Dardo López-Dolz

Administración de justicia… para dummies

Sobre la denuncia contra los cuatro vocales del TC

Administración de justicia… para dummies
Dardo López-Dolz
22 de noviembre del 2017

Durante los últimos días he leído muchos comentarios en la red referidos a la denuncia constitucional contra cuatro vocales del Tribunal Constitucional (TC). La mayoría empieza diciendo “no soy abogado, pero...” para luego hacer eco inocente a la campaña emprendida por un aterrado sector de la prensa. Sin intentar emular la exitosa serie de libros “para dummies”, intentaré explicar en términos sencillos (con el perdón de mis colegas) cada uno de los principios de la administración de justicia que, pese a ser cimientos esenciales del derecho moderno, han sido dejados de lado por los citados vocales al cambiar un fallo.

Para evitar abusos del Estado, existe desde Roma el principio de la irretroactividad de la ley. Es decir, que nadie puede ser juzgado ni condenado por un hecho que no constituía delito al momento de realización de los hechos. Imaginemos un mundo en que ese principio no se aplique, dentro de diez años podría ser delito de lesa humanidad abrir este archivo y leerlo y usted acabaría preso.

El principio de identidad procesal restringe a las partes en el litigio el derecho a presentar recursos y alegatos. Nadie que no se haya constituido en parte en el proceso, dentro de los plazos que para eso se estipulan, tiene derecho a meter su cuchara. Imaginen que en el campo civil una ONG respaldada en una billetera infinita como la de George Soros se inmiscuya en un proceso en el que usted busca se reconozca su derecho. Es fácil predecir el riesgo, ¿no?

Como ningún proceso judicial debiera durar una eternidad, existe la preclusión procesal, principio por el cual ningún recurso o alegato es admisible después de vencido el plazo de la etapa correspondiente.

 

Por último, la justicia para serlo, requiere un final claro para el proceso. Para eso existe el principio de cosa juzgada, que impide reabrir el juicio por una materia que ya fue juzgada y sobre la cual recayó un fallo de la máxima instancia, luego de todas las apelaciones posibles presentadas a tiempo.

De más está insistir en el absurdo de pretender interpretar un fallo mejor que el propio autor del mismo. Bueno, pero los cuatro vocales denunciados se pusieron por montera cada uno de los principios explicados.

Vengo regresando de la reunión anual del Centro para la seguridad de la sociedad libre (SFS, por sus siglas en inglés) en el cual tuve oportunidad de conversar con mi amigo y profesor Max Manwaring, quien ha desarrollado varios estudios sobre los conflictos asimétricos, en los que tanto o más importante que la victoria militar sobre el enemigo es conquistar la mente y el corazón de los ciudadanos en cuya defensa se arriesga la vida en combate. Nuestras FF. AA. y PNP derrotaron a costa de su propia sangre al enemigo comunista que nos atacó arteramente mediante el terror.

 

Hoy asistimos a una ofensiva asimétrica sostenida contra los heroicos vencedores. Imaginen qué hubiese sido de Andrés A. Cáceres o Miguel Grau (si hubiera sobrevivido) en manos de ese ataque orquestado de los otrora colaboradores entusiastas del dictador Juan Velasco (el silencio rodea aun los crímenes de su régimen) y sus herederos encaramados en los organismos internacionales.

Dardo López-Dolz
22 de noviembre del 2017

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