Herberth Cuba

Cheque en blanco al mercantilismo

Cheque en blanco al mercantilismo
Herberth Cuba
25 de julio del 2014

Sobre Decreto Legislativo que norma transferencia de tecnologías en salud

Un proceso de reforma requiere, luego del diagnóstico, objetivos claros y medios para lograrlos. En nuestro país no existe un diagnóstico del estado de la salud y de las necesidades de transferencia de tecnologías sanitarias que urge obtener. El gobierno ha promulgado, en el marco de la Reforma de Salud, el Decreto Legislativo 1168 para mejorar la atención de salud a través del desarrollo y la transferencia de tecnologías sanitarias. Esta norma de enorme vaguedad, preocupa, pues abre las puertas al monopolio.

Por ejemplo, define a las tecnologías sanitarias como los dispositivos médicos y productos farmacéuticos, procedimientos y sistemas elaborados para resolver problemas sanitarios y mejorar la calidad de vida de la población. Luego se declara de interés nacional el desarrollo y transferencia de tecnologías sanitarias y se designa al Instituto Nacional de Salud para que elabore sus lineamientos que, junto con las necesidades que éste priorice, serán aprobados por el Ministerio de Salud. Asimismo elaborará un Plan Multianual que se ejecutará con el presupuesto institucional de las entidades participantes. El Reglamento será promulgado en 120 días.

¿Queda claro el contenido de este Decreto Legislativo? Sí, por supuesto. Se declara de interés el desarrollo y la transferencia de tecnologías sanitarias a cargo del Estado. A través de esta norma y en modo muy general se aprueba la labor empresarial del Estado. El argumento central es que existen tecnologías, vacunas y medicamentos que siendo muy necesarios para nuestra población no son del interés de empresas extranjeras o son demasiado caros.

Ejemplos de ello serían los medicamentos y vacunas para la fiebre amarilla, la rabia silvestre y otros que ya tienen la patente vencida y precios exorbitantes porque las empresas transnacionales no tienen mucho interés en producirlos. Se arguye en la exposición de motivos del DL 1168 que la Organización Panamericana de Salud recomienda explorar la producción de estos productos.

Además, se observa con nitidez que la decisión del gobierno de que el Estado incursione en la actividad empresarial en este rubro es ideológica. Son razonables los argumentos, y hasta humanitarios sus objetivos, pero no necesariamente es la respuesta adecuada para lograrlos. Esto se demuestra con la falta de diagnóstico de salud y de un inventario de necesidades de transferencia tecnológica.

Tampoco hay lineamientos actualizados, salvo uno genérico del año 2010 que señala algunas áreas temáticas de salud pública susceptibles de la intervención empresarial del Estado: enfermedades transmisibles y no transmisibles, nutrición, salud ocupacional, producción de vacunas, salud intercultural y calidad de salud. Sin embargo, como se ha notado, las enfermedades transmisibles y no transmisibles son casi el 80% del total de las enfermedades. Esta generalidad del DL 1168 abre, subrepticiamente, las puertas legales a la tarea empresarial del Estado en el modo “subsidiario” que permite la Constitución Política del Estado.

Permitiría, además, generar monopolios a través de alguna asociación público-privada con gran inversión estatal, ya que el único usuario y comprador sería el propio Estado, porque los servicios de salud pública, actualmente, sólo los brinda el Estado.

El proceso de reforma de la salud del actual gobierno intenta hacernos creer, a través de sus voceros, que promueve la competitividad, el mercado y la iniciativa privada. Sin embargo, este DL es un desmentido a esa creencia. Por el contrario, se trata de un proceso mercantilista que crea mecanismos legales para promueven monopolios que curiosamente recaen en empresarios ligados al régimen, como recurrentemente se ha visto en otros sectores. El DL 1168 debe ser derogado. Reforma sí, pero no así.

Por Herberth Cuba García

Herberth Cuba
25 de julio del 2014

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