendo profesor de educación primaria ha presentado el Proyecto de Ley 05617/2022-CR, que propone modificar el artículo 483 del Código Civil respecto a las causas para que los hijos puedan exigir la pensión de alimentos, así como incorporar motivos para la exoneración automática de esta obligación, docente que acudió a siete evaluaciones de la carrera magisterial reprobó todas; hoy pretenda impulsar una ley a todas luces con nombre propio.
De la información recogida por el Centro Liber, las resoluciones judiciales revisadas y proporcionadas por sus fuentes, indican que la hija del Congresista explicó que sus fluctuantes calificaciones se debían a dificultades emocionales por la ausencia de la figura paterna, problemas neurológicos y psicológicos, así como la desilusión personal debido a la falta de respaldo y apego paterno para estudiar la carrera deseada. La información además señala que en ese periodo mantenía un promedio ponderado de 11,06 y por lo tanto no reprobaba en sus estudios. Por estos motivos la demanda del Congresista fue declarada infundada por el Juzgado de Paz Letrado del Pueblo Joven de Centenario, tomando en cuenta el diagnóstico clínico de su menor hija, al considerar que ella estaba conduciéndose en sus estudios con una nota aprobatoria.
Vivimos en una sociedad que tiene un total de hogares de madres solas en el Perú que alcanzó 645 mil 32 y de padres solos 120 mil 214; de estos totales, el 63,7% de madres y 51,2% de padres tienen al menos un hijo/a menor de 18 años de edad. En el Perú un informe de Capital Humano nos indica que el 44% de los peruanos tuvo un padre ausente en su infancia debido al trabajo, pero además según lo establecido en el inciso 6 del artículo 648 del Código Procesal Civil, el porcentaje máximo que se debe abonar para cumplir con la pensión alimenticia es del 60% de su remuneración.
¿Qué pasa si el padre no cumple con la pensión alimenticia Perú?
Por incumplimiento de pago de asistencia familiar puede imponerse hasta tres años de cárcel efectiva. De ser internada la persona que no cumple sus obligaciones, no significa que quede liberada de su obligación, afirma el juez Daniel Cerna Salazar. 13 de mayo de 2023.
¿Qué pasa si un padre no paga la pensión?
Si el padre no paga se puede reclamar a los abuelos en el mismo juicio de alimentos contra el padre o madre o en un juicio diferente. Para que esto se cumpla es necesario demostrar que es muy difícil recibir los alimentos por parte del padre incumplidor.
¿Cuánto es la pena máxima por alimentos en Perú?
El incumplimiento del demandado/a por pago de asistencia familiar establecido por juez o jueza civil o de paz letrado en un proceso por alimentos, puede acarrear una sentencia desde dos días hasta tres años de pena de prisión efectiva.
¿Cuándo pierde la pensión un hijo?
La pensión alimenticia no se extingue cuando los hijos cumplen la mayoría de edad, sino que continúa la obligación de pago mientras se estén formando académicamente, pongan de su parte en los estudios y no tengan recursos económicos propios.
Las leyes en el país son muy claras respecto a los derechos de los hijas e hijos, tenemos un código de los niños y adolescentes. La catedrática y especialista Dra. Frisa Aliaga Guevara, docente Renacyt en Derecho indica que los hijos dentro y fuera del matrimonio tienen los mismos derechos, y que, según establece la ley, el padre debe proporcionar una pensión a su hijo, tenga o no trabajo.
Hoy se pretende promover una ley que a todas luces quiere modificar la exigencia por pensión de alimentos, obligación de todo padre responsable, formado con principios y valores que transmite a sus hijos. Cuidado señores congresistas con las iniciativas legislativas que se presentan para modificar el Código Civil, de modo que se beneficie a los padres por encima de sus hijos en determinadas situaciones.
“Lo que siembras hoy, cosecharas mañana”
COMENTARIOS