La comisión de Constitución del Congreso de la R...
SBN reclama predios de posesionarios del norte del Perú
Un juzgado de Sullana acaba de emitir una sentencia de desalojo del predio de 1,841 m2 que posee (derecho de posesión) la profesora Rosa Balmaceda Custodio en el distrito de Los Órganos (Piura) desde 1999, tal como consta en el respectivo Certificado de posesión. A la mencionada docente le han otorgado un plazo de seis días para el desalojo. ¿Quién la demanda? Pues el Estado, a través de la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN).
Pero eso no es todo. La SBN también está reclamando “la propiedad” de propietarios y posesionarios de predios de los distritos de Talara, Lobitos, El Alto, Máncora, Punta Sal, Cancas y Zorritos. La mayoría de los afectados son pequeños posesionarios de terrenos de 1,000 m2. También hay grandes inversiones hoteleras que tienen propiedad y posesión por más de cincuenta años. Como se aprecia, la informalidad y la ausencia de derechos de propiedad en el país afecta a pobres y ricos, a grandes y chicos.
Todos sabemos que la Constitución Política del Perú establece la preeminencia de la propiedad privada sobre la estatal, y señala que la propiedad es de la persona que la usa (posesión). El Libro V del Código Civil reconoce la posesión como un derecho incuestionable, a tal punto que luego de diez años de uso, el posesionario puede invocar la prescripción adquisitiva, es decir el pleno reconocimiento de la propiedad. El único que puede accionar contra un posesionario es quién acredita una propiedad previa. La mayoría de predios que demanda la SBN como “propiedad estatal” pertenece a posesionarios de más de diez años y algunos sobrepasan las seis décadas. ¿Por qué el Estado tiene que fomentar la informalidad y el desconocimiento del derecho de propiedad?
Ahora bien, ¿en qué principios jurídicos sustenta sus demandas la SBN? La SBN fue creada mediante por D. L. 25556, con el fin de “llevar el registro, control y administración de los bienes inmuebles y muebles que comprenden el patrimonio estatal”. Luego fue adscrita al Ministerio de Vivienda para incentivar el aprovechamiento económico del Estado y establecer un sistema eficiente de administración de los bienes estatales. ¿Por qué entonces pretende adjudicarse la titularidad a nombre del Estado de los predios de los posesionarios? Nadie lo entiende.
En otra ley (29618) promulgada a favor de la SBN, se vuelve a derribar la Constitución y el Código Civil. Se establece que se presume que el Estado es poseedor de todos los bienes inmuebles de su propiedad. ¿Se presume sobre los derechos que consagran la Carta Política y el Código Civil? En el artículo 2 se establece otro despropósito constitucional: se señala la imprescriptibilidad de los bienes inmuebles de dominio privado estatal. ¡Vaya! El Estado empresario se convierte en Estado propietario para violar principios constitucionales y civiles.
La arbitrariedad de las pretensiones de la SBN es tan evidente que la Corte Suprema de la República ya falló en contra de estos abiertos intentos de expropiación a los privados. La Suprema emitió sentencia a favor de Paulina Málaga de García Miró, reconociendo el derecho que ella tiene para defender su posesión frente a la pretensión de la SBN, estableciendo que existía el derecho de invocar la prescripción adquisitiva. En otras palabras, la Constitución y el Código Civil por encima de leyes promulgadas en los últimos quince años para favorecer extraños intereses. Quizá estas sentencias de la Suprema deberían servir de base para interponer acciones de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
Los hechos que están sucediendo en contra de los posesionarios de los distritos de Piura y Tumbes nos revelan la fragilidad del derecho de propiedad en el Perú: puede ser vulnerados por burócratas estatales. Si el intento de afectar los derechos de propiedad proviene del propio Estado, de la floresta de sobrerregulaciones y del voluntarismo burocrático, no es extraño entonces que el Perú sea uno de los campeones planetarios de la informalidad. El primer principio que se respeta en la democracia, la economía de mercado y las sociedades libertarias, es el derecho de propiedad. El nuevo Ejecutivo y el nuevo Congreso deben intervenir cuanto antes en estas políticas de expropiación.
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