Herberth Cuba

Vigilancia genómica y endeudamiento externo

La innovación científica requiere la formación de los recursos humanos

Vigilancia genómica y endeudamiento externo
Herberth Cuba
14 de diciembre del 2021


El 2 de diciembre del 2021 el Gobierno ha promulgado el Decreto Supremo 339-2021-EF “que aprueba operación de endeudamiento externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF)”, al amparo de la autorización de la Ley 31086 (Ley de endeudamiento del Sector Público para el año 2021), que asciende a un poco más de US$ 6,742 millones. En ese marco, el Gobierno ha acordado una operación de endeudamiento con el BIRF hasta por US$ 68 millones para el proyecto de inversión “Mejoramiento y ampliación de los servicios brindados por el Sistema Nacional de Vigilancia en salud pública en 25 departamentos”. Además, el Instituto Nacional de Salud, ha gestionado la contrapartida nacional que garantice la ejecución del proyecto por US$ 17.9 millones, para “fortalecer la vigilancia epidemiológica, pruebas de laboratorio y la inteligencia sanitaria” para garantizar una intervención rápida ante los brotes y las epidemias. 

Según ha informado el Ministerio de Salud (Minsa), el proyecto contiene la actualización del marco normativo, la determinación de las estrategias y la “gobernanza” del Sistema de Vigilancia Sanitaria a partir del 2022 hasta el 2025, así como, el equipamiento informático, comunicaciones y software de las 25 oficinas regionales y de las 162 redes de salud que existen a nivel nacional.  También se incluye el equipamiento de 21 laboratorios regionales de salud pública, “con equipos de biología molecular de alta tecnología”; y con un “sistema de calidad en 31 laboratorios”.  El proyecto ha previsto, además, construir con equipamiento el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC), el Centro de Bioinformática y Tecnologías Diagnósticas (CBTD) y centros macro regionales, así como, “la dotación” de 45 vehículos y la formación de personal en vigilancia epidemiológica, ética e investigación.  

El decreto supremo señala que la cancelación del endeudamiento se realizara en “15 cuotas semestrales y consecutivas” a partir del 2025 hasta el 2032. Adicionalmente a la tasa de interés, se ha pactado una comisión de 0.25% anual sobre el monto a desembolsar del préstamo, y otra también de 0.25%, denominada comisión de financiamiento, del monto total del préstamo, por una sola vez.  Además, señala que la Unidad Ejecutora del Proyecto que se implemente estará a cargo del Instituto Nacional de Salud (INS), luego de la suscripción del contrato, que será realizada por el ministro de Economía y Finanzas.  

Como se puede apreciar, el proyecto de inversión ha previsto construir el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC-Perú), que fue conformado por Resolución Ministerial 102-2016/Minsa, de febrero del 2017, que luego, mediante la Ley 30423, de abril del 2017, señala que es un órgano desconcentrado del Minsa, responsable de  “monitorear”, organizar, dirigir y ejecutar las medidas de respuesta efectivas e inmediatas de carácter temporal, en coordinación con los gobiernos regionales, locales y organismos del Minsa competentes en la materia”.  

Para tal fin, mediante los Decretos 008 y 011-2017-SA, “Reglamento de Organización y Funciones del Minsa” es ubicado como dependiente del Viceministerio de Salud Pública. Sin embargo, mediante el Decreto Legislativo 1504, del 10 de mayo del 2020, se aprueba la integración del CDC en el Instituto Nacional de Salud. Además, señala que “toda referencia a las funciones del CDC debe entenderse como efectuadas por el INS”. Además, se conforma una comisión de implementación de la integración que debería haber culminado luego de 60 días.  En modo premonitorio, la norma señala que en tanto no culmine el proceso de implementación, el CDC continuará desarrollando sus funciones como órgano desconcentrado del Minsa.” Dicho y hecho. Luego de casi 20 meses, aún no ha culminado el proceso de integración.

Parece obvio, que para implementar el Proyecto de Inversión, resuelvan y den a conocer primero las contingencias y las barreras que han impedido cumplir a cabalidad y a tiempo el “proceso de integración”, y también, se explique los motivos que justifiquen el uso por parte del Decreto Supremo 339-2021-EF, que ha aprobado el endeudamiento externo, la denominación de Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC). 

Asimismo, la pandemia ha puesto en evidencia la necesidad de crear el Centro de Bioinformática y Tecnologías Diagnósticas (CBTD). El manejo de sistemas y herramientas computacionales para reunir grandes volúmenes de información, organizarlos y almacenarlos con la finalidad de realizar análisis y lograr mayor eficacia en la intervención sanitaria, como consecuencia de una mejora cuantitativa y cualitativa en el manejo de los datos. En ese sentido, la construcción del CBTD es una buena noticia, aunque no haya trascendido, ni divulgado sus características y sus detalles.  Además, la ligazón con los centros macro regionales permitirá, un trabajo integrado y armónico, a pesar de las disparidades en el desarrollo tecnológico de las diversas regiones del país. 

La vigilancia genómica del Covid-19 requiere que los laboratorios tengan la capacidad de secuenciación viral, con la finalidad no solo de vigilar, sino también conocer mejor el desarrollo de la pandemia y quizá hasta participar en el desarrollo de vacunas. Esta es una tarea pendiente en el Perú. Es una iniciativa, que requiere no solo de dinero, por única vez, sino un flujo sostenible en el tiempo, porque la innovación científica y tecnológica avanza y debe ser acompañada con el desarrollo de la formación de los recursos humanos que han de estar a cargo de ese proceso.  Además, debido a la pandemia, los organismos gubernamentales, intergubernamentales, las universidades, e incluso, las empresas, alientan la participación de los países en estas iniciativas.  ¡Más ciencia y tecnología!

Herberth Cuba
14 de diciembre del 2021

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