J. Eduardo Ponce Vivanco

El indulto en contexto

El indulto en contexto
J. Eduardo Ponce Vivanco
03 de mayo del 2017

Una decisión que inevitablemente tendrá consecuencias políticas

¿Quién podría no entender la  preocupación de un hombre culto y sensible como el presidente Kuczynski frente a las aristas difíciles que plantea  indultar a un ex mandatario profundamente controvertido y de su misma edad como Fujimori? Si se trata de iluminar el escenario —en vez de encajonar al solitario titular de la decisión— debemos aportar criterios válidos en lugar de refugiarnos en planteamientos legalistas que no corresponden a la naturaleza de una antigua institución jurídica consagrada en la Constitución, pero que se quiere condicionar con normas de rango inferior.

Situaciones coyunturales (como los llamados "narcoindultos" y el revocado indulto a José Enrique Crousillat) motivaron leyes y reglamentos que —a pesar de sus propios textos—, no tienen carácter vinculante y buscan limitar la discrecionalidad del jefe de Estado cuando ejerce su  potestad privativa de perdonar o conmutar penas. Se olvida que la esencia del indulto es la equidad. Valorar a conciencia a una persona según sus méritos y deméritos "a fin de colmar las lagunas del derecho positivo o corregir su aplicación cuando sería demasiado riguroso" (Enciclopedia Jurídica Española, edición 2014).

Se dice que las penas más severas de Fujimori —por delitos de "lesa humanidad" y "secuestro agravado"— no pueden ser objeto de indulto.  Sin embargo, la calificación de tales crímenes no se ajusta a tipificación del Estatuto de la Corte Penal Internacional (CPI, art. 7) porque no se cometieron "como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque", lo que no se dio durante el gobierno de Fujimori. El Estatuto de la CPI fue ratificado por el Perú en 2001, y desde entonces rige con rango supranacional (la sentencia de la Corte Suprema se dictó años después ).

En cuanto al crimen de secuestro agravado, recordemos que se cuestionó la calificación del delito. Por ejemplo, el entonces fiscal supremo Pablo Sánchez,  ahora fiscal de la Nación, sostuvo en su dictamen que se trataba de secuestros simples y no agravados (El Comercio, 1/9/2009).

Evidentemente, la carga judicial de Fujimori es muy grave. Y a ella se suma el daño infligido a la democracia por las violaciones al estado de derecho, el debilitamiento de la institucionalidad del país y el enorme pasivo de la corrupción orquestada por Montesinos, a sabiendas del presidente.

Hasta aquí lo que toca a los actos delictivos del ex mandatario.  Pero el hecho de que los cometiera no suprime méritos tan importantes como la derrota del terrorismo, de la hiperinflación (¡7,000 % en 1990!) y del desorden fiscal, tanto como el crecimiento basado en la inversión privada, la apertura comercial y el saneamiento de la economía.  A estos logros se añaden los que reseñé en mi artículo anterior ("Los éxitos internacionales de Fujimori: testimonio") y el difícil ingreso al Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC) antes de la moratoria decretada para admitir nuevos miembros. La posición conquistada en ese foro nos dio un peso superior en la Alianza del Pacífico y en el equilibrio regional,  lo que será un factor decisivo  para el futuro acceso a la OECD.

La paz con Ecuador y el positivo cambio de rumbo en nuestras relaciones con Chile han tenido  trascendentales  consecuencias geopolíticas, económicas y presupuestales para el país. Son avances históricos sin precedentes y que gravitan en cualquier enjuiciamiento válido de la década de los noventa y del papel de su principal protagonista.

La equidad y la esencia humanitaria del indulto no admiten argumentos inhumanos como el de la enfermedad terminal, introducido por normas reglamentarias que no se condicen con el espíritu de la Constitución. ¿Es humano indultar a una persona solo cuando se tiene la certeza de que morirá tan pronto llegue a su casa?

Este es el balance que tiene ante sí el presidente Kuczynski. Su decisión tendrá costos políticos; pero será más oneroso no adoptarla, especialmente si se considera lo que significaría en el marco del "perdón y  olvido" que invocó solemnemente ante los comandos Chavín de Huántar y en presencia de la principal líder de la oposición, Keiko Fujimori. Muchos pensamos entonces que, por fin, se abrían las puertas de la reconciliación nacional y la convergencia política que requieren las reformas estructurales pendientes para dar el salto definitivo al desarrollo.

El dilema está planteado ante la conciencia y el sentido de equidad del presidente de la República. Que Dios ilumine su decisión.

J. Eduardo Ponce Vivanco

J. Eduardo Ponce Vivanco
03 de mayo del 2017

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