Renatto Bautista

CPOL: un Consejo Nacional sin rumbo

Institucionalidad y crisis en el Colegio Profesional de Politólogos del Perú

CPOL: un Consejo Nacional sin rumbo
Renatto Bautista
19 de enero del 2026

 

En julio de 2025, los licenciados en Ciencia Política y politólogos —denominación oficial que figura en los diplomas de la Licenciatura en Ciencia Política otorgados por la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo— del Perú participamos en las elecciones para elegir al Consejo Nacional del Colegio Profesional de Politólogos del Perú (CPOL). Dicho proceso fue supervisado por la ONPE y dio como ganadora a una lista encabezada por un colega de la Pontificia Universidad Católica del Perú.

Más allá de legítimas diferencias académicas o universitarias —como la ausencia de representantes titulares de la Universidad Católica de Santa María de Arequipa, quienes sí fueron incorporados en nuestra propuesta desde Concertación Politológica—, todos reconocimos el resultado electoral. Lo hicimos por una razón elemental: el respeto a la institucionalidad de nuestra carrera profesional.

Posteriormente, el Comité Electoral Transitorio procedió a juramentar al Consejo Nacional electo mediante una ceremonia virtual, abierta e inclusiva, a la que fueron invitados politólogos de todo el territorio nacional. Desde ese momento, dicho Consejo quedó plenamente legitimado y legalizado, tanto en términos jurídicos como gremiales. No existe ambigüedad posible al respecto.

Con posterioridad, el Consejo Nacional convocó a elecciones para los Consejos Departamentales en las filiales de Apurímac, Arequipa, La Libertad, Lambayeque y Lima, programadas para noviembre de 2025.

En este punto resulta indispensable ser precisos. El Estatuto del CPOL no establece, en ninguno de sus artículos, que en aquellas filiales departamentales con más de cien agremiados las listas deban conformarse bajo un criterio obligatorio de paridad por sexo. El problema surgió cuando el reglamento electoral aprobado por el Comité Electoral incurrió en una extralimitación funcional evidente al introducir dicha exigencia, superponiéndose indebidamente al Estatuto, que constituye la norma de mayor jerarquía dentro de la institución. Cualquier estudiante de Derecho o de Ciencia Política sabe que ningún reglamento puede crear obligaciones que el Estatuto no contempla; un reglamento no es, ni puede ser, jurídicamente superior a un Estatuto.

Aun así —y este punto es fundamental—, en una verdadera muestra de respeto institucional y responsabilidad con la comunidad politológica, se decidió concurrir al proceso electoral departamental en Lima, donde postularon dos listas. No hubo boicot, no hubo impugnación oportunista, no hubo sabotaje. Hubo, por el contrario, responsabilidad institucional.

La pregunta que se impone, entonces, es inevitable: ¿por qué el Consejo Nacional carece de dirección y de rumbo?

La inquietud se profundiza al observar un hecho difícil de justificar: la realización de una segunda juramentación, esta vez presencial, el 8 de diciembre de 2025, Día del Politólogo en el Perú. La pregunta debe formularse de manera directa: ¿por qué una segunda juramentación si ya existía una primera juramentación virtual, lícita, pública y de alcance nacional?

¿Acaso el reconocimiento otorgado por los politólogos del país no fue suficiente? ¿Resultaba necesario buscar un nuevo aval, esta vez de personas que no han estudiado Ciencia Política, no cuentan con el título profesional y no forman parte del Colegio, pero que asistieron a dicha ceremonia? La interrogante no es menor, pues interpela directamente el concepto mismo de legitimidad gremial.

Ese mismo día se desarrolló un foro académico nacional, del cual se esperaba una expresión auténtica del carácter nacional y descentralizado del CPOL, tal como lo establece su propio Estatuto. Se aguardaba la participación de politólogos egresados de los distintos departamentos del país, así como de quienes cursaron estudios de pregrado en Ciencia Política en el extranjero. Sin embargo, ello no ocurrió. Además, dos miembros del Consejo Nacional, ambas procedentes de universidades públicas, fueron designadas para cumplir funciones de moderación y palabras de cierre, respectivamente. Para un Colegio Profesional que se define como nacional y descentralizado, el mensaje resultó, por decir lo menos, decepcionante.

Conviene recordar lo que señala el propio Estatuto. En su artículo 2, referido a la naturaleza jurídica, segundo párrafo, se establece con claridad que el CPOL tiene carácter nacional y se estructura de manera descentralizada en filiales departamentales. Asimismo, el artículo 24, segundo párrafo, precisa que cada Consejo Departamental, por su naturaleza descentralizada, debe registrarse en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) y contar con su Registro Único de Contribuyentes (RUC), lo que le permite gestionar sus obligaciones tributarias y formalizar su actividad económica de manera independiente.

Esto no constituye un detalle meramente administrativo. Implica que los Consejos Departamentales cuentan con un margen de autonomía significativo y que solo dependen del Consejo Nacional en lo estrictamente referido a la colegiatura, precisamente por tratarse de un Colegio Profesional de alcance nacional. Sostener lo contrario no solo es un error: es una interpretación centralista, estatutariamente insostenible y convenientemente orientada.

Mientras todo esto ocurre, persiste un hecho que resulta escandaloso desde cualquier perspectiva: han transcurrido más de seis meses sin que se otorgue un solo número de colegiatura. En cualquier Colegio Profesional del país, una situación de esta naturaleza sería inaceptable. En este caso, sin embargo, parece haberse normalizado. ¿Con qué autoridad puede hablarse de institucionalidad cuando se incumple la función más elemental del Colegio?

En este escenario, los Consejos Departamentales han actuado dentro de los márgenes que el propio Estatuto les reconoce, manteniendo una conducta institucional y permaneciendo a la espera de definiciones claras por parte del Consejo Nacional. Lo que se observa, en cambio, es una conducción central que gana tiempo mediante decisiones tardías o ambiguas, generando incertidumbre en las instancias descentralizadas.

El núcleo del problema, no obstante, no reside en las filiales ni en sus representantes, sino en los agremiados, que continúan esperando respuestas concretas. Los agremiados —que apostaron de buena fe por esta opción— tienen hoy pleno derecho a exigir resultados.

Porque cuando un Consejo Nacional no conduce, no decide y no responde, la incompetencia deja de ser una dificultad interna y se convierte en un problema institucional. Y allí donde no existe conducción general, difícilmente puede haber dirección o rumbo.

A modo de conclusión, cabe señalar que este Consejo Nacional está haciendo muy poco por la comunidad politológica en el Perú, incluidos los estudiantes de la carrera profesional. Ello resulta particularmente lamentable para los agremiados que apoyaron activamente la creación del CPOL mediante artículos de opinión y entrevistas televisivas. Nos encontramos, indudablemente, ante un Consejo Nacional sin dirección ni rumbo, que tiene la obligación de rectificar en atención a sus agremiados.

Renatto Bautista
19 de enero del 2026

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