Antero Flores-Araoz
Alucinan provincias y distritos
Las “leyes declarativas” que crean nuevos distritos o provincias

Las leyes por su propia naturaleza son mandatorias, deben ordenar algo a los ciudadanos y a la población del país. Sin embargo, desde hace mucho tiempo se aprueban leyes meramente declarativas, que no ordenan absolutamente nada pero que generan expectativas en la población.
Entre las leyes declarativas –insistimos en que no ordenan nada y tampoco sirven para nada– se encuentran las que determinan de interés nacional y de necesidad pública la creación de provincias y distritos. Con las leyes en cuestión ¿se crearon las provincias y distritos que ellas pretendían? la respuesta enfática es no. Son leyes engañosas que además de no crear ninguna circunscripción territorial, mienten a la ciudadanía diciendo que tal supuesta creación es de interés nacional. Tal interés nacional y la supuesta necesidad pública, sólo caben en las mentes afiebradas de quienes propusieron dichas leyes, que alucinan ver nuevos palacios municipales, elección de alcaldes y regidores, establecimiento de juzgados, más comisarías y de todos modos presupuestos para nombrar a cuantos seres queridos les solicitan favores, pero que pagamos todos los peruanos a través de nuestros impuestos.
El engaño es tan grande, que los parlamentarios que proponen tales normas ocultan que ellos no tienen iniciativa legislativa para crear ninguna circunscripción territorial, ya que ello según la Constitución es únicamente prerrogativa del Poder Ejecutivo (inciso 7 del artículo 102).
Más aún, se encuentra vigente la Ley de Demarcación y Organización Territorial N° 27795 que señala clarísimamente el trámite para la creación de nuevas provincias y distritos. Ello no puede ser por el antojo de un grupo de personas, sino que debe obedecer a criterios técnicos y no solo políticos, debiéndose tomar en cuenta la infraestructura y el equipamiento de la nueva circunscripción proyectada. El respectivo gobierno regional, tiene a su cargo la evaluación sobre la conveniencia o no de la creación territorial pretendida y, el estudio que se realice pasa a la Presidencia del Consejo de Ministros, que de ser el caso eleva los actuados al gabinete ministerial para que se autorice la presentación del respectivo proyecto de ley.
Cuando el Congreso envía al Ejecutivo los textos legales aprobados para su promulgación, por lo general el Gobierno los observa y el Parlamento insiste en su texto y los promulga. Regularmente desde el Ejecutivo al observar el proyecto de ley aprobado, lo cuestiona pues genera expectativas de gasto y además que el territorio no puede seguirse fraccionando porque no es eficiente en el uso presupuestal.
Hoy, salvo error u omisión, tenemos 196 provincias y 1874 distritos, pero hay decenas de provincias y centenas de distritos bamba, pretendidos por parlamentarios que probablemente quieran ver erigido su busto en alguna plaza pública provincial o distrital para satisfacer su ego.
La Ley 31567 declaró de interés nacional la creación de 44 distritos y la Ley 31568 declaró lo mismo para hacer provincia a Colcabamba. La primera de dichas leyes ordena una moratoria de cinco años para leyes declarativas de circunscripciones, cuando debieron prohibirse.
Lo que urge es que el puerto de Chancay, próximo a inaugurarse se encuentre en circunscripción provincial y no distrital ¡A ver si se ponen las pilas en la PCM!
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