Herberth Cuba

Congreso y control de precios de los medicamentos

En el Perú el control resultaría falaz y contraproducente

Congreso y control de precios de los medicamentos
Herberth Cuba
15 de junio del 2018

 

El control de precios de medicamentos es una medida muy popular, aunque falaz. En el lustro humalista se promulgó el Decreto Legislativo N° 1165 que creaba las “farmacias inclusivas” e introducía el control de precios para estas farmacias privadas. Nunca se implementó. Sin embargo, esa posibilidad ahora ronda en varios proyectos de ley en el Congreso de la República.

El sistema público peruano de suministro de medicamentos utiliza las compras conjuntas entre todos los sectores, llamada compra corporativa conjunta. Es decir, las sanidades militares, la policial, Essalud, el Ministerio de Salud (Minsa), los gobiernos regionales y otros, confluyen en un listado que luego sacan a subasta inversa. Es decir, debido al gran volumen de la compra y al mecanismo de subasta inversa, se produce una ardua competencia, y como resultado se obtienen precios muy bajos.

Sin embargo, hay algunos aspectos que deben mejorar. Se ha creado una frondosa burocracia y excesivos trámites, y no se aprovechan los mecanismos de adquisición continuada con los proveedores que ya ganaron en la subasta. Además no se ha implementado el proceso de trazabilidad, que permite fiscalizar el origen y recorrido del medicamento, con la finalidad de otorgar seguridad frente a los actos de adulteración y corrupción, para evitar que los medicamentos terminen en la venta informal.

Es inexcusable que los usuarios no encuentren medicamentos en las farmacias públicas. No debería interesar que sean afiliados o no al Seguro Integral de Salud (SIS). Es un derecho. Si el sistema de suministro público de medicamentos funciona bien, es una poderosa ancla para la disminución de precios en el mercado, porque más de 8,000 farmacias públicas compiten con las privadas con beneficio para los usuarios, que obtienen medicamentos genéricos, baratos y de calidad.

No obstante, a veces se constata que entre los fondos de aseguramiento privados (aseguradoras privadas) y las instituciones prestadoras privadas (clínicas privadas) mantienen pujas muy complicadas, debido al mecanismo de las auditorías, caso por caso, para reembolsar los gastos ocasionados por los usuarios asegurados. Además, el gasto del componente de medicamentos en cada acto médico es grande y creciente, por lo que la puja en este acápite es mayor.

Las mutuas recriminaciones llevan a litigios que retrasan la cadena de pagos en las instituciones prestadoras de salud. Es aquí donde surge el pedido de controlar los precios de los medicamentos. Las aseguradoras privadas necesitan controlar los precios de los medicamentos para disminuir sus riesgos y la variabilidad de la siniestralidad. Sin embargo, en nuestro país el rubro de seguros privados en salud y el segmento poblacional usuario son muy pequeños; es decir, que con buenos convenios entre las aseguradoras y los prestadores, mas una adecuada información a los usuarios, se puede resolver el impase. Si el modelo teórico propuesto por el humalismo en sendos decretos legislativos se hubiera cumplido, todo el sector público estaría dividido entre administradoras de fondos, por un lado, y las instituciones prestadoras de salud, por el otro. Y en consecuencia, el reembolso del gasto de los medicamentos se hubiera convertido en impagable.

El caso colombiano evidencia esa dificultad. Colombia separó en modo radical las funciones de financiador/pagador y las deudas por medicamentos se hicieron cuantiosas e impagables. Ocurrieron pujas por el gasto en medicamentos a escala nacional, tal como ocurre en nuestro país, en pequeño, con las aseguradoras privadas y las clínicas privadas. El Gobierno colombiano tuvo que regular, en el rubro de medicamentos, los valores máximos de reembolso de las aseguradoras a los prestadores de salud, luego la regulación basada en los precios de referencia internacional, y creó el mecanismo para la declaratoria de interés público de los medicamentos. Así se arribó a la fijación de los precios.

Esas condiciones no se dan en el Perú, porque la realidad es distinta. Sin embargo, el peligro mayor en nuestro país es que el control de precios sea realizado con empresas y cadenas de medicamentos que ya poseen posición de dominio en el mercado, con el riesgo de generar abuso por esa posición (o monopolio). Además, el control de precios es falaz y contraproducente, porque el volumen de los seguros privados en salud es pequeño. El SIS, que canaliza fondos públicos, no está obligado a suministrar en todos los casos medicamentos, y apenas contribuye con el 12% del gasto total (en promedio) en todos los establecimientos públicos a nivel nacional.

El Perú ha optado por un mejor camino a través del sistema de compra corporativa conjunta, que implica mejorar los precios y la calidad de los medicamentos a través de la competencia. ¡Cuidado con la ideología, que no permite ver lo obvio!

 

Herberth Cuba
15 de junio del 2018

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