Herberth Cuba

Por fin... el residentado médico

Por fin... el residentado médico
Herberth Cuba
13 de mayo del 2016

Ley recién aprobada otorga personería jurídica al Conareme

El residentado médico es la modalidad académica de capacitación universitaria de segunda especialización y entrenamiento presencial de los médicos. Se realiza en modo intensivo a través de la docencia en el servicio de salud y tiene una duración de tres a cinco años. Es un proceso muy complejo e involucra a varios actores: las universidades, el Ministerio de Salud (Minsa), las sanidades militares y la policial, EsSalud y los establecimientos privados. La formación de nuevos médicos especialistas es una prioridad debido a su escasez; según fuentes gubernamentales se necesitan más de 16,000 especialistas para cubrir los requerimientos de nuestra población.

Según la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, cuando una actividad traspasa varios sectores del aparato estatal es necesario regularla a través de un sistema que permita la coordinación, articulación y complementariedad de todos los involucrados; en este caso, para lograr el objetivo de formar más y mejores médicos especialistas. Ahora bien, los sistemas solo se crean por ley y están adscritos a un sector. Y el ente rector del Sistema Nacional de Residentado Médico (Sinareme) es el Minsa.

Las universidades gozan de autonomía dentro del marco de la Constitución y las leyes, y en consecuencia no es posible que el Minsa las regule y norme, sino bajo el mandato de una ley expresa. La aprobación del proyecto de Ley que norma el Sistema y el Consejo Nacional de Residentado Médico (Sinareme y Conareme) llena este vacío. Sin embargo, el Perú tiene una vasta historia de formación académica de médicos especialistas, regulados por la fuerza de la costumbre y diversas normas del Ejecutivo como decretos supremos y resoluciones ministeriales.

Sin embargo, ese proceso de articulación entre las entidades prestadoras de servicios de salud (hospitales y establecimientos) y las entidades formadoras (universidades) se ha realizado por mutua conveniencia y sin ninguna restricción, salvo las que impone el consenso. Es decir, el actual Consejo Nacional de Residentado Médico, (Conareme) no tiene personería jurídica y, por lo tanto, tampoco tiene capacidad para captar, administrar ni ejecutar presupuestos. ¿Y cómo se ha administrado hasta ahora? A través de la Asociación de Facultades de Medicina (Aspefam) y bajo la modalidad privada.

Para tal fin, un funcionario designado por el Minsa y el presidente de Aspefam se alternaban anualmente para la “conducción” del Conareme. Hasta que el Minsa, vía un decreto supremo del 2009, eliminó la alternancia a su favor. Este detalle muy terrenal generó el conflicto entre el Minsa y la Aspefam. Esto llegó a los tribunales y, por supuesto, al Congreso de la República. ¿Cuánto ha sido el monto manejado desde la creación del Conareme? ¿Alguien pidió las cuentas? ¿Transparencia? El proyecto de ley aprobado por el Congreso de la República ha otorgado precisamente personería jurídica al Consejo Nacional de Residentado Médico (Conareme) y le otorga 90 días al Minsa para ponerla en marcha. Sin embargo, el Minsa ha pataleado desde el 2011 para evitar la aprobación de esta ley.

Otro aspecto importante que aclara la ley aprobada es que la formación de especialistas médicos se realiza de acuerdo a las “reales necesidades del país y en el marco de las políticas de salud fijadas por el Poder Ejecutivo y el Consejo Nacional de Salud”. Es decir, no solo señala que el Minsa es el ente rector, sino también los mecanismos para asegurar esa rectoría. Esta decisión evita las discrecionalidad de los actores involucrados en la formación de especialistas, mediante la obligada coordinación, articulación y complementariedad que significa el acuerdo previo del Consejo Nacional de Salud.

Además la ley define con claridad los derechos, obligaciones, responsabilidades y sanciones para los médicos residentes; así como su participación organizada en la conducción del Sinareme. Da fuerza de ley al Examen Nacional de Medicina (ENAM), al otorgarle puntaje en la evaluación curricular en el concurso de admisión al residentado médico. Es necesario puntualizar que todos los titulados en medicina de todas las universidades, sean públicas o privadas, rinden un examen antes de obtener la habilitación para ejercer en el Perú. Los que no aprueban no pueden ejercer. Es la única profesión que tiene tal requisito como garantía de idoneidad profesional. Ahora ese esfuerzo es reconocido oficialmente y valorado.

Los dos candidatos para esta segunda vuelta ofrecen más y mejores servicios de salud para la población. Estas ofertas son vanas si no existe personal idóneo que haga el trabajo. El gobierno, que deja un pasivo muy grande en la formación de médicos especialistas, debería por lo menos promulgar esta ley.

Herberth Cuba García

 
Herberth Cuba
13 de mayo del 2016

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